Congreso buscará que hospitales públicos manejen sus recursos directamente recaudados

Si se aprueba el proyecto de ley, los centros de salud del Minsa podrán hacer uso de sus recursos. Ley impide que estos sean usados para pagar sueldos o consultorías

A 202 años de su fundación, el Congreso del Perú ha sido testigo de la influencia de destacados políticos. Conoce a los 10 líderes más recordados que han moldeado la política nacional. (Andina)

Nelcy Heidinger, congresista de Alianza para el Progreso, ha presentado el proyecto de ley N° 7273, que busca declarar la intangibilidad de los recursos directamente recaudados (RDR) de los establecimientos de salud del Ministerio de Salud (MINSA).

Esta medida tiene como objetivo principal mejorar la infraestructura y garantizar la adquisición de medicamentos, entre otras acciones en favor de la salud pública, según indicó el documento.

El proyecto de ley, que será debatido en el próximo Pleno del Congreso, fue aprobado por mayoría en la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República en mayo de este año. La iniciativa también se relaciona con el proyecto de ley 7809 y propone incorporar una disposición complementaria al Decreto Legislativo N° 1441, del Sistema Nacional de Tesorería.

Así, el P.L. 7273 busca incorporar una cuarta disposición complementaria final al Decreto Legislativo N° 1441, con el siguiente texto: “Para el caso del Poder Ejecutivo, de manera excepcional y por un periodo de diez (10) años no están comprendidos los Establecimientos de Salud del MINSA”.

Esta normativa permitirá que 33 unidades ejecutoras utilicen estos recursos para cubrir gastos urgentes o imprevistos, como la reposición de medicamentos, reparación de equipos e infraestructura, y compra de medicinas. Sin embargo, el dictamen aclara que estos fondos no podrán ser utilizados para el pago de sueldos, remuneraciones o cualquier tipo de planillas, ni para consultorías.

Congreso (Foto: Difusión)

El presidente del Congreso, Eduardo Salhuana, ha señalado que el Pleno priorizará este dictamen para asegurar el buen funcionamiento de los establecimientos de salud pública, garantizando la reposición de medicamentos e implementos médicos.

La congresista Heidinger ha destacado que la situación actual de los recursos afecta directamente la prestación de servicios de salud a personas vulnerables, subrayando la necesidad de que el Congreso emita una norma excepcional para abordar esta problemática.

Establecimientos del Minsa

Las entidades que estarían comprendidas en la presente disposición son aquellas que se encuentran dentro de los alcances del Decreto Supremo N’ 043-2022-EF y Resolución Directoral N° 012-2022-EF/52.01 del Ministerio de Economía y Finanzas, que aprobó la Directiva N* 0001-2022-EF/52.06; según se detalla:

1. Instituto Nacional de Salud Mental

2. Instituto Nacional de Ciencias Neurológicas

3. Instituto Nacional de Oftalmología

4. Instituto Nacional de Rehabilitación

5. Instituto Nacional de Salud del Niño

6. Instituto Nacional Materno Perinatal

Menor se encuentra internado con diagnóstico reservado.

7. Hospital Nacional Hipólito Unanue

8. Hospital Hermilio Valdizán

9. Hospital Sergio Bemoles

10. Hospital Cayetano Heredia

11. Hospital de Apoyo Departamental María Auxiliadora

12. Hospital Nacional Arzobispo Loayza

13. Hospital Nacional Dos de Mayo

14. Hospital de Apoyo Santa Rosa

15. Hospital de Emergencias Casimir° Ulloa

16. Hospital de Emergencias Pediátricas

17. Hospital Nacional Víctor Larca Herrero

18. Hospital Nacional Docente Madre Niño- San Bartolome

19. Hospital Carlos Lanfranco La Hoz

20. Hospital José Agudo Tallo de Chosica

21. Hospital San Juan de Lurigancho

22. Hospital Vitarte

23. Instituto Nacional de Salud del Niño - San Borja

24. Hospital de Huaycán

25. Hospital de Emergencias Villa El Salvador

26. Hospital Emergencia Ate Vitarte

27. Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas - INEN

Médicos podrán trabajar en dos establecimientos

El decreto se publicó el pasado 28 de octubre. (Foto: Andina)

El reciente cambio en la Constitución permitirá que el personal médico y asistencial del sector público pueda trabajar en dos empleos estatales. Esta reforma, oficializada el 28 de octubre, modifica el artículo 40 de la Carta Magna, según un documento publicado en el boletín de normas legales del Diario Oficial El Peruano.

La Ley 32145, aprobada por el Congreso, busca garantizar que todos los peruanos tengan acceso a servicios médicos especializados. Esta normativa permite que los profesionales de la salud puedan desempeñarse en dos establecimientos públicos, lo que representa un cambio significativo en la regulación del empleo público en el sector salud.

Además de permitir la doble ocupación en el sector salud, la ley establece regulaciones para el ingreso a la carrera administrativa y define los derechos, deberes y responsabilidades de los servidores públicos. Sin embargo, excluye de estas regulaciones a los funcionarios que ocupan cargos políticos o de confianza.

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