A medida que se acerca el inicio del año escolar 2025, previsto para el 17 de marzo según la Resolución Ministerial N.º 556-2024-Minedu, muchas familias se encuentran evaluando las opciones educativas para sus hijos. En este contexto, los colegios privados aparecen como una alternativa, aunque implican obligaciones contractuales que los padres deben conocer. Para garantizar una relación justa entre las instituciones educativas y las familias, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) ofrece una guía que aclara los derechos y deberes de los usuarios de este servicio.
La decisión de optar por una institución privada conlleva la firma de un contrato que establece las condiciones del servicio. Sin embargo, también existen limitaciones legales para los colegios en casos de incumplimiento de pagos por parte de los padres. Estas restricciones están diseñadas para proteger los derechos de los estudiantes y evitar que situaciones de morosidad afecten su proceso educativo.
Restricciones para los colegios frente al incumplimiento de pagos
Indecopi destaca que, aunque los padres de familia tienen la obligación de cumplir con los pagos de las pensiones escolares, los colegios deben respetar ciertas reglas al tratar con situaciones de morosidad. Las instituciones educativas privadas no pueden:
- Bloquear el acceso de los estudiantes a plataformas virtuales o impedir su asistencia a clases presenciales.
- Negar la participación de los estudiantes en evaluaciones académicas.
- Retener o negar la entrega de libretas de notas o cualquier documento relacionado con el desempeño escolar.
- Exponer o señalar públicamente a estudiantes con pensiones impagas, ya sea en clases, grupos de redes sociales o aplicaciones de mensajería.
Consecuencias del incumplimiento de las obligaciones económicas
Cuando los padres o tutores no cumplen con los pagos pactados en el contrato de servicios educativos, el colegio tiene la facultad de negarse a matricular al estudiante para el próximo año lectivo. Sin embargo, esta medida solo es válida si está expresamente contemplada en el contrato firmado antes del inicio del ciclo escolar.
De tomarse esta decisión, la institución educativa debe comunicarla con al menos 30 días de anticipación a la finalización del año lectivo. Este plazo permite que los padres gestionen el traslado del estudiante a otra escuela y adopten las medidas necesarias para garantizar la continuidad de su educación. Si la notificación no se realiza dentro del tiempo establecido, el colegio estará obligado a aceptar la matrícula del estudiante para el siguiente año escolar.
Dato: Es importante tener en cuenta que la institución educativa debe asegurar que los padres de familia, tutores o usuarios del servicio educativo tengan acceso a las condiciones pactadas en el contrato o acuerdo suscrito, ya sea de forma física o virtual, para garantizar su conocimiento.
Procedimientos para reclamos o quejas
Indecopi también estableció mecanismos para que los padres de familia puedan presentar reclamos ante posibles irregularidades en la prestación del servicio educativo. Estas son las opciones disponibles:
Reclamos ante el colegio
- Presentar una comunicación por escrito, solicitando el Libro de Reclamaciones, que todos los colegios privados deben tener disponible en formato físico o virtual.
- El colegio cuenta con un plazo de 15 días hábiles para responder al reclamo o queja presentada. Este plazo no es prorrogable.
Reclamos ante Indecopi
Si el colegio no resuelve el reclamo de manera satisfactoria, los padres pueden acudir ante Indecopi para buscar una solución directa con la institución educativa. Las opciones para presentar el reclamo incluyen:
- Enviar un correo electrónico a: sacreclamo@indecopi.gob.pe.
- Comunicarse a las líneas telefónicas: 01 224 7777 (Lima) y 0 800 4 40 40 (provincias).
Cambios en el calendario escolar 2025
El calendario escolar del 2025 introduce ajustes en el inicio y cierre del ciclo académico. Las clases comenzarán una semana después, en comparación con el año anterior, y terminarán entre el 19 y 20 de diciembre. Este cambio implica una reducción de cinco días lectivos respecto al 2024.
Aunque los colegios privados tienen la autonomía de adelantar el inicio del año escolar, el cambio impacta principalmente a las instituciones públicas, generando preocupación entre padres y especialistas sobre el tiempo efectivo de aprendizaje.