La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) ha postergado la aplicación de criterios del Reglamento de Gestión de Riesgos de Modelo, publicado mediante Resolución SBS N° 00053-2023 en enero del año pasado, para las empresas del sistema financiero.
De esta manera, la resolución SBS N° 03884-2024 modifica el plazo de adecuación de los Capítulos IIl, IV, V y VI del Título II del documento antes citado, cuyo marco de aplicación tuvo dos años para implementarse por parte de bancos, cajas municipales y financieras, entre otros.
En adelante, la aplicación de estos criterios de seguridad sobre los Modelos en otros niveles de riesgo se desarrollará a partir del 31 de mayo de 2025, y ya no desde el 30 de noviembre de 2024.
En cuanto a los Modelos categorizados en los niveles de riesgo más altos, la aplicación de los criterios de seguridad sobre los Riesgos de Mercado y Liquidez se aplicarán a partir del 31 de diciembre de 2024, cuando debieron aplicarse desde el 30 de junio pasado, junto a los criterios de seguridad sobre los Riesgos de Crédito. La reprogramación queda de la siguiente manera:
¿Qué es el Reglamento de Gestión de Riesgos de Modelo?
El Reglamento de Gestión de Riesgos de Modelo, diseñado para mitigar los riesgos asociados al uso de modelos en la gestión de riesgos de crédito, mercado, liquidez, operacional, y lavado de activos, establece lineamientos mínimos que las empresas deben seguir.
Este reglamento, según el texto proporcionado, busca asegurar que las entidades bajo la supervisión de la SBS implementen prácticas adecuadas para el desarrollo y uso de modelos.
El uso de modelos en la gestión de riesgos es una práctica común que permite a las entidades financieras tomar decisiones más rápidas y eficientes, además de reducir costos. El reglamento regula aspectos clave como la definición de lo que constituye un modelo y los riesgos asociados a su uso.
Sin embargo, el uso de estos modelos no está exento de riesgos. Las fallas pueden surgir en diversas etapas, desde su desarrollo y validación hasta su implementación y uso. Por ello, el reglamento enfatiza la necesidad de mitigar estos riesgos potenciales.
El reglamento regula aspectos clave como la definición de lo que constituye un modelo y los riesgos asociados a su uso. También establece un marco de gobierno corporativo para la gestión de estos riesgos, asegurando que las entidades tengan una estructura adecuada para supervisar y controlar el uso de modelos.
Además, se detallan los lineamientos mínimos para el desarrollo, validación, implementación, uso y seguimiento de los modelos, asegurando que las prácticas sean consistentes y efectivas.
SBS lanza la séptima licitación para los nuevos afiliados al SPP
La SBS también ha iniciado un nuevo proceso de licitación para determinar qué entidad gestionará las cuentas de los nuevos afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP).
Este proceso, que se llevará a cabo desde el 1 de junio de 2025 hasta el 31 de mayo de 2027, busca cumplir con lo estipulado en la Ley del Sistema Privado de Pensiones, según lo establecido en la Circular N° AFP-184-2024.
La entidad que resulte ganadora de esta séptima licitación tendrá la responsabilidad de afiliar a los trabajadores que se incorporen por primera vez al SPP.
Estos nuevos afiliados permanecerán en la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) adjudicataria durante un período de dos años, lo que garantiza una estabilidad en la gestión de sus fondos de pensiones durante ese tiempo.
Este proceso de licitación es parte de un esfuerzo continuo por parte de la SBS para asegurar que los nuevos afiliados al sistema de pensiones privado reciban una administración eficiente y segura de sus fondos. La licitación se realiza de manera periódica para fomentar la competencia entre las AFP y asegurar que los afiliados obtengan los mejores servicios posibles.