Alberto Fujimori falleció el miércoles 11 de setiembre a las 6 de la tarde, por el cáncer maligno que padecía. Su delicado estado de salud se agravó en los últimos meses tras la fractura de cadera que sufrió. Esto último ocurrió solo una semana después de que anunció su afiliación a Fuerza Popular.
El exdictador falleció sin pagar ni un sol de los S/ 57 millones que debía al Estado por tres hechos: el allanamiento irregular a la vivienda de Vladimiro Montesinos, la compra irregular de Cable Canal y el pago de la CTS a su ex asesor.
Según informó la Procuraduría, este monto también incluye los intereses por el no pago de la reparación civil que impuso el Poder Judicial por los casos ya mencionados.
Si bien es cierto que la Procuraduría inició un proceso de embargo, luego que el Congreso aprobó que se le entregue una pensión vitalicia, esto no llegó a efectuarse.
De acuerdo al artículo N.º 96 del Código Penal, el pago de la reparación civil se transmite a los herederos en caso estos hayan recibido bienes de la persona sentenciada.
En el caso de Alberto Fujimori, este no tiene bienes a su nombre. Infobae conversó con el abogado penalista Benji Espinoza, quien explica mejor esta figura.
“Siendo autónoma la reparación civil de un excondenado, puede exigirse a los hijos con un límite, el límite de su masa hereditaria. Es decir, los bienes de Fujimori que hayan heredado o vayan a heredar los hijos pueden ser objeto de embargo para pagar la reparación, que son más de 57 millones. El problema está en que, me parece, Fujimori no tiene bienes propios. Entonces, en la práctica,... (la reparación civil) es incobrable”, señaló el letrado.
El abogado penalista Andy Carrión coincide con lo dicho por Espinoza y recuerda que la sentencia ha sido únicamente contra Alberto Fujimori, por lo que el pago de la reparación civil no es heredable.
“La sentencia condenatoria ha ido única y exclusivamente en contra de Alberto Fujimori, así como también la reparación civil, porque la reparación civil se desprende de hallar responsable penalmente a una persona por la comisión de un delito y simplemente se trata de resarcir el daño ocasionado, por eso se llama reparación civil. Es importante este concepto previo, de personalizar, eso significa que las deudas devenidas de la reparación civil no son heredables. Es decir, que sus hijos, sus parientes, cónyuge, etcétera, no pueden heredar una deuda de reparación civil”, comentó.
Sobre la pensión vitalicia
El exprocurador Anticorrupción, Antonio Maldonado, conversó con Infobae sobre la pensión vitalicia asignada por el Congreso y señaló que al tratarse de un beneficio extraordinario ya no corresponde el pago a sus hijos. Además, recordó que “esa pensión vitalicia es irregular desde todo punto de vista”.
“Esa pensión vitalicia, aún si le concedemos el beneficio de la duda y decimos que fue otorgada de forma lícita no es una pensión convencional de jubilación, como la que protege un mecanismo como la ONP. No es así. Es una pensión extraordinaria que se ha otorgado como un privilegio para la persona, y fuera de ese ámbito, fallecido el privilegiado simplemente deja de tener efecto jurídico”, explicó.
Brigham Young, abogado y director de Ecovis Perú, explicó en conversación con Infobae Perú que la Ley 26519 es clara respecto al pago de pensión para los expresidentes de la República. La norma, según indicó Young, establece limitantes para su ejecución.
“El artículo 1 de la norma establece que, en caso de muerte, el beneficio de la pensión lo reciben la cónyuge y los hijos menores del expresidente. Por otro lado, el artículo 2 establece la suspensión de la indemnización si el presidente recibe una acusación constitucional”, señaló.
Young menciona que este escenario no se ajusta al de Alberto Fujimori. “Los hijos del expresidente Fujimori no son menores y no encajarían en este supuesto”, agregó. Por otro lado, el especialista sostiene que, si el Congreso decidiera aprobar la pensión a favor de los hijos del exmandatario, el Estado podría realizar el cobro total del beneficio económico a favor de la deuda por reparación civil del expresidente Fujimori.
“Bajo la premisa que el Congreso les otorgue esta pensión a los hijos, cuando no les corresponde, bajo el texto literal de la propia ley, debería cobrarse sobre el total de la pensión que estuviera destinado para los hijos (...) Ellos no se encuentran enmarcados en el supuesto del artículo 1 de la ley, no están en el alcance de la norma”, explicó.