¿Problemas con la Sunat? Esta opción podría aliviarlo de la carga fiscal. La Sunat ha aprobado el formulario virtual 1707 para que se pueda solicitar el fraccionamiento especial de deudas tributarias exigibles al 31 de diciembre de 2023 (el año pasado), para empresas y personas naturales (tal como detalla textualmente en el mensaje de sus redes sociales).
Así, hasta el 20 de diciembre de este año los contribuyentes podrán acogerse a este régimen de condonación de deudas tributarias que aplica tanto para este monto específico como para las multas e intereses. Pero, en la práctica, esto plantea un nivel de amnistía tributaria, tal como señaló a Infobae Perú, Jesús Ramos, experto en derecho tributario de la Escuela de Gestión Pública de la Universidad Pacífico. La motivación tras de esto sería el actual déficit fiscal del Perú, tal como señala la norma.
“Lo que se está haciendo es facilitar el pago de deudas tributarias porque se quiere incentivar a los contribuyentes para que regularicen, y parte del objetivo es aumentar la recaudación, por los problemas del déficit”, aclará también Silvana Huanqui, docente investigadora de Economía en la USIL, economista y máster of Science in Public Policy and Administration por la London School of Economics and Political Science, para Infobae Perú.
Amnistía total para algunos contribuyentes
Si bien Silvana Huanqui no lo detalla como una amnistía totalmente, dado que no condona la totalidad de los tributos, para Jesús Ramos este fraccionamiento especial, en el fondo, sí sería una amnistía tributaria.
“No solamente fracciona las deudas y las hace que se puedan pagar en cuotas, sino que permite un bono de descuento, que puede llegar inclusive hasta 100%, en tramos dependiendo del nivel de la deuda que tiene el contribuyente. Este bono de descuento significa la eliminación, el perdón, condonación, de multas e intereses, pero no el tributo insoluto. No te van a perdonar el impuesto a la renta y el IGV, pero sí la multa o los intereses de dicha deuda”, detalla Ramos.
Así, como ha repetido Infobae Perú en su cobertura de este tema, este fraccionamiento especial plantea un descuento de las deudas, ”que se aplica sobre los intereses, actualizaciones e intereses capitalizados, así como sobre las multas y sus respectivos intereses, actualizaciones e intereses capitalizados” (como se lee textual en la norma). Sin embargo, el bono de descuento en ningún caso afecta el insoluto del tributo.
A pesar de esto, también como señala el decreto, “no se requiere el pago cuando el deudor solo tenga deuda por concepto de multas y sus respectivos intereses, actualizaciones e intereses capitalizados, y estos se extingan, por efecto de la aplicación del bono de descuento del 100%, de corresponder”.
“No es que hay usuariso que no pagarán, sino que hay unos contribuyentes que, en aplicación de estos descuentos, podrían terminar no pagando nada y que tienen montos menores y que solo les han notificado multas”, aclara Ramos.
Esto se da en casos de contribuyentes que estan con multas e intereses y no tributo. “En esos casos no van a pagar nada si no superan los umbrales. Significa que se elimina la multa, se elimina los intereses, entonces no van a terminar pagando nada”, agrega el experto. Pero aquellos contribuyentes cuyos niveles de deuda son más altos, y que además tienen tributo adeudado, y no solamente multas e intereses, sí pagarán algún monto.
“Aquellos contribuyentes cuyas deudas no superan 100 UIT (S/495 mil) se les va a perdonar al 100% multas e intereses. Ahora, una empresa que tiene S/495 mil de deuda, mitad tributo, mitad multa: La multa se elimina en 100%, y el otro lo monto va a tener que pagar. La eliminación al 100% de multa e intereses aplica a medida que no supere S/495 mil de deuda total. Si supera, hay algunos tramos de beneficios”, agrega.
Lo más favorecidos
Este fraccionamiento especial de la Sunat supone un régimen bastante diferente en ciertos aspectos, entre los cuales exige también que los datos de los deudores acogidos al fraccionamiento sean públicos.
“Te permite pago hasta en 72 cuotas, y existe una flexibilida de opciones que no es común en los otros fraccionamientos que había, los descuentos, la reducción de tasas de interés moratoria (es más baja) e incluye deudas impugnadas, lo que podría agilizar la regularización de una deuda que está en disputa”, aclara Silvana Huanqui.
Este fraccionamiento favorece a varios contribuyentes, pero especificamente a algunos grupos más. Jesús Ramos considera que a aquellos contribuyentes que tengan multas e intereses y no tributo omitido por monto de deuda que no supere S/495 mil, serán de los más beneficiados, los que “tienen que acogerse sin ninguna duda”: “Si tienes multas, intereses y no tributo omitido, y tu deuda no supera los S/495 mil, esta es tu amnistía”.
“Luego estan los que están en litigio y saben que van a perder. Esos son los segundos beneficiados, porque van a poder acogerse a una reducción de multas e intereses, de 100% o menos, según les aplique. Van a ver beneficiados porque estaban litigando en este “puente de plata”, como se refería el ministro, e iban a perder seguramente”, agrega.