A menos de dos semanas desde el término del plazo para retirar la CTS, se han presentado dos iniciativas legislativas que permitirían el desembolso total de estos fondos hasta el 31 de diciembre de 2025. Además, tres bancadas han planteado que los trabajadores puedan continuar accediendo a estos recursos, incluso hasta finales de 2026.
Frente a estas propuestas, el ministro de Economía, José Arista, durante la conferencia de prensa tras el Consejo de Ministros, se mostró totalmente en contra sobre un nuevo posible retiro. Esto debido a que, según él, las medidas le quitarían sentido a lo que es la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).
¿Qué dijo José Arista sobre las propuestas de retiro CTS?
“Son proyectos de ley todavía. La verdad que esto le quita el objetivo central de lo que es la CTS, la Compensación por Tiempo de Servicios. Cuando se creó, su objetivo central es tener un fondo que te va a permitir tener un periodo de liquidez en el cual no estás trabajando y que te va a permitir recolocarte en otro trabajo en un periodo de cuatro o cinco meses”, inició el ministro de Economía.
“Pero, si se adelanta este retiro para épocas en las cuales estás trabajando, cuando llegue el momento que tengas que buscar otro trabajo porque te despidieron o decides cambiar, no vas a tener este colchón financiero que te va a permitir sobrevivir estos meses para superar lo denominado ‘empleo friccional’”, añade.
“Lo que tenemos que hacer es darle una especie de seguro al trabajador. En ese sentido, me parece una mala decisión, una mala idea, una mala norma”, sentenció.
¿Por qué se quiere extender el retiro CTS?
Se han presentado propuestas legislativas para extender la posibilidad de retirar el 100% de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) más allá de 2024. Estas iniciativas buscan brindar a los trabajadores acceso total a sus fondos de CTS hasta finales de 2025 o incluso 2026.
Los promotores de estas medidas argumentan que la economía peruana aún enfrenta desafíos significativos, como la inflación, el aumento del costo de vida y la lenta recuperación económica. Permitir el retiro total de la CTS ofrecería a las familias peruanas una fuente adicional de liquidez para afrontar estas dificultades financieras.
¿Cuándo se deposita la CTS?
En el Perú, la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) se deposita dos veces al año. Los empleadores deben realizar estos pagos a más tardar el 15 de mayo y el 15 de noviembre de cada año. El primer depósito cubre el periodo laboral comprendido entre noviembre y abril, mientras que el segundo abarca de mayo a octubre.
Este beneficio laboral está destinado a los trabajadores formales del sector privado que laboran al menos una jornada mínima de cuatro horas diarias. Es importante destacar que el incumplimiento en el depósito oportuno de la CTS constituye una infracción grave. La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) puede imponer sanciones económicas a las empresas que no cumplan con esta obligación, con multas que varían según el tamaño de la empresa y el número de trabajadores afectados.
¿Cómo calcular tu CTS?
La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) en el Perú se calcula considerando la remuneración mensual del trabajador y el tiempo laborado en el semestre correspondiente.
Pasos para calcular la CTS
- Determinar la remuneración computable:
- Sueldo mensual bruto: Monto fijo que el trabajador percibe mensualmente.
- Asignación familiar: Si corresponde, se suma al sueldo.
- Promedio de remuneraciones variables: Si el trabajador recibe pagos variables (como comisiones o bonificaciones), se calcula el promedio mensual de estos ingresos durante los últimos seis meses.
- Calcular la CTS semestral:
- Se suma el sueldo mensual bruto, la asignación familiar y el promedio de remuneraciones variables.
- Al resultado, se le añade un sexto de la gratificación correspondiente.
- Este total se multiplica por el número de meses completos trabajados en el semestre y se divide entre 12.
Fórmula general
CTS = [(Remuneración mensual + Asignación familiar + Promedio de remuneraciones variables) + (Gratificación / 6)] × (Meses trabajados en el semestre / 12)
Ejemplo práctico
Si un trabajador tiene un sueldo mensual de S/ 3.000, recibe una asignación familiar de S/ 93 y ha laborado los seis meses completos del semestre:
- Remuneración computable: S/ 3.000 + S/ 93 = S/ 3.093
- Un sexto de la gratificación (suponiendo una gratificación de S/ 3.093): S/ 3.093 / 6 = S/ 515,50
- Total para el cálculo: S/ 3.093 + S/ 515,50 = S/ 3.608,50
- CTS semestral: S/ 3.608,50 × (6 / 12) = S/ 1.804,25
Por lo tanto, el trabajador recibiría S/ 1.804,25 como CTS por ese semestre.