
Las oficinas consulares del Perú en el extranjero emitirán visas en formato electrónico, y de transeúnte, la cual autoriza a una persona extranjera ingresar de forma temporal al territorio nacional, siempre y cuando su destino sea llegar a otro país.
La Ley N.º 32229, publicada en el diario oficial El Peruano, este miércoles 8 de enero, establece que el Ministerio de Relaciones Exteriores será la entidad encargada de determinar los alcances, modo y forma de otorgamiento del documento para foráneos que solo estén de paso.
“Excepcionalmente, en la visa de transeúnte no se precisa la calidad migratoria, debiendo contener solo el plazo de permanencia aprobado”, mencionan.

En la Ley, promulgada por el Congreso de la República, también se indica que el otorgamiento de visa en formato electrónico se realizará de forma progresiva una vez que se implemente el sistema informático para este fin.
“Este sistema contará con mecanismos tecnológicos que aseguren un flujo migratorio que garantice el orden público y la seguridad nacional”, precisan. Esto se financiará con el presupuesto institucional de Cancillería.
El Poder Ejecutivo deberá adecuar todas las normas necesarias a las disposiciones expuestas anteriormente en un plazo de 90 días calendario a partir de la entrada en vigor.

¿Cómo obtener la visa residente para trabajador?
Los ciudadanos extranjeros que deseen realizar actividades donde se gane dinero de forma independiente o para una institución, ya sea privada o pública, se puede solicitar una visa de residencia para trabajador, a través de un proceso virtual. En este caso, deben tener una relación administrativa o un contrato de trabajo o de prestación de servicios en el país. Estos son los requisitos:
- Formulario.
- Indicar número de recibo y fecha de pago.
- Copia simple del pasaporte vigente.
- Documento emitido por autoridad competente que acredite carecer de antecedentes judiciales, penales y policiales en el país de origen o en los que hubieras residido por el periodo de 5 años anteriores a tu llegada al territorio nacional.
- Copia simple del contrato de trabajo, con una antigüedad no mayor a 30 días, calendario de la expedición del documento, aprobado por la autoridad administrativa de trabajo, salvo las excepciones de ley, indicando el plazo del contrato igual o mayor a un año.
- Declaración jurada del representante legal de la empresa contratante, consignando tus nombres y apellidos. Asimismo, en el caso que quien suscribe el contrato tenga un cargo distinto al de gerente general, debe indicar el número asiento y partida registral donde se precise que cuenta con facultades para contratar personal. La empresa contratante debe figurar como activo y habido ante la Sunat.
En general, existen diferentes tipos de visa que el Gobierno peruano puede emitir, ya sea para estudiantes, religiosos, inversionistas, investigador y rentistas. Esta es la lista:
- Visa para residente permanente.
- Visa de residente para rentista.
- Visa de residente por familiar residente.
- Visa de residente para trabajador.
- Visa de residente para investigación.
- Visa de residente para inversionista.
- Visa de residente para religioso.
- Visa de residente por formación.
- Visa para residente designado.

Visa a nacionalidades extranjeras
Excepcionalmente, se puede solicitar este documento para una nacionalidad específica. Por ejemplo, la administración de Dina Boluarte exige este permiso a ciudadanos venezolanos. Recientemente, el ministro de Relaciones Exteriores, Elmer Schialer, confirmó que esta medida seguirá vigente, debido a la coyuntura que se vive en el país sudamericano. Según el canciller, ante un posible éxodo de personas provenientes de esta nación por el rechazo de Nicolás Maduro de dejar el poder, se mantendrán las restricciones impuestas desde el año pasado.
Otro ejemplo es el caso de México, donde el gobierno del expresidente Andrés Manuel López Obrador implantó la solicitud de visas para peruanos. La gestión de su sucesora, Claudia Sheinbaum, ha decidido continuar con esta decisión.
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