Hoy, miércoles 11 de septiembre, Alberto Fujimori falleció en la casa de su hija, Keiko Fujimori, en Surco. Durante su presidencia, se promulgó la actual Constitución Política del Perú, que entró en vigor el 29 de diciembre de 1993 y que recientemente cumplió 30 años de vigencia a fines del 2023. En el contexto del descontento y la crispación social actuales, surgen propuestas recurrentes para modificar la Constitución como respuesta a la crisis política.
Desde hace varios meses atrás un sector de la izquierda peruana trajo a discusión que se debe redactar un nueva Carta Magna, a través de una Asamblea Constituyente. Sin embargo, según economistas, durante su aplicación ha sido fundamental para el desarrollo de la actividad productiva del país.
Cabe recordar que la Constitución vigente fue ratificada en el referéndum del 31 de octubre de 1993 y su texto fue aprobado por el Congreso Constituyente Democrático (CCD) que contaba con 80 representantes de diferentes fuerzas políticas.
Con la puesta en marcha de la Constitución del 93, Luis Miguel Castilla, exministro de Economía y director ejecutivo de Videnza Instituto, indicó que hasta antes de la pandemia de la Covid-19, el PBI del país se incrementó 2.5 veces y su crecimiento promedio fue de 4.5 % en los últimos 30 años. Esto hizo que el Perú sea la segunda economía más dinámica de América Latina.
El economista también remarcó que el país tuvo la mayor caída en pobreza de 40 puntos; y las exportaciones se multiplicaron por 12, también la inversión extranjera directa en el país se multiplicó 75 veces, las reservas internacionales netas se multiplicaron más de 20 veces y la inflación en promedio fue la más baja 2.5% en promedio.
Ante estos resultados, el exministro explicó que los beneficios del actual modelo económico originado por la Constitución de 1993 han sido múltiples, incluso se pueden ver en una transformación de la economía del país bastante importante en comparación a nuestros vecinos de la región.
“La actual Constitución le ha dado un atractivo al país que permite a la inversión ingrese, genere empleo, divisas e impuestos que luego son utilizados por el gobierno para beneficiar a la población”, remarcó Castilla.
Antes de la entrada en vigencia de la Constitución de 1993, el especialista de Videnza Instituto remarcó que el país estuvo en bancarrota y se convirtió en un paria, debido a que Alan García en su primer gobierno declaró la moratoria del servicio de la deuda, por lo que el país no recibía recursos de ningún lado.
“No había financiamiento externo del país, y ante la bancarrota del Estado peruano, con reservas internacionales negativas, se tuvo que reconstruir los cimientos económicos del país bajo los principios del capítulo económico de la Constitución”, enfatizó el exministro de Economía y Finanzas.
Constitución del 93 solo requiere algunos ajustes
En tanto, Jaime Dupuy, gerente de Asuntos Legales y Regulatorios de ComexPerú, comentó que la Constitución Política de 1993 ha asentado las bases para que, con gobiernos competentes y honestos, los peruanos gocen de servicios públicos y una línea base de oportunidades que permitan desarrollase según su propio esfuerzo.
Dupuy, sin embargo, subrayó que, para ello, se necesita un servicio público competente y con vocación. “Y eso, como ciudadanos, debemos exigirlo siempre, sobre todo pensando en el cierre de brechas en las zonas más vulnerables. El desarrollo de cada uno es el desarrollo de todos”, añadió.
A pesar del cuestionado origen de la Constitución del 93, Dupuy señaló que los 30 años de vigencia, con sus sucesivas modificaciones e interpretaciones del Tribunal Constitucional, la han legitimado. Sin embargo, remarcó que “no está escrita en piedra y sin duda requiere mayores ajustes, sobre todo en la parte política”.
También Dupuy consideró que la democracia y el liberalismo económico generan desarrollo y mayor bienestar; pero cuestionó a los empresarios envueltos en casos de corrupción y son ellos quienes debieran deslindar de esos sectores empresariales y políticos por su accionar corrupto y anticompetitivo, lo cual ha traído el descontento de la población.
El economista también cuestionó a los gobiernos subnacionales -gobiernos regionales y municipales- que no han hecho una buena gestión pública por años para tener mejores servicios públicos y mejor infraestructura en salud, educación, comunicaciones, entre otros.
