A solo unas horas de que venza el plazo legal para que el Ejecutivo se pronuncie sobre la autógrafa de ley que restablece la detención preliminar en casos de no flagrancia, el presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén, informó que el Ejecutivo decidió observar la norma y la remitió de regreso al Congreso de la República.
En el marco del foro MUNI Ejecutivo Alcaldesas, organizado por la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) y dirigido a las máximas autoridades provinciales y distritales del país, Adrianzén afirmó: “Se acaba de enviar al Congreso hace un par de horas y la ley ha sido observada”.
Al ser cuestionado por el contenido de las observaciones a la autógrafa, el presidente del Consejo de Ministros expresó lo siguiente: “Bueno, hay una serie de observaciones, que tienen que ver precisamente con lo dispuesto en la norma. No tengo el detalle ahora mismo, no lo recuerdo, mal haría en declararlo. Pero la observación seguramente se hará pública en breve, ya se produjo”.
El Congreso remitió la norma al Poder Ejecutivo a mediados de Diciembre, pero este último tardó casi un mes en tomar una decisión al respecto. Según explicó el primer ministro, el tiempo transcurrido se debió a que los equipos técnicos requerían realizar un análisis exhaustivo. “Los días que nos hemos tardado han sido los días en que los equipos técnicos han demorado para hacer el análisis respectivo. No íbamos a hacer las cosas rápidas y mal hechas”, aseguró.
Opinó sobre la citación de Dina Boluarte a Fiscalía

Asimismo, el premier manifestó su indignación ante la citación de Dina Boluarte ante la Fiscalía en la mañana de hoy lunes 13 de enero, por presunta omisión de funciones relacionada con su procedimiento quirúrgico. “En mi opinión personal, ya hemos llegado al límite de la insensatez. ¡A quién se le puede ocurrir que la presidenta de la República en algún momento pudo haber omitido sus funciones cuando estaban allí, entre otros, los innumerables dispositivos que ella firmó de puño y letra?”, expresó Adrianzén.
La presidenta fue citada por la Fiscalía en relación a una intervención quirúrgica realizada entre junio y julio de 2023. Según las indagaciones, no habría comunicado al Congreso sobre este procedimiento, lo que ha generado dudas sobre su continuidad en el cargo. La Fiscalía busca determinar si esta situación podría constituir un delito de omisión de funciones o abandono de cargo, mientras también se desarrollan otras investigaciones relacionadas con su gestión.
Asimismo, como se recuerda, entre el 28 de junio y el 10 de julio de 2023, se aprobaron dos decretos supremos y una resolución que llevan las firmas de la gobernante, pero reportes del semanario Hildebrandt en sus Trece generaron dudas sobre su autenticidad.
Ley de detención preliminar sin flagrancia

El 11 de diciembre de 2024, la presidenta Dina Boluarte promulgó la Ley N.º 32181, que eliminó la detención preliminar en casos sin flagrancia. Esto significó la eliminación del inciso ‘a’ del artículo 261 del Código Procesal Penal, que permitía a los jueces ordenar detenciones preliminares cuando existían indicios razonables de que una persona había cometido un delito grave, con penas mayores a cuatro años, y había riesgo de fuga o de obstrucción de la justicia.
Desde su aprobación, la norma generó críticas de fiscales y juristas, quienes advirtieron sobre las dificultades que implicaría para el desarrollo de investigaciones complejas, como las de corrupción o crimen organizado. La reforma limitaba las detenciones a situaciones de flagrancia, es decir, cuando el delito es detectado durante su comisión o hasta 48 horas después. Esto generó preocupación en sectores judiciales, ya que muchas investigaciones dependen de la capacidad de actuar ante sospechas fundamentadas, incluso en ausencia de pruebas inmediatas.
En respuesta a las críticas, el Congreso de la República aprobó el 14 de diciembre una nueva ley que restablece la detención preliminar en casos de no flagrancia, modificando nuevamente el inciso ‘a’ del artículo 261. Este cambio permitiría que los jueces actúen cuando existan indicios razonables de responsabilidad y peligro de fuga o de obstrucción. Con 79 votos a favor, la modificación fue aprobada y enviada al Ejecutivo para su promulgación.
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