Reforma de pensiones: cinco claves para entender la nueva ley que rige sobre los afiliados a las AFP y ONP

La Ley de Modernización del Sistema Previsional ha establecido cambios significativos en el sistema previsional peruano, lo que ha causado controversia, pero también ha generado beneficios para los jubilados

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Nueva Ley de Pensiones fue promulgada y establece de cinco reformas que afectarán a la ONP y AFP. (Fotocomposición Infobae Perú/ ANDINA)
Nueva Ley de Pensiones fue promulgada y establece de cinco reformas que afectarán a la ONP y AFP. (Fotocomposición Infobae Perú/ ANDINA)

El Gobierno ha promulgado una nueva ley de pensiones que busca modernizar el sistema previsional peruano. Esta norma introduce cinco reformas significativas que afectan a los ciudadanos mayores de 18 años, a los trabajadores y al monto que reciben los jubilados afiliados tanto al sistema nacional como al privado de pensiones.

La reforma impulsada por la bancada de Fuerza Popular causó bastante controversia al establecer en una de sus modificaciones la prohibición de cualquier nuevo retiro del dinero de las AFP. El Poder Ejecutivo podía observar la nueva ley hasta hoy, martes 24 de septiembre.

Cinco cambios principales

La recién promulgada Ley N° 32123, que reforma tanto el sistema de Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) como el de la Oficina de Normalización Previsional (ONP) estableció una serie de modificaciones de las que destacan cinco medidas que pretenden garantizar una mayor equidad y sostenibilidad en el acceso a pensiones para todos los ciudadanos.

En ese sentido, la nueva reforma del sistema de pensiones incorpora cuatro pilares para la captación de fondos para el Sistema Nacional de Pensiones (SNP) y el Sistema Privado de Pensiones (SPP).

El Poder Ejecutivo no observó la reforma de pensiones impulsada por el Congreso de la República.
El Poder Ejecutivo no observó la reforma de pensiones impulsada por el Congreso de la República.

Pensión mínima de S/600

Entre las principales medidas de la nueva ley de pensiones, se establece una nueva pensión mínima mensual para los trabajadores afiliados tanto al sistema nacional como al sistema privado de pensiones, según lo establecido en el Decreto Ley 19990.

Los trabajadores en el sistema de AFP podrán acceder a un monto mínimo de S/600 de pensión, siempre que hayan realizado al menos 240 aportes y no realicen retiros a partir de la promulgación de la ley.

Por su parte, los jubilados inscritos en la ONP también recibirán un mínimo de S/600. Este beneficio se aplicará a aquellos jubilados que estaban recibiendo una pensión de S/500, lo que representa un incremento de S/100. Además, en caso de fallecimiento del aportante, los herederos cobrarán S/400.

Monto de pensión para trabajadores que hayan aportado 15 años. (Fotocomposición: Infobae Perú)
Monto de pensión para trabajadores que hayan aportado 15 años. (Fotocomposición: Infobae Perú)

Pensión por consumo

La modificación incluida en la reforma previsional indica que se destinará el 1% del consumo con boleta de venta electrónica automáticamente al fondo de pensiones del consumidor. Cabe destacar que los primeros años se respaldarán con los recursos del Tesoro Público.

Además, la ley estipula un monto máximo de consumo anual para los contribuyentes que asciende a ocho Unidades Impositivas Tributarias (UIT), lo que equivale a 41 mil 200 soles. Esto significa que, al destinar el 1% de este monto, el aporte a tu fondo de pensión será de S/412 al año.

Afiliación obligatoria al sistema de pensiones

Uno de los cambios más polémicos en la nueva ley de pensiones es la afiliación automática a la ONP para todos los ciudadanos que cumplan 18 años. A menos que expresen explícitamente a sus empleadores su deseo de afiliarse a alguna de las AFP del sistema privado de pensiones, automáticamente formarán parte del sistema nacional. En este modelo, los jóvenes aportan para sostener las pensiones de los jubilados, mientras que en el sistema privado, una empresa administra los fondos de manera individual y los devuelve con un margen de interés.

Por otro lado, los trabajadores mayores de 18 años que no estén inscritos en el sistema nacional o privado de pensiones serán automáticamente afiliados a una AFP. Con esta reforma, los aportantes también tendrán la opción de elegir entre bancos, cajas municipales y fondos de inversión para que administren sus fondos de pensiones.

ONP-peru-3 de septiembre
ONP-peru-3 de septiembre

AFP competirán con bancos

De acuerdo con la nueva ley, las AFP tendrán mayor competencia en el sistema privado de pensiones. La reforma busca ofrecer a los trabajadores más opciones para decidir qué entidad financiera administrará su fondo de pensión. Los contribuyentes podrán elegir entre bancos, aseguradoras, financieras, cajas municipales y otras instituciones.

Las aseguradoras, debido a su experiencia en el manejo de inversiones a largo plazo, serán las primeras en ingresar a la competencia directa. Gradualmente, se incorporarán los bancos y otras entidades. Esta medida responde a las críticas constantes hacia las cuatro AFP que administran los fondos privados de pensiones.

La congresista Rosangella Barbarán, presidenta de la Comisión de Economía del Congreso, afirmó en una conversación con la agencia Andina que las AFP y las entidades bancarias deben competir por los aportes de los trabajadores.

“Vamos a abrir la puerta para que las instituciones del sistema financiero puedan entrar a competir, pero con una exigencia: que ese fondo sea intangible y que funcione de la misma manera que un fondo manejado por una AFP”, expresó

“Si una institución diferente a un AFP me ofrece una rentabilidad, con plazo fijo, de 8% yo feliz me voy con esta entidad. Voy a poder elegir la mayor rentabilidad y estaré más seguro de saber cómo se está administrando mi dinero”, agregó la parlamentaria.

Calcula el monto de descuento que tu empleador hace a tu sueldo para que vaya a tu fondo privado de pensiones. - Crédito Composición Infobae/Andina
Calcula el monto de descuento que tu empleador hace a tu sueldo para que vaya a tu fondo privado de pensiones. - Crédito Composición Infobae/Andina

Prohíben retiro del 95,5% de aportes

La reforma más controversial de la nueva ley de pensiones es, sin duda, la eliminación del retiro de una gran parte de los aportes acumulados al momento de la jubilación. A partir de ahora, los trabajadores solo podrán elegir entre una pensión vitalicia o una pensión programada.

Anteriormente, los jubilados tenían la opción de optar por recibir su pensión o acceder a un porcentaje significativo de los fondos acumulados durante sus años de trabajo.

“Las nuevas personas afiliadas al Sistema y las personas afiliadas al SPP menores de 40 años a la entrada de vigencia de la presente Ley, no acceden a lo dispuesto en la Vigésimo Cuarta Disposición Final y Transitoria del TUO de la Ley del SPP”.

En este contexto, aquellos afiliados a una AFP que tengan 40 años o más, y que se hayan inscrito antes de la entrada en vigor de la nueva ley, podrán optar por recibir su pensión en cualquiera de las modalidades disponibles. Alternativamente, podrán solicitar a la AFP la entrega de hasta el 95,5% del total acumulado en su Cuenta Individual de Capitalización (CIC) por aportes obligatorios.

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