Desde el 1 de enero de 2025, entrará en vigencia un incremento salarial de S/ 100 para los trabajadores del sector público, según lo establece el Decreto Supremo N° 279-2024-EF. Esta medida, refrendada por el Ministerio de Economía y Finanzas, beneficiará a servidores bajo los regímenes laborales de los Decretos Legislativos N° 728, N° 1057 y las Leyes N° 30057, N° 29709 y N° 28091.
El aumento incluye a los trabajadores bajo Contrato Administrativo de Servicios (CAS), así como al personal del servicio diplomático, civil y penitenciario, siempre que sus ingresos totales no excedan el límite de S/ 15,600, establecido por las normas vigentes. En los casos en que los ingresos superen este monto, el incremento será ajustado para respetar dicho tope.
Características del aumento y su financiamiento
El incremento salarial tendrá carácter remunerativo y pensionable, lo que significa que será considerado para el cálculo de beneficios laborales como gratificaciones, aguinaldos y compensaciones por tiempo de servicios. Asimismo, el ajuste será registrado en las planillas de pagos de las entidades públicas correspondientes.
El Decreto Supremo establece, además, que las entidades del Gobierno Nacional, regional y local deberán financiar el aumento con su presupuesto institucional. Esta medida no requerirá recursos adicionales del Tesoro Público, garantizando así su implementación dentro de las capacidades presupuestarias existentes.
Para acceder a este beneficio, los trabajadores deben estar debidamente registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas del Ministerio de Economía y Finanzas. Este sistema verificará el cumplimiento del tope salarial y gestionará la aplicación del incremento.
Según el decreto, el aumento busca mejorar los ingresos de miles de trabajadores públicos, quienes desempeñan funciones en diversas áreas clave del Estado. Aunque el ajuste es uniforme, su implementación refleja la necesidad de mantener el orden financiero y respetar los límites salariales establecidos.
Trabajadores CAS en el Perú
El Contrato Administrativo de Servicios (CAS) es un régimen laboral utilizado en el sector público peruano desde 2008. Este tipo de contratación, regulado inicialmente por el Decreto Legislativo N.° 1057, busca cubrir necesidades específicas de personal en entidades del Estado, diferenciándose de los regímenes laborales tradicionales como el Decreto Legislativo N.° 276 (empleados públicos) y el N.° 728 (trabajadores privados).
El CAS permite la contratación de trabajadores bajo un vínculo laboral sujeto a la modalidad de servicios temporales. Aunque otorga derechos básicos como vacaciones, seguro social y gratificaciones, limita la estabilidad laboral y excluye beneficios como la compensación por tiempo de servicios (CTS) y utilidades.
En los últimos años, el régimen CAS ha sido objeto de críticas por su carácter precario y la falta de acceso a una carrera pública estable. En 2021, el Tribunal Constitucional declaró la eliminación progresiva de este régimen, estableciendo que los trabajadores CAS deben incorporarse a otros regímenes laborales permanentes, dependiendo de la naturaleza de sus funciones.
Entre los derechos principales que les corresponden destacan:
- Remuneración mensual: El trabajador CAS percibe un sueldo según las condiciones estipuladas en su contrato, sin acceso a incrementos automáticos ni escalas salariales.
- Vacaciones: Gozan de 30 días calendario de descanso vacacional remunerado por cada año completo de servicios.
- Seguro Social de Salud (EsSalud): Los trabajadores CAS tienen cobertura de salud a través del seguro social, al igual que otros empleados públicos.
- Gratificaciones: Reciben una gratificación en los meses de julio y diciembre, cuyo monto equivale a una remuneración mensual proporcional al tiempo laborado.