En el año 2021, en un día normal para María Carolina Herrera, fue sorprendida al recibir una llamada de los abogados del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi). La razón: una denuncia interpuesta por una de las marcas más importantes a nivel internacional, Carolina Herrera. El origen de la disputa fue un obsequio de su hijo Darío, el registro de la marca “La Jabonera by María Herrera”. Lo que iba sería un regalo de Navidad como un gesto de amor desató una inesperada batalla legal que enfrentó a la emprendedora peruana con la reconocida firma internacional.
Su hijo Dario, abogado de profesión, contó en LP - Pasión por el derecho como se enteró del caso, ya que el plan se desarrolló en secreto, hasta que los problemas comenzaron. “Obviamente, no le dije nada y un día mi madre me llama: ‘Darío, me han comentado que tengo unos problemas en Indecopi (Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual). Le dije: ‘No te preocupes, que es una de mis especialidades. Sigue haciendo tus jabones que yo me encargo de este caso’”.
El equipo legal de la casa de moda de lujo notó la coincidencia en el apellido e inició un procedimiento para impedir el registro de la nueva marca. Desde su perspectiva, existía el riesgo de que los consumidores asociaran el negocio local con la famosa diseñadora. Sin embargo, María Carolina Herrera, nacida en 1965 con ese apellido, rechazó de inmediato la idea de que su identidad pudiera ser motivo de litigio.
La defensa de la empresaria peruana
A diferencia de la diseñadora internacional, cuyo nombre completo es María Carolina Josefina Pacanins Niño y adoptó el apellido “Herrera” en 1969 tras casarse, María Carolina Herrera Herrera argumentó que tenía pleno derecho al uso de su propio apellido. Acompañada de su hijo, Darío Morales Herrera, abogado especializado en propiedad intelectual, la empresaria presentó una defensa que desafiaba los reclamos de la compañía multinacional.
Durante el proceso legal, María Carolina sostuvo que su marca presentaba claras diferencias con la firma internacional. Indicó que “Herrera” es un apellido común en el Perú y que no podía ser monopolizado por una sola persona o entidad comercial. De hecho, según datos del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), más de 230 mil peruanos comparten el apellido Herrera. Dentro de ese grupo, 487 mujeres llevan por nombre Carolina Herrera, lo que cuestiona aún más la exclusividad del uso del nombre por parte de la diseñadora internacional.
El caso peruano trajo a colación antecedentes internacionales que podrían influir en la resolución. María Carolina y su equipo legal citaron un caso similar en Colombia, donde la Superintendencia de Industria y Comercio había permitido el registro de la marca “Diana Herrera Belleza en tu Mirada” tras desestimar una oposición. Ese presedente colombiano fue presentado como evidencia relevante bajo el derecho andino, ya que tanto Colombia como Perú forman parte de la Comunidad Andina de Naciones. Se argumentó que los principios aplicados en dicho caso debían ser considerados en territorio peruano.
Tuvieron que pasar varias instancias
Indecopi se convirtió en el árbitro de esta disputa entre una emprendedora local y una de las marcas más influyentes del mundo. En un primer fallo, Indecopi favoreció a la multinacional, alegando que la marca de María Carolina Herrera podría generar confusión entre los consumidores. Esta decisión inicial representó un revés para la empresaria peruana, quien decidió apelar la resolución.
La apelación de María Carolina y su equipo legal planteó una revisión más detallada del caso, y en una decisión de segunda instancia, Indecopi revirtió su postura inicial. El organismo concluyó que, en términos de sonido y apariencia, las marcas “La Jabonera by María Herrera” y “Carolina Herrera” poseían diferencias suficientes que eliminaban el riesgo de confusión. Este fallo permitió a la empresaria peruana registrar su marca y continuar su actividad comercial sin restricciones legales.
La resolución de Indecopi, emitida en agosto de 2023, marcó un precedente en la protección de los derechos de los emprendedores frente a las grandes marcas internacionales. Según el organismo, el elemento distintivo de la marca internacional era el nombre completo “Carolina Herrera”, y no solo el apellido. Este análisis fue determinante para que la emprendedora pudiera utilizar su propio nombre sin infringir los derechos de la diseñadora.
Darío Morales Herrera, quien jugó un papel central en la defensa de su madre, reflexionó sobre los desafíos que enfrentan los microempresarios en situaciones similares. En la misma entrevista con LP Derecho, destacó las dificultades económicas que estas disputas pueden representar para negocios pequeños. Aunque su madre no tuvo que pagar por los servicios legales debido a su relación familiar, el experto señaló que otros emprendedores podrían enfrentarse a costos legales de más de S/ 3 mil, una suma que podría superar los ingresos generados por sus productos.