El Consejo de Ministros aprobó un nuevo proyecto de Ley de Prevención y Control de Incendios Forestales que busca establecer mecanismos preventivos y de intervención ante emergencias de este tipo. La propuesta legislativa incluye sanciones severas para quienes provoquen incendios forestales, con penas que pueden llegar hasta los diez años de prisión.
El proyecto de ley propone modificar el artículo 310 del Código Penal, aprobado por el Decreto Legislativo N° 635, para incluir penas más estrictas en casos agravados de incendios forestales.
Se consideran formas agravadas aquellas en las que las condiciones climatológicas o del terreno incrementen significativamente el riesgo de propagación del fuego, así como cuando el incendio altere de manera considerable las condiciones de vida animal o vegetal, afecte áreas naturales protegidas o zonas de amortiguamiento, o cause grandes efectos erosivos en los suelos.
Hasta 10 años de prisión
Además, la ley contempla sanciones para quienes busquen obtener un beneficio económico a través de incendios forestales, como en casos relacionados con el narcotráfico o delitos afines. En estos casos, las penas pueden oscilar entre ocho y diez años de prisión.
El proyecto también introduce la figura de “Delitos contra los bosques o formaciones boscosas”, que sanciona con penas de cuatro a seis años de prisión y prestación de servicios comunitarios de cuarenta a ochenta jornadas a quienes destruyan, dañen o talen bosques sin contar con los permisos necesarios.
Para aquellos que provoquen incendios forestales en bosques, formaciones boscosas u otros recursos forestales, las penas serán de seis a ocho años de prisión. Si el acto se comete por negligencia, la pena será de cuatro a seis años.
“El que provoque incendio forestal sobre bosques, formaciones boscosas u otros recursos forestales, sean naturales o plantaciones, será reprimido con privativa de libertad no menor de seis ni mayor de ocho años. Si el agente obra por culpa, la pena será no menor de cuatro años ni mayor de seis años”, señala el documento.
La iniciativa legislativa pone un fuerte énfasis en la asistencia técnica, la capacitación y la sensibilización de pequeños agricultores y pobladores, con el objetivo de prevenir incendios forestales y mitigar sus efectos. La ley busca no solo castigar a los responsables, sino también educar y preparar a las comunidades para enfrentar estas emergencias de manera efectiva.
Delito contra exposición de personas al peligro
Sin embargo, el abogado penalista Hugo Mendoza Malpartida también puso énfasis en que los responsables de los incendios forestales también incurrirían en el delito contra la exposición de personas al peligro, cuya sentencia conllevaría a una pena privativa de la libertad de hasta seis años.
“Es fácil que el fuego se extienda y llegue a más plantaciones, poniendo así en peligro la vida de las personas. [...] Podría ser delito de exposición de peronas al peligro, que tiene una condena entre 3 a 6 años de pena privativa de la libertad”, señaló en conversación con Infobae Perú.
El Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) informó que, hasta el momento, 16 personas han perdido la vida, 140 han resultado heridas, 377 animales han muerto, y 4.698 quedaron afectados. En cuanto a la superficie, 22 regiones han sido impactados, donde se han detectado 234 incendios forestales. En total, se han perdido 2.260 hectáreas de cultivo y 3.374 hectáreas de cobertura natural se han perdido.