Incautan maquinaria de US$ 200 mil a hermana del defensor del Pueblo: Sara Gutiérrez pierde en juicio de extinción de dominio

Este vehículo fue adquirido bajo la Ley de Amazonía, que supone ciertos beneficios tributarios; sin embargo, habría sido encontrado fuera de la zona permitida por la mencionada norma, sin la autorización de la Sunat

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Defensor del Pueblo, Josué Gutiérrez. | Andina
Defensor del Pueblo, Josué Gutiérrez. | Andina

Sara Gutiérrez Cóndor, hermana del defensor del Pueblo, Josué Gutiérrez, no logró demostrar que la motoniveladora de la empresa de la cual es representante no fue empleada en actividades ilícitas, según lo determinó este martes 3 de septiembre el Poder Judicial.

Por tal motivo, el tribunal declaró fundada la demanda de extinción de dominio de la Fiscalía y ordenó que el vehículo pase a ser propiedad del Programa Nacional de Bienes Incautados (Pronabi).

La sentencia del Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de Huánuco reveló que la maquinaria involucrada es una motoniveladora Caterpillar 120K, valorizada en 220 mil dólares.

Tal como detalló La República, este vehículo, incautado en el distrito de San Rafael (Ayacucho) fue adquirido y gestionado conforme a la Ley de Amazonía, que supone ciertos beneficios tributarios y limitaciones territoriales para la movilización de bienes.

Sin embargo, el punto clave en el fallo del tribunal reveló que esta maquinaria fue encontrada fuera de la zona permitida por la mencionada ley, sin la autorización requerida de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) para moverse de una zona tributaria especial a una común. Con esta figura, la Fiscalía argumentó que este hecho configuraba un acto de contrabando.

Motoniveladora no disponía de documentación aduanera

Poder Judicial - crédito Andina
Poder Judicial - crédito Andina

En su defensa, Sara Gutiérrez Cóndor sostuvo que el vehículo se trasladó a San Rafael (Ayacucho) para abastecerse de petróleo en una gasolinera de su propiedad. No obstante, los encargados de la inspección recibieron de parte del conductor las guías de remisión que señalaban claramente que el destino final era la mencionada provincia.

Además, antecedentes adicionales presentados por el Ministerio Público fueron determinantes para que el juzgado concluyera que la motoniveladora no disponía de la documentación aduanera que acreditara la salida autorizada de la zona tributaria especial.

“La Fiscalía de Extinción de Dominio ha acreditado con estos medios probatorios la actividad ilícita de contrabando vinculada al bien como objeto de dicha actividad”, señaló el magistrado en una de sus conclusiones.

En esa línea, agregó que este proceso es independiente del penal que la Fiscalía Penal de Huánuco llevó adelante contra Gutiérrez Cóndor, señalando que “no se necesita una sentencia previa en el proceso penal ya que no se ha evaluado si la hermana del defensor del Pueblo es culpable del delito de contrabando, sino que el bien incautado es objeto de actividad ilícita”.

El defensor del pueblo de Perú, Josué Gutiérrez, en una foto de archivo. EFE/ Aldair Mejía
El defensor del pueblo de Perú, Josué Gutiérrez, en una foto de archivo. EFE/ Aldair Mejía

Aparte de estas pruebas, el juzgado señaló la falta de diligencia de Gutiérrez Cóndor en la custodia de su maquinaria, a pesar de que ella ostenta el cargo de gerente general de la empresa Multiservicios y Constructora JJJ Cruz. En su declaración durante el interrogatorio, la acusada manifestó desconocer información relevante, como el nombre de la empresa contratada para el traslado del vehículo.

El juez añadió que la gerente general “no actúa con buena fe para evitar que el bien sea objeto de actividad ilícita, cuanto menos, mostrar un comportamiento diligente de realizar actividades de control”. Esto se evidenció, según el mencionado medio, en el hecho de que el conductor del remolcador no era empleado suyo y operaba con amplia libertad a sabiendas de los beneficios tributarios y las limitaciones de uso de la maquinaria.

Finalmente, la resolución judicial dejó constancia de que Gutiérrez Cóndor tenía hasta el 12 de septiembre para apelar la sentencia. Si se impugnara el fallo, el caso sería elevado a una sala especializada en extinción de dominio.

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