
El Poder Judicial ha definido el valor de la Unidad de Referencia Procesal (URP) para el año 2025 en S/535, cifra que equivale al 10% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT). Esta decisión fue oficializada mediante la Resolución Administrativa N° 000004-2025-CE-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo de esta institución. Además, se aprobó el nuevo Cuadro de Valores de los Aranceles Judiciales, que establece las tasas aplicables a diversos actos procesales.
De acuerdo con la resolución, en los procesos contenciosos donde el valor de la pretensión no supere las 100 URP o sea de cuantía indeterminada, se aplicará un índice del 10% de la URP, equivalente a S/53,50. Este monto será exigido en actos como el ofrecimiento de pruebas en demandas, excepciones, defensas previas, contestaciones de demandas, reconvenciones, denuncias civiles, intervenciones, exclusiones y sucesiones procesales.
También se aplicará en casos de calificación de títulos ejecutivos, actuaciones de prueba anticipada, contradicciones, tercerías y observaciones relacionadas con liquidaciones de pericias laborales o devengados en procesos de alimentos, entre otros.

URP 2025: nuevos costos de los procesos judiciales
El cuadro tarifario también detalla los costos de otros procedimientos judiciales. Por ejemplo, la solicitud de nulidad de actos procesales tendrá un costo de S/53,50, mientras que el recurso de apelación de sentencias se fijó en S/214. En el caso de recursos de nulidad y casación, el monto asciende a S/856, y para recursos de queja, será de S/133,70.
Asimismo, las diligencias realizadas fuera del local judicial tendrán un costo de S/267,50. Otros actos procesales, como el allanamiento, la transacción judicial, el desistimiento en cualquiera de sus modalidades y la suspensión convencional del proceso, tendrán un costo de S/149,80, mientras que el otorgamiento de poder por acta se fijó en S/53,50.
El nuevo cuadro de tasas también contempla tarifas diferenciadas según el valor de la pretensión en los procesos judiciales. Estas se clasifican en rangos que van desde pretensiones mayores a 100 URP hasta aquellas que superen las 3.000 URP. Este esquema busca establecer una proporcionalidad entre el costo del arancel y la cuantía del proceso, ajustándose a las características específicas de cada caso.

Beneficios y exoneraciones en los aranceles judiciales
La resolución también incluye disposiciones sobre beneficios y exoneraciones en el pago de aranceles judiciales. En procesos de alimentos, cuando la pretensión del demandante exceda las 20 URP, los pagos establecidos se reducirán en un 50%. Por otro lado, en asuntos de familia e interés de menores, las solicitudes de ejecución anticipada de decisiones finales estarán exoneradas del pago del arancel judicial por concepto de medida cautelar. Este beneficio también se aplicará en procesos laborales y previsionales cuando el petitorio supere las 70 URP.
Asimismo, los demandantes en procesos previsionales y en procesos de garantías constitucionales, como amparo, hábeas corpus, hábeas data, acción popular y acción de cumplimiento, estarán exonerados del pago de aranceles judiciales. Sin embargo, esta exoneración no será aplicable en casos de amparo contra resoluciones judiciales, laudos arbitrales o procesos parlamentarios interpuestos por personas jurídicas con fines de lucro.
- Las personas naturales que soliciten medidas cautelares por una cuantía inferior a las 10 URP se encuentran exoneradas del pago del arancel judicial.
- Para efectos de sufragar el arancel judicial por solicitud de remate judicial o participar en este, debe tomarse en consideración la Tasación del bien mueble o inmueble que apruebe el Juez mediante resolución judicial.

Impacto y contexto de la medida
La fijación del valor de la URP y la actualización del cuadro de aranceles judiciales son medidas que buscan garantizar una adecuada regulación de los costos asociados a los procesos judiciales en el país. Al establecer tarifas proporcionales a la cuantía de las pretensiones y contemplar exoneraciones para casos específicos, el Poder Judicial intenta equilibrar el acceso a la justicia con la sostenibilidad del sistema judicial.
Estas disposiciones también reflejan un esfuerzo por atender las necesidades de sectores vulnerables, como los involucrados en procesos de alimentos, laborales y previsionales, así como aquellos que recurren a garantías constitucionales. Al mismo tiempo, se busca evitar que los costos procesales se conviertan en una barrera para el ejercicio de derechos fundamentales.
Con la entrada en vigor de estas medidas, el Poder Judicial reafirma su compromiso con la transparencia y la eficiencia en la administración de justicia, adaptando sus políticas a las realidades económicas y sociales del país.

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