Fonavi, Reintegro 2: ¿Quiénes son los herederos prioritarios tras el fallecimiento del titular?

Los familiares de los aportantes fallecidos también tienen derecho a cobrar los importes de devolución, aunque deberán presentar los documentos que le pidan en el Banco de la Nación

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Fonavi, Reintegro 2: ¿Quiénes son los herederos prioritarios tras el fallecimiento del titular? (Créditos: Andina)

Desde este martes 27 de agosto se comenzaron a pagar a los aportantes del Fonavi del Reintegro 2. Ellos deben acercarse al Banco de la Nación para cobrar su dinero en caso figuren que forman parte del grupo de esta nueva devolución en la página de la Secretaría Técnica.

El titular necesita acudir a una de las sucursales con su documento nacional de identidad (DNI)cuyos datos serán contrastados con el padrón. De la misma forma, la ley también contempla que los herederos de un titular fallecido puede recibir este efectivo.

¿Quiénes son los herederos cuando fallece el titular?

Eduardo Gaytán, jefe de la subunidad de Orientación y Registro de la Secretaría Técnica de la Comisión AdHoc del Fonavi, en conversación con Andina, mencionó que la prioridad la tiene la esposa o esposo del titular.

“Si no están ellos, la siguiente prioridad corresponde a los hijos del titular fonavista. Si estos dos grupos no están presentes, podrían ser los hermanos del titular fonavista. Si tampoco hay estos tres primeros grupos, con una sucesión intestada se podrán determinar los herederos correspondientes”, mencionó.

De la misma forma, precisó que “el heredero solamente tiene que verificar que el titular fonavista esté en el listado y, de acuerdo a eso, puede acercarse al Banco de la Nación” donde le harán llenar una declaración jurada y tendrá que presentar los documentos que también le indicarán.

Ya se confirmaron los beneficiarios
Ya se confirmaron los beneficiarios del Reintegro 2 del Fonavi, mañana finalmente se aprueba el pago y se define la fecha, pero fuentes aseguran a Infobae Perú que la devolución se dará la siguiente semana. - Crédito Infobae/Paula Díaz

Documentos que necesitan los herederos

  • Partida de defunción del fonavista fallecido cuyo nombre aparece en cualquiera de los grupos de pago.
  • Partida de matrimonio o constancia de inscripción de la unión de hecho, si el solicitante es cónyuge sobreviviente o miembro de una unión de hecho.
  • Partida de nacimiento, si los solicitantes son los hijos.
  • Partida de nacimiento del fonavista fallecido, si los solicitantes son los padres.
  • Partida de nacimiento de los solicitantes y del fonavista fallecido, si los solicitantes son los hermanos.

Solo se presenta la sucesión intestada o testamento, en caso fueran otros beneficiarios.

Los fonavistas beneficiarios podrán hacer
Los fonavistas beneficiarios podrán hacer la consulta a través del LINK de la Secretaría Técnica antes de cobrar el nuevo pago en el Banco de la Nación. - Crédito Composición Infobae/Edwin Montesinos/Infobae/Paula Díaz/Captura de la Secretaría Técnica

¿Quiénes pueden cobrar el reintegro 2?

Es importante precisar que el grupo de pago Reintegro 2 no constituye una lista nueva, sino que se trata de un conjunto de fonavistas de las listas 1 a 19 que recibirán una nueva suma de la devolución que se les adeuda por los aportes realizados durante años al Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi).

De este modo, los beneficiarios son aquellos que ya han estado en listas anteriores (excepto la nómina 20) y que ya han percibido una parte de su devolución. Como es conocido, este nuevo desembolso está destinado a fonavistas vivos mayores de 75 años y herederos de exaportantes fallecidos que cumplirían 93 años al 31 de agosto, siempre y cuando hayan formado parte de las listas de la 1 a la 19.

Por lo tanto, quienes aún no hayan recibido ningún pago ni hayan formado parte de las listas anteriores deberán esperar a que se aprueben y constituyan los siguientes grupos de pago del Fonavi.

¿Cuál es el link para saber si pertenezco al reintegro 2?

  • Los interesados deben ingresar al enlace proporcionado por el Fonavi.
  • Luego, selecciona el tipo de documento y digita el número
  • Escribe el código captcha y clic en CONSULTAR

Si un fonavista ha confirmado en el sitio web oficial de la Secretaría Técnica que puede recibir el pago, lo que debe hacer es dirigirse a una sucursal del Banco de la Nación con su DNI para obtener su reembolso.

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