El matrimonio es una institución que une a dos personas por una variedad de razones. Aunque se le asocia la mayoría de veces con el aspecto sentimental, su esencia es más profunda y significativa de lo que muchas veces se percibe. Más allá del amor y el compromiso emocional, el matrimonio tiene implicancias económicas y legales que pueden ser fundamentales en la vida de los cónyuges.
Cuando dos personas deciden unir sus vidas de manera formal y permanente, no solo están consolidando su relación afectiva, sino que también están accediendo a una serie de ventajas salvaguardadas por la ley que facilitan su vida en conjunto. Desde un enfoque más pragmático, el matrimonio ofrece una estructura legal que protege a los cónyuges en diversos aspectos, lo que les brinda mayor seguridad y estabilidad a futuro. A continuación, los beneficios económicos por contraer nupcias.
Derecho a herencia
Cuando una persona fallece, el conjunto de bienes, derechos y obligaciones que conforman su herencia pasa automáticamente a sus herederos, siguiendo las disposiciones legales establecidas. Este proceso está regulado en el artículo 660 del Código Civil peruano, Según lo dispuesto en el artículo 725 del mismo Código, dos terceras partes del patrimonio del difunto deben ser asignadas de manera obligatoria a sus hijos, cónyuge u otros descendientes directos.
Esta parte se le conoce como ‘legítima’ y es una porción inalterable que los herederos forzosos tienen derecho a recibir. Además, la tercera parte restante del patrimonio puede ser distribuida libremente según la voluntad del difunto, siempre y cuando lo haya manifestado de manera expresa en su testamento.
Pensión de viudez
En Perú, los cónyuges que han perdido a su pareja pueden recibir la pensión de viudez siempre y cuando su pareja haya sido beneficiaria de una pensión y se cumplan las condiciones exigidas. Este beneficio está amparado por el Decreto Ley N.º 19990. Las viudas de pensionistas de la ONP también pueden acceder a este derecho.
En el caso de los hombres viudos, se les otorga la pensión solo si tienen más de 60 años o padecen alguna discapacidad. Para quienes cumplan con estos requisitos, el monto máximo de la pensión será del 50% de lo que percibía el asegurado fallecido.
Tributación conjunta
Si ya han decidido el régimen patrimonial bajo el cual contraer matrimonio, deben saber que si eligen el régimen de sociedad de ganancias ambos deberán gestionar sus bienes de manera conjunta. El artículo 16 de la Ley del Impuesto a la Renta otorga la posibilidad de declarar los bienes comunes como una sociedad conyugal, siempre y cuando informen esta elección a la autoridad fiscal durante el mes de enero de cada año.
Seguro de salud
Al estar casados, el cónyuge se convierte en el principal beneficiario de la atención médica a la que el trabajador tiene derecho. Presentando el acta de matrimonio, la pareja obtiene prioridad en el acceso a los servicios de salud. Esto difiere del caso de los convivientes, quienes deben demostrar la existencia de una unión de hecho para acceder a este beneficio.
¿Cuáles son los requisitos para casarse por la vía civil?
- Copia certificada de la partida de nacimiento tuya y de tu pareja o dispensa judicial.
- DNI de ambos contrayentes y testigos que no sean familiares.
- Correo electrónico.
- Formato de solicitud de matrimonio.
- Declaración jurada de domicilio.
- Declaración de estado civil.
- Declaración jurada de testigos.
- Compromiso de puntualidad.
- Declaración jurada de no consanguinidad, si los contrayentes tienen el mismo apellido.
- Certificado médico de ambos, adjuntando resultados de análisis de sangre (VDRL-RPR) para detectar sífilis u otras enfermedades, informe de rayos X de tórax y constancia de consejería para evitar enfermedades de trasmisión sexual, otorgado en un centro de salud del Minsa, clínica o policlínico de cualquier distrito, con antigüedad no mayor a 3 meses.
Si eres una persona extranjera, también debes incluir tu acta de nacimiento o certificado de naturalización, además de mostrar tu pasaporte o carnet de extranjería. A su vez, se requiere una constancia de soltería apostillada de ambos futuros esposos, acompañada de una traducción oficial realizada por un traductor público juramentado o por la Junta de Vigilancia de Traductores Públicos, en caso de ser necesario.