El Gobierno de Dina Boluarte ha presentado un proyecto de ley al Congreso de la República que plantea tipificar el delito de terrorismo urbano.
De acuerdo a la propuesta del Poder Ejecutivo, se busca incorporar el artículo 315-C al Código Penal Peruano. Así, la persona que genere “terror o zozobra o en un sector de ella” cuando se comenta los delitos de extorsión, secuestro, sicariato, y la conspiración y el ofrecimiento para el delito de sicariato, recibirá una pena de al menos 30 años. Sin embargo, la pena será de cadena perpetua en los siguientes casos:
- Pertenece a las Fuerzas Armadas o a la Policía Nacional del Perú.
- Utiliza armamento, material de guerra y/o artefactos explosivos o cualquier otro medio similar.
- Usa o emplea armas, municiones o explosivos que pertenezcan a las Fuerzas Armadas o a la Policía Nacional del Perú.
- Emplea a menor de edad u otros que se encuentren en situación de inimputabilidad
El Pleno del Parlamento tiene previsto debatir una norma para tipificar el terrorismo urbano este jueves 3 de octubre. Sin embargo, los legisladores han priorizado otros proyectos desde el inicio de la sesión.
Investigación a militares y policías
En las disposiciones complementarias, la iniciativa legislativa también indica que los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú (PNP) que durante un estado de emergencia sea denunciado por realizar actos realizados en cumplimiento de sus funciones serán investigados y procesados en fueros militares.
“Se va a efectuar la propuesta normativa, para que todos los policías y militares, que pudieran ser denunciados como consecuencia del ejercicio de su función, por el uso de sus armas de fuego, sus procesos pasen al Consejo Supremo de Justicia militar, es decir, que no sean vistos por los juzgados civiles, sino por los juzgados militares, ya que estamos hablando de temas referidos al ámbito de la función”, anunció el ministro del Interior, Juan José Santivañez, durante una conferencia de prensa junto al presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén.
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Proponen ampliar penas
El proyecto de ley también aumenta las penas para otros delitos. En el caso de sicariato, el castigo sería del al menos 30 años, mientras que en la conspiración y el ofrecimiento para el delito de sicariato, sería entre 10 y 15 años. No obstante, será entre 20 y 30 años si interviene un menor de edad.
Para la extorsión, la pena pasaría a ser entre 15 y 20 años, quince ni mayor de veinte años. Sin embargo, cuando se atenta contra las personas naturales y/o jurídicas que brindan servicio de transporte público, impidiendo, perturbando, atentando y/o afectando el desarrollo del servicio público, subirá la sanción a entre 25 y 35 años.
Caro se muestra en contra de terrorismo urbano
Carlos Caro, abogado del ministro del Interior, Juan José Santiváñez, ha criticado esta iniciativa del gobierno de Dina Boluarte y del Congreso, de tipificar el delito de terrorismo urbano, calificándola como una medida sin impacto real en la seguridad ciudadana.
Caro recordó que en los años 90, durante el gobierno de Alberto Fujimori, se implementó una ley similar que no logró reducir la criminalidad.
El letrado explicó que la legislación de los años 90 incluía a personas en posesión de explosivos, secuestradores, extorsionadores y asesinos bajo la categoría de “terroristas especiales”. Sin embargo, esta normativa fue declarada inconstitucional por el Tribunal Constitucional en noviembre de 2001, poco antes de ser derogada durante la presidencia de Valentín Paniagua.
La derogación oficial se realizó en 2001 bajo el gobierno de Alejandro Toledo, con la promulgación de la Ley 27569, que eliminó la tipificación de “terrorismo especial”.
Argumentó que la propuesta actual es un “engaño” y un “saludo a la bandera”, sugiriendo que no abordará efectivamente los problemas de inseguridad que enfrenta el país. La experiencia pasada, según él, demuestra que la simple creación de nuevas categorías legales no garantiza una mejora en la seguridad pública.