Nuevos días no laborables. El pasado martes 19 de noviembre, la Comisión de Trabajo del Congreso aprobó el dictamen de la Ley de días puente festivo, iniciativa promovida por la congresita de Avanza País, Adriana Tudela. Esta propuesta busca que los días entre feriados y fines de semana sean declarado como ‘días puente festivo’ y crea este concepto como una nueva fecha libre en Perú.
Es decir, al lado de los feriados y los días no laborables, los días puente festivo tendrán una diferente esencia, pero que en la práctica funcionan como días no laborables. Asimismo, su declaración será predictible, ya que la norma establece una forma exacta en que deban declararse estas fechas, en torno a los días feriados.
La Ley ha sido aprobada en la Comisión de Trabajo, y cuenta con el visto bueno del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, tanto como del Mincetur (aunque estas opiniones han sido emitidas anteriormente en el año, y no necesariamente están validadas por las cabezas actuales de estas entidades), y añaden algunas especificaciones. Sin embargo, ComexPerú mandó también (en su momento) su opinión ante el proyecto, la cual sí cambiaría la cantidad de días libres.
¿De qué se tratan los días puente festivo?
La propuesta de Adriana Tudela declara se declaren como días puente festivo aquellas fechas que separen los fines de semana con los martes, miércoles o jueves que sean feriados. Es decir, estos días servirían como ‘puente festivo’, para crear así feriados largo.
Así, si bien serían como días no laborables —de hecho, el criterio usado para declarar las fechas no laborables este año por el Ejecutivo coincide con el cual propone Tudela—, estos días se llamarían días puente festivo. “La Ley que establece los puentes festivos a fin de la reactivación económica nacional y el turismo interno”, señala la norma, que plantea la siguiente forma predictible para definir estas nuevas fechas libres:
- Los días lunes del año, cuando el día martes posterior sea feriado serán días puente festivo (considerado como no laborable)
- Los días viernes del año, cuando el día jueves previo sea feriado serán días puente festivo (considerado como no laborable)
- Los días lunes y martes del año, cuando el día miércoles posterior sea feriado también serán días puente festivo.
Asimismo, las opiniones del MTPE y del Mincetur agregan que deben señalarse en la Ley de días puente festivo que estos no afectan los plazos tributarios, que se señale que se asegure que se detalle qué sectores son trabajadores que no se acogerían a la norma, tal como se hace con los días no laborables, así como la especificación que los días dejados de trabajar deben comprensarse.
Los días puente festivo del 2025
Si se aprueba la Ley, así se definirían los días no laborables del 2025:
- Dado que jueves 1 de mayo de 2025 es feriado, el viernes 2 sería día puente festivo
- Dado que el miércoles 23 de julio de 2025 es feriado, el lunes 21 y martes 22 serían días puente festivo
- Dado que el miércoles 6 de agosto de 2025 es feriado, el lunes 4 y martes 5 serían días puente festivo
- Dado que miércoles 8 de octubre de 2025 es feriado, el lunes 6 y martes 7 serían días puente festivo
- Dado que el jueves 25 de diciembre de 2025 es feriado por Navidad, el día viernes 26 sería día puente festivo.
ComexPerú propone alternativa
En la opinión que el gremio ComexPerú realizó al proyecto de ley, este mencionó que proponía que, en todo caso, los feriados que caigan en media semana se muevan a lunes o viernes.
“Si bien consideramos muy importante promover el turismo interno para la reactivación económica del sector, en atención a los riesgos expuestos para la economía nacional y los trabajadores, consideramos que una mejor alternativa sería mover los feriados que caen en media semana a los días lunes o viernes, en orden de asegurar feriados largos y otorgar mayor predictibilidad del calendario de feriados, sin la necesidad de sumar más días libres”, señala la carta enviada por ComexPerú en su momento.
Según esta propuesta de ComexPerú, entonces, los días feriados que caigan martes, serían lunes, los jueves serían viernes, los miércoles no se detallan, pero serían uno de los anteriores días. Así, tomando como ejemplo el día de Navidad que cae el jueves 25 de diciembre de 2025, tendría que ser feriado el viernes 26 de diciembre.