Este martes 8 de octubre es feriado nacional en conmemoración al combate de Angamos, una fecha que recuerda la heroica participación de Miguel Grau Seminario la defensa del país. Este feriado permite a los peruanos disfrutar de un día de descanso adicional, ideal para pasar tiempo de calidad con sus seres queridos y reflexionar sobre la importancia de la historia y la identidad nacional.
Sin embargo, es importante señalar que, aunque la mayoría de los trabajadores gozarán de este día libre, hay sectores que continuarán sus actividades habituales. Para ellos, el compromiso con sus funciones es fundamental, incluso en festividades, por lo que asegura el funcionamiento continuo de servicios vitales para la comunidad.
¿Cuánto me pagarán si trabajo el 8 de octubre?
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) determinó que los ciudadanos que laboren durante el feriado nacional del 8 de octubre recibirán una compensación económica equivalente al triple de su jornada laboral regular, siempre que no se les otorgue un descanso sustitutorio.
Según la normativa de Sunafil, que está adscrita al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), la remuneración especial se desglosa en tres conceptos:
- Una compensación por el feriado, que se suma al salario regular.
- Una segunda por el trabajo efectivamente realizado, que representa un pago adicional.
- Una tercera por laborar en este fecha, que se considera un pago extra.
Para ilustrar cómo se aplican estas compensaciones, un trabajador que percibe el sueldo mínimo de S/1.025 verá que su salario diario es de aproximadamente S/34.17.
Por lo tanto, si trabaja durante esta fecha, recibirá S/68.34 adicionales, lo que suma un total de S/102.51. Este monto incluye las compensaciones adicionales por el tiempo trabajado y el 100 % extra por laborar en un día festivo.
¿Cómo denunciar si el empleador no cumple con sus obligaciones?
En caso de que un trabajador no reciba la compensación correspondiente, podrá presentar una denuncia ante Sunafil a través de su página web oficial. Para ello, deberá proporcionar el número de RUC de la empresa o el DNI del empleador si se trata de una persona natural, así como la dirección del lugar de trabajo.
Además, se requerirá subir documentos que respalden la queja, como boletas de pago y contratos laborales, junto con un correo electrónico y un número de teléfono móvil para facilitar la comunicación.
Para cualquier consulta adicional, Sunafil ha habilitado sus números telefónicos: (01) 390-2800 y la línea gratuita 800-16872 para brindar asistencia a todos aquellos que necesiten información sobre sus derechos laborales durante este feriado.
¿Cuáles son las diferencias entre un feriado y un día no laborable?
En Perú, los feriados son días de descanso obligatorio para todos los trabajadores, tanto del sector público como del privado.
Durante estas fechas, se conmemoran festividades, eventos históricos o celebraciones nacionales, y se suspende el trabajo de manera obligatoria. Si un empleado trabaja durante un feriado, tiene derecho a recibir una compensación adicional.
Por otro lado, existen los días no laborables, que son jornadas en las que el Gobierno declara que no se trabajará, aunque no necesariamente están asociadas a una festividad específica.
Estos días pueden ser establecidos por diversas razones, como promover el turismo interno o fomentar el descanso de los trabajadores. A diferencia de los feriados, la obligatoriedad de descansar en un día no laborable puede depender del sector en el que se trabaje.
Es importante mencionar que la recuperación de un día no laborable depende de la institución donde se trabaje. En algunos casos, los empleados pueden tener que recuperar el tiempo no trabajado en otra fecha, mientras que en otros, el día no laborable se considera como un descanso adicional sin necesidad de recuperación.