La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) ha dado un paso significativo al autorizar la publicación de un proyecto de resolución que introduce una facultad discrecional para no aplicar sanciones en el régimen de transbordo.
Esta medida, que estará vigente por tres meses a partir del 18 de noviembre de 2024, busca facilitar un periodo de adaptación para los operadores involucrados en este proceso, según la Resolución de Superintendencia 000250-2024/SUNAT.
El proyecto, que ya está disponible en el sitio web oficial de Sunat, surge como respuesta a la implementación de un nuevo proceso digital para el transbordo, aprobado previamente mediante la Resolución de Superintendencia N° 000217-2024/SUNAT.
Según informó a Infobae Perú, la Sunat espera que este nuevo sistema digital, el cual entró en vigor el 18 de noviembre de 2024, contribuya para modernizar y agilizar los procedimientos aduaneros.
La discrecionalidad en la aplicación de sanciones se presenta como una herramienta para que los operadores, incluidos transportistas, agentes de aduanas y agentes de carga internacional, puedan identificar y corregir posibles inconsistencias en sus transmisiones sin enfrentar penalizaciones inmediatas.
Este enfoque busca proporcionar un periodo de estabilización que permita a los involucrados adaptarse al nuevo sistema digital. El texto del proyecto ha sido pre-publicado para recibir sugerencias y comentarios de cualquier interesado, lo que refleja un esfuerzo por incluir a la comunidad en el proceso de mejora continua del régimen de transbordo.
Esta apertura al diálogo busca asegurar que el contenido y los alcances de la resolución sean lo más efectivos y comprensibles posible para todos los actores del sector.
El nuevo proceso digital para el transbordo de Sunat
La Sunat ha implementado un nuevo procedimiento para el régimen de transbordo que busca optimizar el flujo de mercancías en el comercio exterior. Según la Resolución de Superintendencia Nº 000217-2024/SUNAT, el Procedimiento General de «Transbordo» DESPA-PG.11, en su versión 5, introduce mejoras significativas en el control aduanero y la administración de mercancías, informó la entidad.
El régimen de transbordo se define como el proceso que permite la transferencia de mercancías descargadas del medio de transporte que las trae al territorio aduanero y su posterior carga en el medio que las llevará fuera del mismo, todo bajo un estricto control aduanero.
Este procedimiento tiene como objetivo establecer pautas claras para el despacho y facilitar el cumplimiento de las normas aduaneras mediante procesos electrónicos y de gestión de riesgo.
La regulación está dirigida tanto al personal de Sunat como a los operadores de comercio exterior (OCE) y operadores intervinientes (OI) que participan en el proceso de despacho bajo este régimen.
Se han dispuesto tres modalidades permitidas para el transbordo: directamente entre medios de transporte, con descarga a tierra, y con ingreso a un depósito temporal. Estas modalidades ofrecen flexibilidad para adaptarse a diferentes necesidades operativas y logísticas, optimizando el flujo de mercancías sin comprometer la seguridad.
La implementación de este procedimiento busca no solo mejorar la eficiencia en el manejo de mercancías, sino también asegurar que las operaciones se realicen de manera segura y conforme a las normativas vigentes.
Mejoras en el control aduanero con el DESPA-PG.11
Con la Resolución de Superintendencia Nº 000217-2024/SUNAT, la Administración introduce una serie de innovaciones destinadas a optimizar el proceso de transbordo de mercancías, para lo cual también ha pedido facultades discrecionales para sancionar.
Una de las principales mejoras es la numeración y validación electrónica de la Declaración Aduanera de Mercancías (DAM). Utilizando la Plataforma del sistema de despacho aduanero (SDA), la numeración de la DAM se realizará electrónicamente a través del portal de Sunat. Este sistema permitirá vincular automáticamente la numeración con el documento de transporte, facilitando así el proceso de autorización.
El nuevo procedimiento también contempla una autorización automática del régimen de transbordo. Una vez numerada la DAM y vinculado el documento de transporte, el sistema autorizará automáticamente el régimen por un plazo de treinta días calendario, contados desde la fecha de numeración de la DAM. Esto agiliza el proceso y reduce el tiempo de espera para los operadores.
Para la regularización del régimen, el declarante deberá registrar el número de la DAM en el documento de transporte correspondiente, ya sea del manifiesto de carga de salida o del manifiesto de carga consolidado, siempre que se cumplan ciertas condiciones establecidas por Sunat.
En cuanto a los traslados entre depósitos temporales, estos deberán realizarse bajo condiciones de seguridad específicas, que variarán según el tipo de carga. Esto busca garantizar la integridad de las mercancías durante su traslado y minimizar riesgos.
Finalmente, el embarque de mercancías se realizará bajo la supervisión de Sunat, permitiendo embarques parciales o totales según la naturaleza de la operación. Esta supervisión busca asegurar que el proceso se realice conforme a las normativas vigentes y con la máxima eficiencia posible.