Osiptel multó a conocida operadora con casi 2 millones de soles por activar más de 23 mil líneas sin verificación biométrica

Según el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones, la empresa de telefonía incurrió en una sanción de carácter “muy grave” debido a que su acción puso en riesgo al solicitante, al exponerlo a la posibilidad de suplantación de titularidad

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Opsitel multó por 1,8 millones de soles a Bitel. (Fotocomposición Infobae Perú/ Andina)
Opsitel multó por 1,8 millones de soles a Bitel. (Fotocomposición Infobae Perú/ Andina)

El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) declaró infundado el recurso de apelación presentado por Bitel, una de las principales operadoras de telefonía móvil en Perú. La entidad reguladora ha ratificado la multa emitida en julio pasado contra la empresa vietnamita por 350 UIT (Unidad Impositiva Tributaria), lo que equivale a más de 1,8 millones de soles, por una infracción calificada como “muy grave”.

De acuerdo con Osiptel, la conocida operadora activó 23 mil 952 líneas móviles sin realizar la verificación biométrica del contratante entre el 1 de enero y el 16 de septiembre de 2020. Según se indica en la resolución emitida en las Normas Legales de El Peruano, que fue publicada el pasado jueves 3 de octubre, dicha práctica puso en riesgo la identidad de los solicitantes, abriendo la posibilidad de suplantación de titularidad.

En ese sentido, el organismo regulador destacó la importancia y necesidad de que las contrataciones de servicios móviles se realicen de manera segura y confiable mediante la verificación biométrica de huella dactilar. Esta medida busca asegurar que las identidades de los usuarios estén protegidas y que las empresas cumplan con las normativas de seguridad establecidas.

“Una contratación será confiable si la activación se lleva a cabo después de verificar la identidad de quien contrata y no antes, como ha ocurrido en la práctica de Bitel”, señala el documento.

Suspenderán líneas que no cumplan requisitos

De acuerdo con la Resolución de Consejo Directivo N.º 59-2024-CD/Osiptel, publicada el pasado miércoles 28 de febrero en el diario oficial El Peruano, las empresas operadoras tienen la obligación de suspender y dar de baja el servicio público móvil que no cumpla con los requisitos establecidos para su contratación o que no cuente con la debida acreditación.

Esta medida modifica la Norma de las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones y establece que la contratación de servicios públicos móviles debe cumplir con tres requisitos esenciales:

  • Adquisición del SIM Card: La contratación y adquisición del SIM card (chips) debe realizarse en centros de atención autorizados, en puntos de venta previamente reportados a Osiptel, a través de canales telefónicos, de manera virtual, por delivery o excepcionalmente, en ferias itinerantes.
  • Validación de identidad: La empresa operadora debe validar la identidad de la persona natural, nacional o extranjera, que contrata el servicio utilizando únicamente identificación biométrica. Este requisito no aplica a las contrataciones realizadas por auto-activación.
  • Identificación del solicitante: Para cada contratación, se debe validar la identidad del solicitante del servicio mediante identificación biométrica, de acuerdo con la normativa vigente.
Solo hay un operador cuya velocidad de descarga está mejorando para internet móvil. Mientras, la velocidad de los que lideran el ranking está en caída. - Crédito Composición Infobae/Edwin Montesinos/Osiptel/Bitel
Solo hay un operador cuya velocidad de descarga está mejorando para internet móvil. Mientras, la velocidad de los que lideran el ranking está en caída. - Crédito Composición Infobae/Edwin Montesinos/Osiptel/Bitel

Medidas ante incumplimiento

Si se verifica el incumplimiento de los requisitos esenciales o la falta de sustento o acreditación, la empresa enviará un mensaje de texto a cada servicio público móvil que no cumpla con estos requisitos, así como un correo electrónico a la dirección registrada por el abonado, en caso de que exista. Además, se podrá utilizar otro servicio de mensajería para enviar esta notificación.

Después de cinco días hábiles desde el envío del mensaje de texto, y siempre que no se haya regularizado la situación, la empresa operadora suspenderá el servicio público móvil por un plazo de siete días hábiles. Si al término de este periodo no se ha realizado la regularización correspondiente, la empresa procederá a dar de baja el servicio al día siguiente.

La verificación del cumplimiento de los requisitos esenciales se llevará a cabo diariamente. Esta normativa entrará en vigencia 12 meses después de la modificación del instructivo técnico para el cumplimiento de las Normas Complementarias para la Implementación del Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad.

Apagón masivo para líneas prepago: Osiptel anuncia nuevo bloqueo| Andina
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Crecimiento de Bitel en 2024

Bitel logró registrar un resultado neto positivo en portabilidad de usuarios en agosto, con un total de 114 líneas netas ganadas. Esto lo sitúa en el tercer puesto, detrás de Claro y Entel, que alcanzaron 9 mil 404 y 4 mil 104 líneas netas ganadas, respectivamente.

En junio de este año, la empresa se destacó como la operadora con mayor crecimiento, según un estudio reciente publicado por Osiptel. Este informe señala que las líneas móviles pospago y de control de Bitel superaron los 18 millones de usuarios conectados, lo que representa una participación del 18.82% en el mercado.

El crecimiento de Bitel se atribuye a la amplia participación que tiene en el competitivo mercado móvil de Perú, que se posiciona como uno de los más dinámicos de la región. Esta situación refleja la capacidad de la empresa para adaptarse y prosperar en un entorno altamente competitivo.

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