Inés Tello y Aldo Vásquez continuarán en la Junta Nacional de Justicia, a pesar de modificaciones del Congreso a normativa

De acuerdo con el abogado Omar Cairo, si el Tribunal Constitucional decide anular la sentencia que repuso a ambos magistrados, se estaría excediendo en el ámbito de sus funciones, por lo que esta decisión no debería ser acatada

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El Congreso de la República ha modificado en el Código Procesal Constitucional  - crédito composición Infobae Perú / Andina
El Congreso de la República ha modificado en el Código Procesal Constitucional - crédito composición Infobae Perú / Andina

El Congreso de la República aprobó por mayoría el texto sustitutorio que modifica el Nuevo Código Procesal Constitucional.

En la sesión del Pleno de este jueves 17 de octubre, 72 parlamentarios votaron a favor de reducir a cuatro los votos necesarios para que el Tribunal Constitucional pueda resolver una demanda competencial. También se creó un proceso especial de amparo contra actos “exclusivos y excluyentes” del Parlamento.

En diálogo con Infobae Perú, el abogado constitucionalista Omar Cairo explicó los alcances de esta decisión en los casos de los miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), Inés Tello y Aldo Vásquez.

Piden nuevo proceso de selección de la Junta Nacional de Justicia
Piden nuevo proceso de selección de la Junta Nacional de Justicia

Como se recuerda, luego de que el Congreso decidiera inhabilitar a ambos magistrados, una sala del Poder Judicial ordenó como medida cautelar que sean repuestos en sus cargos. En respuesta, el Poder Legislativo interpuso una demanda competencial contra el PJ, bajo el argumento de que estaban menoscabando sus funciones.

Esta demanda competencial se encuentra en trámite en el Tribunal Constitucional, aunque ya venció el plazo para ser votado. El requisito para que se declare fundada era alcanzar cinco votos de siete a favor; sin embargo, con las modificaciones del Parlamento ahora serán solo cuatro. “El Congreso temía no tener cinco votos y, por lo tanto, ha reducido la mayoría necesaria para ganar”, explicó Cairo.

“Es probable que cuando se promulgue esta ley, cuatro magistrados del Tribunal Constitucional declaren fundada la demanda competencial del Congreso, y por lo tanto, anulen a medida cautelar que hace un tiempo repuso Inés Tello y Aldo Vázquez a la Junta Nacional de Justicia”, explicó.

Congreso busca que Aldo Vásquez e Inés Tello sean inhabilitados y para ello volvió a acudir ante el Tribunal Constitucional. Composición Infobae.
Congreso busca que Aldo Vásquez e Inés Tello sean inhabilitados y para ello volvió a acudir ante el Tribunal Constitucional. Composición Infobae.

De acuerdo con el abogado, esta es una “interferencia en un proceso en trámite con nombre propio”. Precisamente, el presidente de la Comisión de Constitución, el fujimorista Fernando Rospigliosi, manifestó que “el procedimiento especial que se está incorporando pretende asegurar que el control judicial no se utilice como una herramienta política contra el Congreso y que se respeten sus fueros”.

Vásquez y Tello seguirán en la JNJ

Sin embargo, Omar Cairo aclaró que los congresistas no han tenido en cuenta que Inés Tello y Aldo Vásquez pudieron volver a sus cargos no por la medida cautelar, que fue suspendida por el TC, sino por una sentencia posterior del Poder Judicial.

“La demanda competencial no se dirige a la sentencia, sino a la cautelar. Entonces, si es que el Tribunal Constitucional falla declarando fundada la demanda, lo que va a declarar nula es la medida cautelar, que ya no tiene efectos, porque fue suspendida por el Tribunal constitucional (...). Entonces, no hay forma válida de privar de sus cargos a Inés Tello y Aldo Vázquez”, explicó el especialista.

En ese sentido, precisa que si el TC anula la sentencia que los repuso estaría excediendo “dramáticamente” en el ámbito de sus funciones, por lo que esta decisión no debería ser acatada.

Oficializan inhabilitación por 10 años de Inés Tello y Aldo Vásquez.
Oficializan inhabilitación por 10 años de Inés Tello y Aldo Vásquez.

“El derecho a no obedecer actos de los funcionarios públicos que transgreden sus funciones está previsto en el artículo 46 de la Constitución. Ni Inés Tello ni Aldo Vásquez estarían obligados a obedecer, ni la JNJ estaría obligada a impedirles que continúen en el ejercicio de sus cargos”, sostuvo.

Gustavo Gutiérrez Ticse, magistrado del TC, no cuestionó el proyecto de ley aprobado por el Parlamento. En diálogo con RPP, aseguró que “está dentro del margen constitucional porque ambas fórmulas se han empleado a lo largo de la vigencia del Tribunal Constitucional, la de cuatro votos y la de cinco votos”.

“Nosotros tomaremos una decisión jurídica si alguien cuestiona la constitucionalidad de esta norma. Tendremos que pronunciarnos al respecto, pero no puedo hacer un tercer valorativo de carácter político (...)”, aseveró.

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