¿Las deudas se heredan? Esto dice el Código Civil peruano

Cuando una persona fallece, surgen diversas inquietudes, incluyendo qué ocurrirá con sus bienes y cómo se repartirán sus deudas en la herencia

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Para este caso, también es importante tomar en cuenta que las deudas prescriben después de 10 años. Foto: PryAsociados
Para este caso, también es importante tomar en cuenta que las deudas prescriben después de 10 años. Foto: PryAsociados

De acuerdo con el Código Civil peruano, las deudas del difunto sí se transmiten a los herederos, pero con ciertas restricciones. En Perú, los sucesores adquieren tanto los bienes como los adeudos del fallecido, pero solo deben cubrir las obligaciones hasta el valor total de la herencia recibida. Esto asegura que no se comprometan sus propios bienes personales para pagar activos que excedan lo heredado.

El artículo 871° del Código Civil establece que, antes de dividir la herencia, se deben cubrir todas las deudas del fallecido usando el total del patrimonio heredado, conocido como la ‘masa hereditaria’. Así, las obligaciones financieras se cancelan con los bienes de esta masa antes de que el resto se distribuya entre los sucesores.

¿Cuánto de la deuda le toca pagar a cada heredero?

Una vez que la herencia se ha repartido, cada heredero debe asumir una parte de las deudas del fallecido en proporción a lo que le haya correspondido. Así, si un sucesor recibe el 25% del patrimonio heredado, también deberá responder por el 25% de las deudas del fallecido, conocido legalmente como el causante.

Esta distribución proporcional asegura que cada heredero cubra su parte de las obligaciones financieras de manera justa en función del valor de los bienes que haya recibido.

Las deudas se reparten según el porcentaje de herencia que recibió cada sucesor. Foto: Herento
Las deudas se reparten según el porcentaje de herencia que recibió cada sucesor. Foto: Herento

¿Y qué pasa con las deudas hipotecarias?

Las deudas hipotecarias con bancos suelen estar respaldadas por un ‘seguro de desgravamen’, el cual cubre el saldo pendiente en caso de fallecimiento del titular.

Por ello, antes de que los herederos asuman una deuda de este tipo, es importante que revisen si el fallecido contaba con este beneficio en la institución financiera correspondiente. El seguro de desgravamen liquida el monto adeudado, liberando a los herederos de esa carga económica.

Las deudas hipotecarias no suelen darles problemas a los herederos. Foto: Fondo de Vivienda La Marina
Las deudas hipotecarias no suelen darles problemas a los herederos. Foto: Fondo de Vivienda La Marina

¿Es posible no aceptar una herencia?

Para evitar asumir las deudas de un familiar fallecido, existe la opción de renunciar a la herencia. De acuerdo con el artículo 674 del Código Civil, cualquier persona legalmente capaz de disponer de sus bienes puede rechazar herencias y legados de forma irrevocable mediante una decisión libre y consciente.

En caso de optar por aceptar la herencia, esta decisión debe ser total, lo cual implica recibir tanto los bienes y derechos como las deudas pendientes del fallecido hasta la fecha de su muerte. Es relevante señalar que tanto la aceptación como el rechazo de la herencia son absolutos, sin posibilidad de condiciones o plazos.

Sí es posible no aceptar una herencia. Foto: Edutin Academy
Sí es posible no aceptar una herencia. Foto: Edutin Academy

¿Después de cuánto tiempo las deudas se prescriben?

En el Perú, las deudas prescriben después de 10 años, según lo establecido en el Código Civil peruano. Este plazo implica que, una vez transcurrida una década desde que la deuda se hizo exigible, el acreedor pierde el derecho de reclamar judicialmente su pago.

Es importante destacar que la prescripción extingue la acción para exigir el pago, pero no la deuda en sí misma. Por lo tanto, aunque el acreedor no pueda demandar judicialmente, la obligación moral o ética de pagar la deuda puede persistir. Además, la deuda puede continuar apareciendo en los registros de las centrales de riesgo, como Infocorp, afectando el historial crediticio del deudor.

Existen excepciones a este plazo general de prescripción. Por ejemplo, las deudas hipotecarias tienen un plazo de prescripción de 15 años debido a la naturaleza de la garantía involucrada. Asimismo, las deudas derivadas de responsabilidad extracontractual, como daños y perjuicios, prescriben en 2 años.

Es fundamental tener en cuenta que ciertos actos pueden interrumpir el plazo de prescripción, como el reconocimiento de la deuda por parte del deudor o la interposición de una demanda por el acreedor, lo que reinicia el conteo del plazo.

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