El Poder Judicial ordenó al Ministerio Público concluir la investigación contra la presidenta Dina Boluarte por la desactivación del Equipo Especial PNP que apoyaba al Equipo de Fiscales contra la Corrupción en el Poder (Eficcop). El juez Juan Carlos Checkley, del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, declaró fundado el pedido de control de plazo hecho por la defensa de la jefa de Estado y dispuso concluir la investigación preliminar que se le sigue por los presuntos delitos de encubrimiento personal y abuso de autoridad.
Tras esta decisión, la Fiscalía deberá decidir si es que presenta una denuncia constitucional en contra de la mandataria o archiva el caso.
Como se recuerda, el exministro del Interior, Walter Ortiz, también fue denunciado por este hecho luego de anunciar que se desactivaba el equipo de élite de la PNP, que se encargaba de apoyar al equipo liderado por la fiscal Marita Barreto. El argumento para esta decisión era que existía una supuesta duplicidad de funciones con la División de Investigación de Delitos de Alta Complejidad (Diviac).
Lo curioso es que la desactivación de este equipo PNP que dirigía Harvey Colchado ocurrió un día antes de que se ordene la detención preliminar de Nicanor Boluarte, hermano de la presidenta, y su ex abogado, Mateo Castañeda, por el caso Waykis en la Sombra.
Según el documento judicial, la defensa de Boluarte Zegarra señaló que el plazo para la investigación preliminar, que era de 60 días venció el 09 de julio de 2024 y el 24 de julio, dos semanas después, recién se pidió una prórroga por 60 días más. Sin embargo, al haberse vencido el plazo inicial, esta ampliación resulta inválida.
De hecho, este es el argumento del juez para declarar fundada la solicitud de control de plazo hecha por Dina Boluarte.
“(...) la ampliación o prórroga del plazo debe producirse antes que éste venza. Vencido el plazo no se podrá instar su prolongación, prórroga y ampliación”; en el presente caso, la ampliación se dio posterior al vencimiento del plazo originalmente establecido por lo que el control de plazo debe ser declarado fundado”, se lee en la resolución.
Enredos
Pero, ¿por qué la Fiscalía permitió que los plazos para lo que sería una de las denuncias más sólidas contra la mandataria vencieran? Bueno, según la resolución, el 20 de junio del 2024, el fiscal de la Nación interino, Juan Carlos Villena decidió apartarse del caso y remitió la investigación al despacho de la Primera Fiscalía Suprema Penal, a cargo del fiscal Pablo Sánchez.
El 24 de junio, el despacho de la Primera Fiscalía Suprema Penal devolvió la investigación a la Fiscalía de la Nación. El 1 de julio, la Fiscalía de la Nación declaró improcedente el rechazo del despacho del fiscal Sánchez y le regresó la causa. Ante esto, el despacho de Pablo Sánchez elevó el caso a la Junta de Fiscales Supremos para que sean ellos quienes determinen el despacho que debe dirigir la investigación. Esto ocurrió el 3 de julio, dos días después, el 5 de julio, la Junta de Fiscales Supremos autoriza dos semanas de vacaciones a Pablo Sánchez.
El 10 de julio, la Junta de Fiscales Supremos determina que es la Primera Fiscalía Suprema Penal quien debe seguir la investigación contra Boluarte. Sin embargo, su fiscal titular estaba de vacaciones, desde el 08 hasta el 22 de julio. Recién el 24 de julio es que el despacho de Pablo Sánchez a se avocó a esta investigación y pidió la ampliación de plazo por 60 días más. En suma, el peloteo entre los despachos fiscales originó que el pedido de control de plazo hecho por la presidenta sea declarado fundado.