En un esfuerzo por combatir el uso delictivo de motocicletas lineales en actividades ilícitas, el Congreso de la República ha aprobado una nueva legislación que establece la creación del Registro de Prestadores de Servicios de Delivery a través de Plataformas Digitales de Reparto (Represede).
Esta medida, que recibió 88 votos a favor y fue exonerada de una segunda votación, busca identificar a los trabajadores de reparto para mejorar la seguridad.
El Represede estará bajo la gestión de las municipalidades provinciales, quienes serán responsables de su administración y actualización en coordinación con las municipalidades distritales. La información contenida en este registro será publicada en los portales institucionales de las municipalidades provinciales, facilitando así el acceso a los datos de los prestadores de servicios de delivery.
Para inscribirse en el Represede, los repartidores deberán presentar su solicitud ante cualquier municipalidad distrital de la provincia donde operen. Esta inscripción es obligatoria para todos los prestadores de servicios de delivery que utilicen plataformas digitales de reparto.
Una de las disposiciones clave de esta normativa es la regulación del uso de motocicletas en los servicios de delivery. Se establece que las motocicletas deben ser utilizadas exclusivamente por el conductor, prohibiendo el transporte de dos o más personas en el mismo vehículo. Esta medida busca reducir el riesgo de delitos cometidos con motocicletas.
Además, las empresas que operan plataformas digitales de reparto tendrán la responsabilidad de solicitar a sus repartidores la constancia de inscripción en el Represede. Esta obligación busca asegurar que todas las personas que ofrecen servicios de delivery estén debidamente registradas y cumplan con las normativas establecidas.
MTC alista Decreto Supremo
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) está preparando un Decreto Supremo que limitará el tránsito de dos personas en una motocicleta en áreas declaradas en estado de emergencia. Esta medida buscaría reducir la criminalidad, especialmente en Lima Metropolitana, donde los alcaldes ya han comenzado a implementar restricciones similares para combatir el aumento de extorsiones, robos y sicariato.
El ministro Raúl Pérez Reyes explicó que, en el contexto de un estado de emergencia, se pueden restringir ciertos derechos constitucionales, permitiendo así que las motocicletas solo puedan circular con un conductor. Esta decisión, argumentó, se basa en experiencias internacionales, como la de Colombia, donde la prohibición de dos personas en una moto ha contribuido a disminuir significativamente los índices de criminalidad.
“Cuando se declare el estado de emergencia en una zona, se podrá habilitar esta situación. En estos momentos, estamos en estado de emergencia por lo que estamos evaluando justamente sacar un Decreto Supremo en ese sentido restringiendo los derechos que la Constitución permita restringir en el marco del estado de emergencia para que las motos no operen con más de un solo conductor y que podamos fiscalizar eso”, manifestó durante una sesión del Consejo de Ministros.
Actualmente, el Perú se encuentra en estado de emergencia, lo que ha llevado al MTC a considerar seriamente la implementación de esta normativa. La medida no solo busca prevenir delitos, sino también facilitar la fiscalización del cumplimiento de las restricciones.
“Debemos de ver como ayudamos a detectar a quienes estén cometiendo algunos delitos utilizando un segundo pasajero en la moto. Hemos analizado la experiencia en otros países, particularmente en Colombia, y cuando se ha hecho la restricción de dos personas en moto en una zona, en ella se ha reducido de una forma importante el nivel de criminalidad”, agregó.