El asesinato de una niña en Villa María del Triunfo fue el detonante para que vuelva el debate sobre si en el Perú debería aplicarse la pena de muerte para violadores de menores de edad.
Una vez que la presidenta Dina Boluarte lo mencionó, los ministros sugirieron que el tema podría evaluarse. Desde el Congreso, las propuestas para retirar al Perú del Pacto de San José no se hicieron esperar.
Pues este convenio internacional, al que el Perú está adscrito, prohíbe aplicar la pena de muerte para más delitos, que no sea traición a la patria en caso de guerra.
Después, el alcalde de Lima, Rafael López Aliaga, sugirió que la población debería ser quien decida a través de un referéndum si se aplica o no la máxima sanción penal.
“Hay casos muy graves que están pasando. Que a una niña la violen, la maten, la torturen. No podemos estar aguantando que una persona que ha hecho un asesinato, lo más vil, esté circulando por la vida. Mi opinión es distinta, y yo respeto la opinión de todos. Yo creo que debería haber un referéndum nacional, preguntémosle a la población que opina que haya gente corrupta, que haya gente que viole a una criatura indefensa, gente que comete crímenes abominables”, indicó durante una actividad en Pucallpa.
¿Pero es posible que un referéndum pueda determinar si se sanciona con pena de muerte a violadores de menores de edad?
La respuesta es no. La propuesta del líder de Renovación Popular es anticonstitucional.
El expresidente del Poder Judicial, Javier Arévalo Vela, señaló que el Artículo 32 de la Constitución prohíbe el referéndum para derechos fundamentales.
“La pena de muerte es un concepto superado, el artículo 32 de la Constitución prohíbe el referéndum cuando se trata de derechos fundamentales”, comentó en entrevista con Canal N.
¿Qué dice el Artículo 32 de la Constitución?
El artículo 32 de la Constitución Política del Perú establece con precisión las materias que pueden ser sometidas a referéndum. Según este artículo, los ciudadanos tienen el derecho de participar en decisiones trascendentales relacionadas con la reforma total o parcial de la Constitución, la aprobación de normas con rango de ley, las ordenanzas municipales y los asuntos vinculados al proceso de descentralización.
Sin embargo, el texto constitucional también define límites claros a esta herramienta de participación ciudadana.
El artículo prohíbe someter a consulta popular temas que puedan implicar la supresión o reducción de los derechos fundamentales de las personas.
Asimismo, excluye de los referéndums las normas de carácter tributario y presupuestal y los tratados internacionales en vigor también.
Perú en la ONU
Perú respaldó una resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU) para establecer una moratoria en las ejecuciones de la pena de muerte. La medida, aprobada el martes 17 de diciembre de 2024, contó con el apoyo de más de dos tercios de los países miembros del organismo. Sin embargo, este posicionamiento contrasta con el debate interno promovido por la presidenta peruana, Dina Boluarte, quien ha planteado la posibilidad de aplicar la pena capital a violadores, generando una controversia tanto a nivel nacional como internacional.
La resolución adoptada por la ONU busca suspender las ejecuciones como un paso hacia la abolición definitiva de la pena de muerte. Este avance fue destacado por Amnistía Internacional, cuya experta en el tema, Chiara Sangiorgio, subrayó el impacto político y moral de estas decisiones.
“Esta votación supone un importante punto de inflexión para países de todo el mundo y demuestra que los Estados miembros de la ONU están cada vez más cerca de rechazar la pena de muerte como castigo legal en virtud del derecho internacional”, afirmó la especialista.
La resolución también marcó un cambio en la postura de varios países. Por primera vez, naciones como Antigua y Barbuda, Kenia, Marruecos y Zambia votaron a favor de la moratoria, lo que refuerza la tendencia global hacia la abolición de este castigo.