El Pleno del Congreso de la República aprobó en segunda votación que menores de edad que cometan delitos graves, como sicariato, secuestro, y extorsión, puedan ser condenados hasta con cadena perpetua. La medida obtuvo 44 votos a favor, 25 en contra y 21 abstenciones,
Especialistas han advertido que el Poder Legislativo viene promoviendo esta normativa sin tener un estudio adecuado de que el agravamiento de la pena disuada realmente el delito.
No obstante, tres parlamentarios presentaron una moción de reconsideración, la cual no ha sido debatida hasta el cierre de esta nota. Ellos son: Flor Pablo, no agrupada, Roberto Sánchez, de Juntos por el Perú, y Víctor Flores, de Fuerza Popular
“El congreso le acaba de decir a los adolescentes que los vamos a meter presos y yo, como madre de adolescentes, como maestra de secundaria, me duele terriblemente la votación que acabamos de tener. Ha ganado en realidad el voto en abstención”, dijo en su intervención Flor Pbalo.
“Yo invoco a los congresistas que han votado en abstención que definamos nuestra posición de favor o no con la infancia. La Comisión de Protección de la infancia... ¿Dónde está esa voz? Todos los organismos de protección de la infancia han dicho que esa ley no es correcta, va contra los derechos de la niñez, sino así vamos a meter preso mañana a los de 14, a los de 12. Esa no puede ser la respuesta. ¡Reflexión, por favor!”, añadió.
¿Qué dice la normativa?
La nueva normativa estipula que los jóvenes comprendidos entre los 16 y 17 años que cometan graves delitos, como sicariato, extorsión o violación sexual, narcotráfico, sean juzgados como adultos y cumplirán su condena en una prisión. La duración de la internación para este grupo etario será entre seis a ocho años.
José Luna, legislador de Podemos Perú y autor de la iniciativa, sostiene que ahora estos adolescentes podrán ser juzgados por parricidio, homicidio calificado, sicariato, feminicidio y conspiración.
Señaló, además, que también se aplicará la norma para los casos de participación en pandillaje pernicioso, secuestro, violación sexual y cuando existan personas en estado de inconsciencia o en la imposibilidad de resistir, o de dar su libre consentimiento, y menores de edad.
La propuesta modifica el Código Penal, Decreto Legislativo 635, y el Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, Decreto Legislativo 1348.
Especialistas critican medida
En diálogo con Infobae Perú, el abogado penalista Jonathan Correa, del Estudio Ugaz Zegarra, criticó la nueva normativa, calificándola como una “respuesta populista sin sustento”.
Aseveró que la creación de más leyes o el aumento de penas no necesariamente reduce la criminalidad. Además, señaló que la implementación de esta ley implicaría costos adicionales, como la capacitación de jueces y la ampliación de la capacidad carcelaria, aspectos que no han sido considerados en el dictamen.
“Yo puedo decir que he creado mil delitos y ahora van a dejar de existir los delitos, y eso no es verdad. Al final del día las figuras se van a seguir cometiendo, y la sensación de impunidad no se va porque está la norma para castigar a un niño de 14 o 16 años. La sensación de impunidad se da porque los administradores de justicia no se muestran como capaces de gestionar los casos en un plazo razonable. Al final terminas con justicia que llega después de 20 años, de 15 años, donde recién reciben sentencia”, explicó a este medio.
También cuestionó la constitucionalidad de la ley, sugiriendo que debería ser declarada inconstitucional por el Tribunal Constitucional. Según el abogado, el proyecto no se basa en un estudio serio sobre cómo debería realizarse un cambio normativo, sino que simplemente amplía las circunstancias para responsabilizar penalmente a menores de edad sin considerar el impacto en el sistema jurídico más allá del ámbito penal.