El Poder Judicial habría hecho uso de la nueva Ley contra el crimen organizado. Según el diario La República, la Sala Permanente de la Corte Suprema de Perú ha decidido archivar el proceso penal por asociación ilícita para delinquir contra el abogado Mario Castillo Freyre, quien fue acusado de favorecer a Odebrecht en un laudo arbitral. Esta decisión se basa en la aplicación de la Ley 32108, que redefine el concepto de organización criminal. No obstante, el letrado seguirá siendo investigado por otros presuntos delitos.
De acuerdo con el mencionado medio, Castillo Freyre intentó desde 2021 que se archive la acusación por asociación ilícita, pero su recurso fue rechazado en doble instancia en la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada. No obstante, la defensa del investigado insistió con la solicitud, y durante se tiempo en Congreso aprobó y promulgó la polémica norma.
La nueva legislación establece que la participación en una organización criminal debe ser de carácter permanente o indefinido, lo que no se ajusta al caso de Castillo Freyre. La Corte Suprema argumentó que la conducta atribuida al abogado no demuestra una integración estable y continua en una organización criminal, como lo exige la Ley 32108.
Argumentos para archivar
De acuerdo con el diario mencionado, los jueces supremos argumentan que la acusación de la Fiscalía contra Castillo Freyre —que lo vincula a una presunta organización criminal por haber favorecido a Odebrecht en un proceso arbitral a cambio de sobornos disfrazados como honorarios— no se corresponde con la nueva definición del delito de organización criminal.
“No se advierte que la conducta atribuida al encausado Mario Eduardo Juan Martín Castillo Freyre refleja un reparto de responsabilidades y tareas con la suficiente consistencia y rigidez –siempre estable y, además, permanente o por tiempo indefinido según la nueva exigencia legal–, para superar las posibilidades delictivas y los consiguientes riesgos para los bienes jurídicos apreciables en los casos de codelincuencia o, incluso, de bandas criminales”, se lee en la resolución compartida por La República.
La Sala Suprema Penal Permanente agrega que “no es lo mismo ser integrante de una organización criminal, que ser una persona vinculada a ella o que actúa por encargo de la misma”, continúa el documento. Además, se detalla que “lo que el tipo delictivo castiga es la integración del sujeto en la organización”.
Según el mismo medio, la Corte Suprema reiteró que “las notas características de la organización criminal antes detalladas y su contrastación con lo que afirmó la Fiscalía respecto de la conducta atribuida al imputado Mario Castillo Freyre no están presentes. La pertenencia a una organización no puede confundirse con la situación de coautoría o coparticipación”.
Es importante destacar que, aunque el letrado solicitó archivar el delito de colusión, la Corte Suprema decidió rechazar su petición. Para justificar su decisión, la Corte invocó la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, ampliando así la interpretación de lo que se considera “bienes”.
Caso Humberto Abanto
La decisión de la Corte Suprema de aplicar la Ley 32108 podría beneficiar al abogado penalista Humberto Abanto, quien es uno de los 16 árbitros investigados por el Equipo Especial Lava Jato por supuestas negociaciones con Odebrecht para emitir laudos favorables.
A inicios de octubre, Abanto presentó una excepción de improcedencia de acción, solicitando el archivo de la imputación por asociación ilícita para delinquir amparándose en la nueva norma. La audiencia, que se llevará a cabo este lunes 14 de octubre a las 9:00 a. m., estará a cargo del juez de investigación preparatoria nacional Jorge Chávez Tamariz, quien ha desestimado recursos similares de los hermanos Cerrón Rojas y del expresidente de la República Pedro Pablo Kuczynski.