Tribunal peruano emite sentencia contra Google: esto es lo que la reconocida empresa ya no debería volver a cometer

A partir de una demanda promovida por el periodista Marco Sifuentes, el Quinto Juzgado Constitucional exhortó a la compañía estadounidense a no incurrir en la conducta que motivó el inicio del proceso

Tribunal peruano resolvió una exhortación para la empresa de tecnología. | Fotocomposición: Infobae Perú

El Quinto Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima resolvió una acción de amparo interpuesta contra Google LLC, la empresa de tecnología mundialmente reconocida. De esta manera, resolvió una medida exhortativa contra la compañía estadounidense a fin de no volver a “incurrir en la conducta que motivó el inicio del presente proceso”.

La medida se basa en la demanda por presunta afectación al derecho de libertad de expresión del periodista Marco Sifuentes ante el retiro temporal del video en el que se exponían los negocios de la congresista Rosselli Amuruz, perteneciente a la bancada de Avanza País, así como los de su familia en los sectores inmobiliario, educación y cultura.

“Se advierte que el video que publicó en YouTube contiene información sobre los intereses de la congresista Rosselli Amuruz, así como de su familia, que son relevantes para que la sociedad evalúe situaciones de conflicto de interés en que ha incurrido o podría incurrir dicha alta funcionaria pública durante el ejercicio de su cargo. Además, difundió informaciones sobre actos realizados por dicha legisladora durante el ejercicio de su cargo”, se lee en los argumentos por parte del director de La Encerrona.

Roselli Amuruz, congresista de Avanza País. (Foto: Composición)

En su contestación, Google LLC argumentó que no existía lo expuesto, dado que el video podía ser visualizado en línea a través de un enlace directo y posteriormente habiendo sido restituido en la plataforma de búsquedas internas de YouTube.

Luego de evaluar ambas partes, el tribunal presidido por el juez Jorge Luis Ramírez Niño de Guzmán y con la asistencia del especialista legal Raúl Taipe Salazar, determinó que aunque el video fue finalmente restablecido, sí existió una restricción temporal que afectó el derecho de Sifuentes y Google LLC no proporcionó una justificación adecuada para la restricción del video.

Este fallo enfrenta a Google LLC a asegurarse de que futuras restricciones en sus plataformas digitales sean justificadas y no vulneren derechos fundamentales. El caso resalta la importancia del equilibrio entre políticas de privacidad y derechos de expresión, especialmente en contextos de comunicaciones digitales y medios de información.

“Las restricciones en el motor de búsqueda de la plataforma de YouTube son conductas que […] enervan el derecho fundamental a la libertad de expresión del demandante,” haciendo hincapié en que cualquier configuración que limite la accesibilidad sin justificación adecuada es motivo de preocupación constitucional. Otra parte de la resolución indica que “declarar el cese de la afectación al derecho a la libertad de información” es clave para proteger la difusión libre de ideas y opiniones vitales en una democracia.

Google argumentó que no existió afectación porque el video fue repuesto. | REUTERS/Albert Gea/File Photo

¿Qué es lo que Google no debería volver a hacer?

De acuerdo al tribunal peruano, Google debe actuar para proteger el acceso a la información pública, un principio fundamental que resuena no solo a nivel nacional, sino también con implicaciones internacionales. Esta decisión refuerza el derecho de los ciudadanos a recibir información sin restricciones, un pilar esencial en cualquier sociedad democrática.

En ese sentido, la resolución judicial no solo representa un triunfo para el periodista Marco Sifuentes, sino que también establece un precedente importante para el ejercicio de la libertad de prensa en el país. En un contexto donde la transparencia y el acceso a la información son cruciales, este fallo destaca la responsabilidad de las plataformas digitales en la protección de estos derechos.

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