Este jueves, el Congreso de la República presentó el proyecto de ley 08742/2024-CR, que concede amnistía general a los miembros de las comunidades campesinas y organizaciones sociales que participaron en las protestas sociales en el ámbito del proyecto minero Las Bambas, ubicado en Apurímac.
La finalidad de la ley es “restablecer la paz social y evitar la criminalización de la protesta social”. En la práctica, esto significa que las personas que participaron en estas manifestaciones y que han sido denunciadas, sentenciadas o están siendo procesadas por estos hechos podrán acceder a esta amnistía, que se aplicará a hechos ocurridos entre el 11 de mayo de 2011 y el 9 de abril de 2019.
¿Qué delitos se incluyen?
Los delitos cubiertos incluyen coacción, extorsión, entorpecimiento de servicios públicos, usurpación y daños. Además, se abarca cualquier falta o delito relacionado con estos tipos penales y delitos contra la tranquilidad pública.
La propuesta también define las exclusiones de la amnistía. Específicamente, quedan fuera de su alcance los delitos de lesa humanidad y cualquier grave violación a la vida e integridad de las personas, así como las acciones de funcionarios públicos, miembros de las fuerzas armadas o la policía nacional que hayan recurrido a una fuerza desproporcionada en la represión de las protestas.
Asimismo, quedan excluidos los delitos cometidos por personas que no pertenecen a las comunidades campesinas y organizaciones sociales.
Por otro lado, la propuesta legislativa dispone que los beneficiarios no podrán ser sometidos a interrogatorios, investigaciones ni requerimientos por las conductas amnistiadas. Además, los fiscales o jueces especializados en materia penal deberán rechazar de plano cualquier denuncia basada en estas conductas.
Alertan sobre exclusiones y delitos cubiertos
Sin embargo, la iniciativa presentada por la congresista María Elizabeth Taipe Coronado (Perú Libre) —respaldada por los legisladores Flavio Cruz Mamani, Kelly Roxana Portalatino Ávalos e Isaac Mita Alanoca— ya suscita críticas y preocupaciones.
En entrevista con Infobae Perú, el abogado David Velazco Rondón, de la Fundación Ecuménica para el Desarrollo y la Paz (Fedepaz), explica que, aunque la ley excluye los delitos de lesa humanidad y las acciones de funcionarios públicos que hayan usado fuerza desproporcionada, la propuesta sería perjudicial por varias razones.
Primero, considera que la amnistía general no debe aplicarse de manera específica a un sector de la población, ya que esto podría llevar a la impunidad de graves violaciones de derechos humanos. En sus palabras, “la amnistía general no debe aplicarse de manera específica” y esta legislación podría terminar “beneficiando a miembros de las fuerzas de seguridad implicados en la represión de las protestas”, lo que considera “intolerable” desde el punto de vista de los derechos humanos.
En la misma línea, critica la temporalidad de la ley, que podría proteger a individuos responsables de crímenes graves cometidos durante el periodo especificado: entre el 11 de mayo de 2011 y el 9 de abril de 2019.
“La ley excluye los delitos de lesa humanidad y las acciones de funcionarios públicos que hayan usado fuerza desproporcionada, pero aún así la propuesta sería perjudicial porque podría proteger a individuos responsables de crímenes graves cometidos durante el periodo especificado”, explica el abogado.
Además, destaca la falta de participación de la mayoría de las comunidades afectadas en la elaboración de la ley. Explica que de las 36 comunidades involucradas, solo dos o tres han participado activamente en la negociación, mientras que las otras, asesoradas por organismos no gubernamentales, están en contra de la propuesta.
“Las iniciativas legislativas deben contar con una participación activa de las comunidades afectadas para asegurar que reflejen sus intereses y necesidades, algo que no se ha logrado en este caso”, comenta Velazco Rondón.
En ese sentido, la falta de inclusión de las comunidades y el enfoque de la propuesta de ley representarían un intento de “beneficiar a las fuerzas del orden” y de evitar el procesamiento de los responsables de graves violaciones de derechos humanos en este marco.
Bajo ese contexto, cabe recordar que, en un reciente fallo, 11 líderes comuneros han sido sentenciados a penas de cárcel por su participación protestas contra la minera Las Bambas en 2015. Esta manifestación, que incluyó bloqueos de vías y fue motivada por preocupaciones ambientales, resultó en la muerte de tres comuneros debido a la represión policial.
Sin embargo, la justicia ha condenado a los líderes campesinos por delitos como disturbios y daños, mientras que los responsables de las muertes permanecen impunes.
En diálogo con La República, Virginia Pinares Ochoa, una de las sentenciadas a ocho años y diez meses, expresó su indignación, afirmando: “Me siento muy indignada. Nos están sentenciando por defender nuestros derechos ambientales”.
Finalmente, David Velazco Rondón, abogado de Fedepaz, destacó deficiencias en la sentencia, como la falta de identificación de los autores directos de los ataques y el uso cuestionable de la figura de autoría mediata. Además, las investigaciones sobre las muertes de Exaltación Huamaní, Beto Chahuayllo y Alberto Cárdenas no han avanzado, dejando a las víctimas sin justicia y a la represión estatal sin ser plenamente responsabilizada.