Autonomía del BCR
Por su parte, Fernando Gonzales, economista senior del IPE, comentó que el actual capítulo económico de la Carta Magna ha permitido que en el país no se vuelvan a repetir períodos de hiperinflación y ha priorizado los recursos del Estado para cerrar brechas sociales y atraer inversiones que generen mejores empleos.
“Por ejemplo, el artículo 84 de la Constitución prohíbe que el Banco Central de Reserva (BCR) financie los gastos del Gobierno. De esta manera, obtiene mayor independencia para así enfocarse en mantener una inflación baja y estable. En los últimos 28 años, la tasa del Perú ha sido una de las más bajas de la región”, destacó.
Por otro lado, el experto del IPE sostuvo que el artículo 60 limita la actividad empresarial del Estado, evitando que gestione empresas con objetivos políticos y generando pérdidas millonarias, cuyo pago es asumido por todos los peruanos.
“Entre 1985 y 1989, las pérdidas estatales alcanzaron los USD 1.700 millones, equivalente a casi un 2% del PBI anual. A diferencia de una empresa privada que quiebra cuando tiene malos resultados, una empresa pública puede ser salvada por los recursos que pertenecen a todos los peruanos”, comentó Gonzales.
En la misma línea, Luis Miguel Castilla señaló que, el artículo 84 es uno de los más importantes en el capítulo económico de la Constitución, ya que la autonomía del BCR con su política monetaria le ha podido dar la mayor fortaleza macroeconómica y fiscal al Perú.
Subsidiariedad del Estado
El economista de Videnza Instituto precisó que otro artículo importante de la Constitución es el 59, el cual establece el rol económico del Estado y el régimen de libertades económicas; y otro es el artículo 60 que indica que el Estado solo puede realizar subsidiariamente actividad empresarial, directa o indirecta, cuando solamente sea de alto interés público.
“En esta parte, hay una cierta confusión de los detractores del capítulo económico, ya que a muchos se les pregunta qué quieren cambiar de la Constitución, y justamente dicen que quieren volver a un Estado empresario, lo cual denota su falta de entendimiento sobre los riesgos y las contingencias fiscales que esto presume. Probablemente estos detractores quieren financiar el estatismo con las reservas o el ahorro privado, lo cual la Constitución prohíbe”, expuso Castilla.
Contratos ley
En el artículo 62 de la Constitución de 1993 establece la libertad de contratar y garantiza que las partes puedan pactar válidamente según las normas vigentes al tiempo del contrato. Además, refiere que los términos contractuales no pueden ser modificados por leyes u otras disposiciones de cualquier clase.
Ante dicha norma, Castilla sostuvo que es fundamental porque le otorga una protección constitucional a los contratos y a la libertad de contratar. Es así que una ley del Congreso no puede alterar el acuerdo de un contrato firmado entre el Estado y el sector privado.
“Estos principios blindan al país de los excesos de un Gobierno de turno. Si no tuviéramos esa seguridad jurídica que nos da la actual Constitución, la inversión privada ya se hubiera esfumado”, remarcó.
Constitución del 93 no ha resuelto la desigualdad social
Uno de los detractores de la Constitución de 1993, Pedro Francke, exministro de Economía y docente de la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP), sostuvo que el actual modelo económico es neoliberal y no ha resuelto sustancialmente la desigualdad social.
“En los últimos 25 o 30 años, el Perú ha tenido un buen crecimiento económico, pero la desigualdad social y económica no se ha resuelto, y eso es una de las causas de estas protestas y crisis de gobernabilidad en el país. Creo que eso exige en el cambio de las estrategias de desarrollo económico”, expresó el economista.
En ese sentido, el catedrático de la PUCP señaló que ese cambio para que promueva mayor igualdad se requiere una mayor recaudación tributaria sobre los que más tienen, así como una presencia más activa en el gasto en educación y salud, así como un Estado más promotor en el desarrollo económico de las regiones del país.
“Decir que el crecimiento económico de los últimos 30 años se debe principalmente a la Constitución del 93 me parece que es inexacto. En estos años, se han hecho muchas cosas, pero los mismo hubiera sucedido con la Constitución del 79, ya que previamente a la Constitución de Fujimori, ya había predictibilidad respecto al manejo de las políticas acerca de la inversión extranjera”, puntualizó Francke.