El aguinaldo es un pago adicional otorgado a los trabajadores del sector público en Perú durante Fiestas Patrias y Navidad. Este beneficio tiene como objetivo apoyar a los empleados públicos durante las celebraciones especiales que se dan en el país. Precisamente en estas fechas los trabajadores estatales que cumplen con los requisitos estipulados en el decreto supremo publicado en las Normas Legales del diario oficial El Peruano reciben este pago adicional junto a sus sueldos. En esta fecha infórmate sobre el monto correspondiente, las fechas de pago y quienes sí lo reciben.
El aguinaldo para el sector público tiene como objetivo brindar un alivio económico a los empleados en momentos de gastos adicionales, como en las fiestas de fin de año. El pago será de S/ 300 (trescientos soles) y se pagará por única vez en la planilla de diciembre de 2024.
Este beneficio económico se otorgará a una amplia gama de servidores públicos, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley N° 31953 (Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024) y otras normativas. Los beneficiarios incluyen a:
- Funcionarios y servidores públicos nombrados y contratados bajo diversas leyes laborales, tales como:
Decreto Legislativo N° 276 (régimen laboral de los trabajadores del sector público).
Ley N° 29944 (ley que regula la carrera pública docente).
Ley N° 30512 (ley que regula el régimen laboral de los trabajadores de salud).
Ley N° 30220 (ley sobre los docentes universitarios). - Personal de salud: El aguinaldo se otorgará a los trabajadores del sector salud, conforme lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1153.
- Obreros permanentes y eventuales del sector público: Incluye tanto a aquellos con contratos permanentes como a los contratados de manera temporal.
- Personal de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú: Los miembros de estas instituciones también recibirán el aguinaldo como parte de la disposición del gobierno.
- Pensionistas del Estado: Aquellos pensionistas de derecho propio a cargo del Estado también serán beneficiarios del aguinaldo, bajo los regímenes establecidos en la Ley N° 15117, los Decretos Leyes N° 19846 y N° 20530, el Decreto Supremo N° 051-88-PCM, y la Ley N° 28091.
El Decreto Supremo también menciona que los trabajadores contratados bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057 recibirán un aguinaldo conforme a lo establecido en el numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley N° 31953. Este aguinaldo será incluido en la planilla de pagos correspondiente a diciembre de 2024, y el monto será determinado de acuerdo con las disposiciones legales pertinentes, ajustándose al tope establecido.
Cronograma de Pago del Aguinaldo en 2024
El pago de este monto adicional se dará en las mismas fechas en que se depositan los sueldos de los trabajadores del sector público de acuerdo al cronograma de pagos del Banco de la Nación
- Presidencia del Consejo de Ministros, Poder Judicial, Justicia, Relaciones Exteriores, Economía y Finanzas, Universidades públicas, Agrario y de Riego, Contraloría General de la República, Defensoría del Pueblo, Junta Nacional de Justicia, Ministerio Público, Tribunal Constitucional, Defensa, Congreso de la República, Jurado Nacional de Elecciones, Oficina Nacional de Procesos Electorales, Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, Transporte y comunicaciones, Gobiernos regionales: unidades ejecutoras de agricultura - Martes 17 de diciembre
- Educación (UGEL 01, 03 y 07) y Gobiernos regionales (unidades ejecutoras de Educación, excepto de Cajamarca, La Libertad, Junín, Piura, Áncash, Loreto y Puno - Miércoles 18 de diciembre
- Cultura, Educación (excepto UGEL 01, 03 y 07), Gobiernos regionales (unidades ejecutoras de Educación de Cajamarca, La Libertad, Junín, Piura, Áncash, Loreto y Puno - Jueves 19 de diciembre
- Ambiente, Salud, Trabajo y Promoción del Empleo, Energía y Minas, Comercio Exterior y Turismo, Vivienda, Construcción y Saneamiento, Producción, Mujer y Poblaciones Vulnerables, Desarrollo e Inclusión Social, Gobiernos regionales (todas las unidades ejecutoras, excepto las de Educación y Agricultura) - Viernes 20 de diciembre
- Interior y Fuero Militar Policial - Lunes 23 de diciembre
Requisitos y condiciones para recibir el aguinaldo
El aguinaldo por Navidad de S/ 300 establecido por el Decreto Supremo se otorgará a los trabajadores del sector público que cumplan con los siguientes requisitos:
- Condiciones laborales: Estar laborando al 30 de noviembre de 2024. Los beneficiarios deben haber estado en actividad laboral hasta esa fecha, o estar en descanso vacacional, licencia con goce de remuneraciones, o percibiendo los subsidios establecidos por la Ley Nº 26790 (Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud).
- Antigüedad mínima: Tres meses de servicio. Los trabajadores deben contar con al menos tres meses de antigüedad en el servicio público al 30 de noviembre de 2024. Si no cumplen con este tiempo, el aguinaldo será calculado de manera proporcional a los meses y días laborados hasta esa fecha.
¿Dónde pagan el aguinaldo por Navidad 2024?
De acuerdo a lo que ya se conoce, los trabajadores del sector público reciben sus pagos en cuentas del Banco de la Nación, por ende a todos se les depositará en las mismas adicionando los 300 soles. En algunos casos, si el trabajador no tiene una cuenta en el Banco de la Nación, se le pagará en efectivo en las ventanillas de la entidad bancaria o a través de otros medios establecidos por el gobierno.
Asimismo, la percepción del aguinaldo por Navidad es incompatible con la recepción de cualquier otro beneficio económico similar otorgado por la misma entidad pública, independientemente del nombre del beneficio o la fecha de su entrega.