El Ministerio de Relaciones Exteriores ha oficializado una serie de medidas sobre el trámite y obtención de los pasaportes electrónicos. Según el Decreto Supremo 045-2024-RE, se establece nuevas disposiciones para la expedición de pasaportes electrónicos y salvoconductos para menores que se encuentren en el extranjero.
Publicado en el boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, el decreto modifica los artículos 9, 14 y 16 del reglamento vigente.
El artículo 9, que aborda los requisitos específicos para menores de edad, ahora estipula que los niños y adolescentes hasta los 17 años deben estar acompañados por uno de sus padres, un apoderado de al menos uno de ellos, o su tutor legal al solicitar el pasaporte electrónico.
Además, deben identificarse con su Documento Nacional de Identidad (DNI) si son peruanos, o con un documento de identidad oficial del país donde se encuentren si son extranjeros. Es necesario presentar el DNI del menor o, al menos, haber iniciado el trámite y tener el registro en el sistema del Reniec.
Se inicia con el trámite de DNI
En situaciones donde el menor no posea un DNI, se requiere una copia simple del acta de nacimiento peruana si la inscripción se realizó en la oficina consular donde se efectúa el trámite, o una copia certificada del acta de nacimiento si el registro se hizo en otra oficina consular.
En ambos casos, se debe comenzar el trámite del DNI en la oficina consular donde se solicitará el pasaporte. Además, se establece que los menores que hayan cumplido 17 años deben firmar el pasaporte.
El artículo 14 se refiere al procedimiento para la cancelación del pasaporte electrónico ordinario por parte de la oficina consular, que puede realizarse por pérdida, deterioro o para actualizar datos.
Por último, el artículo 16 aborda la gestión de autoadhesivos consulares en pasaportes y otros documentos de viaje, que puede ser tanto física como digital.
Peruanos en el extranjero
La Comunidad peruana en el extranjero, compuesta por más de 4 millones de personas, podría beneficiarse económicamente si se aprueba una nueva propuesta legislativa que busca extender la vigencia del pasaporte electrónico de cinco a diez años para los peruanos que residen fuera del país. Este proyecto de ley, presentado por el legislador Jorge Zeballos Aponte de Renovación Popular, fue aprobado por unanimidad en la Comisión de Defensa del Congreso de la República y ahora se encuentra a la espera de ser debatido en el Pleno del Parlamento.
La iniciativa busca equiparar la duración de los pasaportes emitidos en el Perú con aquellos solicitados y entregados en los consulados a los peruanos en el exterior. Durante su intervención, Zeballos Aponte destacó la importancia de ofrecer un trato igualitario a todos los ciudadanos peruanos, independientemente de su lugar de residencia. “Como representante de los peruanos residentes en el exterior, solicito el mismo trato a los peruanos que solicitan su pasaporte en el Perú y aquellos peruanos que solicitamos nuestros pasaportes en el exterior en los Consulados”, expresó el legislador.
El proyecto de ley no solo busca la igualdad en la vigencia de los documentos, sino que también podría representar un ahorro significativo para los peruanos que viven fuera del país, al reducir la frecuencia con la que deben renovar sus pasaportes. Además, se espera que esta medida mejore el servicio consular dirigido a esta comunidad.