A fines de julio se anunció que la Unión Europea había establecido nuevas restricciones sobre los líquidos, aerosoles y geles (LAG) permitidos en el equipaje de mano en vuelos. Este equipaje consiste en las bolsas o pequeñas maletas que los pasajeros pueden llevar consigo dentro de los aviones al viajar.
En efecto, desde el 1 de setiembre aplicará esta regulación, que se implementa dado que información técnica que recibió la comisión europea reveló que los escáneres C3, equipos modernos que sirven para verificar los elementos que están siendo ingresados a los vuelos, con una tecnología para detectar explosivos, deben revisarse para mejorar su rendimiento.
Por esto, la Unión Europea dictó que los LAG (líquidos, aerosoles y gels) que se lleven en el equipaje de mano deban tener una capacidad máxima de 100 mililitros por recipiente. Infobae Perú consultó a Lima Airport Partnes (LAP) para saber más de esta medida con respecto al Aeropuerto Internacional Jorge Chávez.
Aeropuerto Jorge Chávez se pronuncia por restricción de Unión Europea
Gracias al equipo de sistemas de detección de explosivos para equipaje de mano (EDSCB) que cumple la norma C3, este permite inspeccionar el equipaje de mano que contiene líquidos, aerosoles, gels y también computadora portátiles u otros aparatos electrónicos.
Sin embargo, la Unión Europea ha recibido información de que estos estarían limitados en su uso, y necesitarían revisarse. Por eso, se ha determinado que los pasajeros que lleven líquidos, aerosoles y gels deben tenerlos en recipientes de máximo 100 milímetros. Asimismo, una resolución posterior, detalló que estos elementos deben estar en una bolsa de plástico transparente que se pueda abrir y cerrar con una capacidad que no exceda 1 litro.
Consultados por Infobae Perú, Lima Airport Partnes (LAP), la empresa operadora del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, solo señaló que “esta medida recientemente anunciada por la Unión Europea aplica solo para vuelos directos a Europa”.
Para saber más, también Infobae Perú consultó al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), sin embargo, a la fecha no se ha obtenido respuesta.
Otras restricciones
Asimismo, con la búsqueda de eliminar discrepancias en las diversas políticas de diferentes aerolíneas respecto al tamaño del equipaje de mano que irá en los vuelos, la Unión Europea ha establecido que las pequeñas maletas o bolsas que vayan con uno en la cabina de los aviones deba tener como máximo las dimensiones de 55x40x20 centímetros y que no excedan los 10 kilogramos de peso.
La medida del Parlamento Europeo busca que haya claridad con respecto a estos ‘carry on’, dado que frecuentemente causan confusión y molestias, sobre todo cuando utilizan los servicios de múltiples aerolíneas o deben cambiar de aerolínea por situaciones imprevistas.
Por esto, también se urge a los Estados miembros a garantizar que esta sentencia sea cumplida y también insta a que se trabaje para asegurar la transparencia en la divulgación de cualquier tarifa relacionada con el equipaje de mano que pueda haber, especialmente cuando se proporciona información sobre precios y horarios de vuelos; esto con el fin de fortalecer la protección al consumidor.
¿Qué se debe tener en cuenta, según la Unión Europea?
- Los líquidos que lleves en cabina (aerosoles, bebidas, pasta dentífrica, cremas cosméticas, geles, etc.) deben ir en una bolsa de plástico transparente de no más de un litro de capacidad y estar contenidos en recipientes de 100 ml como máximo. Los recipientes de más de 100 ml deben ir en el equipaje facturado. Esta restricción no afecta a los medicamentos ni a los alimentos para bebés.
- Los líquidos adquiridos en cualquiera de las tiendas libre de impuestos del aeropuerto o en el avión durante el vuelo pueden llevarse como equipaje de mano, siempre que los mantengas, junto con el ticket de compra, dentro de la bolsa de seguridad con la banda roja que te darán y sellarán al adquirirlos. La bolsa de seguridad no puede abrirse hasta la llegada al destino final. Ahora bien, en caso de control, los agentes de seguridad pueden abrir la bolsa y las botellas. Si te sucede esto y tienes un vuelo de conexión a otro aeropuerto, no olvides pedirles que vuelvan a meter los líquidos en una bolsa de seguridad y la sellen.
- Los objetos cortantes o punzantes que puedan utilizarse como armas no están permitidos en la cabina del avión. Pueden ser incluso objetos de uso común, como sacacorchos, cuchillos o tijeras de un cierto tamaño, que deben ir en el equipaje facturado.
- Los artículos explosivos o inflamables (artículos pirotécnicos, aerosoles de pintura, etc.) y otras sustancias corrosivas y tóxicas, como los ácidos, están prohibidas a bordo del avión. No pueden llevarse ni en cabina ni en el equipaje facturado.
- No se permite llevar armas de ningún tipo a bordo del avión.