Antauro Humala apelará fallo del Poder Judicial que ordenó disolución de su partido

El documento de apelación será presentado ante la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema, encargada de resolver el caso en segunda instancia

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Conferencia de prensa de Antauro Humala

Antauro Humala, líder del movimiento etnocacerista, ha anunciado su intención de apelar la decisión judicial que ordena la disolución de su partido político, A.N.T.A.U.R.O. Durante una conferencia de prensa realizada en su sede partidaria, Humala expresó su optimismo respecto a la apelación de la sentencia emitida por el Poder Judicial, que también ordena el cierre inmediato de todas las sedes del partido en el país.

La sentencia en cuestión sostiene que el partido de Humala no cumple con las normas democráticas exigidas por los organismos electorales. Sin embargo, el líder político ha manifestado su confianza en que la resolución será revertida en segunda instancia, evitando así la necesidad de llevar el caso al Tribunal Constitucional.

Documento de apelación.
Documento de apelación.

En sus declaraciones ante los medios, Humala afirmó que el fallo en primera instancia no afecta la continuidad de su proyecto político. “Estamos vivitos y coleando, estamos en el partidor, nadie nos ha sacado”, declaró, subrayando la solidaridad que, según él, existe a nivel nacional con su partido.

El documento de apelación será presentado ante la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema, encargada de resolver el caso. Humala Tasso confíó en que esta instancia fallará a su favor, permitiéndole continuar con su carrera política hacia la presidencia del país.

Antauro Humala
Antauro Humala

El líder etnocacerista también destacó que la contienda judicial no debilita su moral ni la de sus seguidores, sino que, por el contrario, los fortalece. “Estamos con la moral en alto porque hemos dado en el clavo”, añadió, reiterando su certeza de que el partido saldrá victorioso en la segunda instancia.

PJ declaró ilegal A.N.T.A.U.R.O.

El pasado 31 de octubre, el Poder Judicial declaró ilegal a la organización política Alianza Nacional de Trabajadores, Agricultores, Universitarios, Reservistas y Obreros (A.N.T.A.U.R.O.), vinculada a Antauro Humala. Esta decisión fue tomada por la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema de Justicia, según se informó a través de su cuenta en la plataforma X.

La resolución implicó la cancelación de la organización política, el cierre de sus locales partidarios y la prohibición de su reinscripción en el Registro de Organizaciones Políticas y otros registros.

El fallo también desestimó el requerimiento de inhabilitación política para los ciudadanos que integran la cadena de mando de la organización, quienes fueron acusados de conducta antidemocrática. La Fiscalía había argumentado que las actividades de A.N.T.A.U.R.O. eran contrarias a los principios democráticos y vulneraban sistemáticamente las libertades y derechos fundamentales.

Partido que lleva como siglas su nombre podría perder su inscripción. | Fotocomposición: Infobae Perú (Camila Calderón)
Partido que lleva como siglas su nombre podría perder su inscripción. | Fotocomposición: Infobae Perú (Camila Calderón)

En su solicitud para declarar la ilegalidad del partido, la Fiscalía señaló que la organización estaría promoviendo atentados contra la vida e integridad de personas, incluidos expresidentes, y fomentando la exclusión o persecución de comunidades como la LGTIBQ+ e inmigrantes.

“No afecta decisiones electorales”

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE), presidido por Jorge Salas, ha aclarado que el fallo del Poder Judicial que declaró ilegal al partido A.N.T.A.U.R.O. no afectará las decisiones del organismo electoral. Según un comunicado emitido por Salas, algunos congresistas y actores políticos, posiblemente en campaña, han distorsionado los hechos, informó el JNE.

Salas subrayó que la inhabilitación de organizaciones políticas no es competencia del JNE. En 2015, el Congreso decidió no incluir esta atribución en las funciones del órgano electoral autónomo, limitando su acción a la calificación de aspectos expresamente previstos en la ley. Según el artículo 14 de la Ley de Organizaciones Políticas, el control de la ilegalidad del comportamiento político partidario debe centrarse en el desarrollo de la actividad partidaria, ya que el ideario fue previamente valorado por la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas (DNROP) y considerado acorde con los principios democráticos.

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