El Congreso de la República ha aprobado un nuevo bono, según señala la norma que se promulgó en el diario oficial El Peruano. Como se sabe, hay diferentes bonificaciones aprobadas en la Ley del Presupuesto 2025, alguna de las cuales se entregará este diciembre, pero este beneficio no se detalla dentro de esas.
Este se incluyó dentro de la ley que señala que los policías en franco y vacaciones pueden recibir una compensación económica si prestan servicios voluntariamente durante su tiempo libre. Este bono se entregará este mes de diciembre también:
“Se autoriza al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con cargo a su presupuesto institucional a otorgar una bonificación extraordinaria, excepcional y por una vez, durante el mes de diciembre del año fiscal 2024, de S/1.000″, señala la ley.
Bono de S/1.000
Le ley promulgada contempla dos medidas diferentes. Uno es que los policías de vacaciones o en franco podrán recibir una compensació por trabajar durante esos días libres. Otra es la entrega de un beneficio para el personal policíal.
Este bono de S/1.000 se deberá entregar a parte del personal del Ministerio de Justicia en diciembre de 2024, medida que se ha promulgado a pocas semanas de acabar el año. Estos son los detalle de esta medida:
- Lo reciben los servidores del régimen laboral del Decreto Legislativo 1057 de la Dirección General de la Defensa Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
- Solo lo obtendrán quienes reciban una remuneración igual o menor a S/5.114,19
- Se ha autorizado a la entidad a efectuar las modificaciones presupuestarias a nivel funcional programático y se le exonera de los artículos 9 y 11 de la Ley 31953 y del artículo 48 del Decreto Legislativo 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, solo para efectos de implementar la presente medida
Policías podrán recibir compensación extra
La otra medida es la compensación económica a favor del personal policial que preste servicios de forma voluntaria mientras se encuentra de vacaciones o franco.
“La presente ley tiene por objeto autorizar el otorgamiento de una entrega económica para el personal policial que se encuentre de vacaciones o franco y de forma voluntaria preste servicios de patrullaje a pie, patrullaje motorizado y operaciones focalizadas de investigación en el marco de la lucha contra la delincuencia común y la inseguridad ciudadana”, detalla la norma
Asimismo, el monto de la entrega económica a favor del referido personal policial comprende la labor desarrollada por siete horas ininterrumpidas por día y este no tiene carácter remunerativo ni pensionable, no está sujeta a cargas sociales y no constituye base de cálculo para los beneficios sociales. Es decir, será un monto que no tendrá descuentos de AFP u ONP.
Para poder realizar la entrega, esta “debe ser registrada previo al pago en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público - AIRHSP, a cargo de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, bajo responsabilidad administrativa, civil o penal de quien lo otorgue.
“Para tales efectos, la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú remite a la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas la relación de beneficiarios de la citada entrega económica”, señala le ley.
Así, dentro del plazo de cinco días hábiles de entrada en vigor se deberán aprobar las disposiciones necesarias para la prestación de los servicios policiales de patrullaje a pie, patrullaje motorizado y operaciones focalizadas de investigación en el marco de la lucha contra la delincuencia común y la inseguridad ciudadana.