Desde el pasado 1 de septiembre, las plataformas digitales extranjeras han comenzado a inscribirse en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) en Perú, como parte de un nuevo mecanismo de recaudación del Impuesto General a las Ventas (IGV). Este cambio, introducido por el DL Nº 1623, obliga a estas empresas a actuar como agentes de retención o percepción del IGV cuando el usuario o importador es una persona natural que no realiza actividad empresarial.
Sin embargo, hasta la fecha solo 35 empresas extranjeras se han inscrito en el Registro Único de Contribuyentes (RUC), cumpliendo con los requisitos establecidos por la SUNAT.
Entre estas empresas se encuentran gigantes del sector tecnológico y de entretenimiento como Netflix, Amazon, Disney, Sony, Google, Meta-Facebook, TikTok, Spotify, InDrive y Apple. Pero, ¿Qué pasará con las demás?
Vale precisar que el proceso de inscripción y cumplimiento del IGV es parte de un esfuerzo más amplio por parte de las autoridades peruanas para regular el comercio digital y asegurar que todas las empresas que operan en el país contribuyan equitativamente al sistema tributario.
Esta iniciativa también refleja una tendencia global donde los gobiernos están ajustando sus políticas fiscales para adaptarse a la creciente economía digital y los nuevos mercados, muchas veces no gravados pese a generar renta en los países donde operan.
Plataformas digitales: SUNAT había identificado a 600 potenciales contribuyentes
La SUNAT ha facilitado el proceso de inscripción para todas las demás plataformas aun no inscritas, al eliminar la necesidad de presentar traducciones simples de documentos que acrediten la existencia y vigencia de las empresas no domiciliadas.
De esta manera, la Administración ha puesto a disposición información especializada en inglés en su portal institucional, incluyendo legislación relevante, guías de apoyo, preguntas frecuentes y un servicio de inscripción en línea.
También se han llevado a cabo reuniones de acompañamiento para asegurar la correcta inscripción de estas plataformas. Vale precisar que, originalmente, la SUNAT había identificado a 600 posibles paltaformas sujetas a recaudación del 18% de IGV.
Además, el pasado domingo se prepublicó un proyecto de resolución que establecerá las normas para la declaración y pago del IGV, así como la creación de una plataforma informática para que las plataformas digitales puedan cumplir con sus obligaciones tributarias. Este proyecto busca regularizar y facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de las empresas extranjeras que operan en el país.
Finalmente, SUNAT también ha anunciado que supervisará el cumplimiento de estas obligaciones tributarias, verificando la inscripción en el RUC y la correcta retención y/o percepción del IGV por parte de las plataformas digitales. En caso de incumplimiento, la entidad tiene la facultad de aplicar sanciones conforme al Código Tributario.
La Tasa Netflix se alinea con los requisitos OCDE
Perú ha iniciado un proceso de adhesión para convertirse en miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), lo que ha llevado a la implementación de nuevas medidas fiscales.
Una de estas medidas es la aplicación del IGV a los servicios digitales proporcionados por empresas extranjeras a personas naturales en el país, informó la SUNAT.
Según la Administración tributaria del Perú, países como México, Chile, Uruguay, Costa Rica, Paraguay, Colombia, Argentina, Ecuador y miembros de la Unión Europea ya aplican impuestos similares a los servicios digitales.
Esta tendencia global refleja un esfuerzo por regular y gravar adecuadamente las transacciones digitales, que han crecido exponencialmente en los últimos años.
La OCDE es un organismo internacional promueve políticas que mejoren el bienestar económico y social de las personas en todo el mundo, y la adhesión a sus estándares es vista como un sello de calidad para las economías emergentes.