Normas legales ahora incluirán sus anexos en El Peruano tras aprobación en el Congreso de la República

De acuerdo con la norma aprobada, cada ley deberá especificar los anexos que se publicarán en la versión física del Diario Oficial

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Conoce más sobre la norma. (Foto: Andina)
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El Congreso de la República aprobó esta semana un dictamen que exige la publicación física de los anexos que acompañan a las normas legales en el Diario Oficial El Peruano. Esta medida, promovida por Alejandro Soto, congresista y portavoz de Alianza para el Progreso (APP), ha sido respaldada por una amplia mayoría en el pleno del Congreso.

La propuesta revisa la Ley 31577, encargada de regular la numeración y la publicación de leyes, resoluciones legislativas y disposiciones generales del Congreso. Ahora exige que los anexos de estas normas sean publicados de manera integral tanto en la versión electrónica del Diario Oficial El Peruano como en el portal web de la entidad emisora, y simultáneamente con la versión física.

Durante el debate, los legisladores señalaron que esta modificación busca establecer pautas claras para la publicación de los anexos, facilitando así el acceso y la comprensión de las normas por parte de los ciudadanos.

En esa línea, Soto explicó que la ausencia de reglas con rango de ley sobre la publicación física de los anexos otorgaba una excesiva discrecionalidad a los funcionarios, quienes podían decidir arbitrariamente qué anexos se incluirían en la publicación física.

Conoce más sobre la norma. (Foto: Andina)
Conoce más sobre la norma. (Foto: Andina)

De acuerdo con la norma aprobada, cada ley deberá especificar los anexos que se publicarán en la versión física del Diario Oficial El Peruano. Además, se estableció que ambos formatos, el electrónico y el físico, estarán disponibles en la misma fecha, garantizando la simultaneidad en la divulgación de la información.

La iniciativa ha sido presentada como una medida necesaria para asegurar la transparencia y la accesibilidad de la información legal. La implementación busca evitar la falta de uniformidad y posibles omisiones que puedan perjudicar a los ciudadanos que dependen de la versión física para obtener información completa sobre las leyes y resoluciones legislativas.

Además, la nueva regulación aspira a eliminar la discrecionalidad en la publicación de los anexos, creando un marco más predecible y estandarizado.

Aprueban norma que quita facultades al Ministerio Público

El Pleno del Congreso aprobó, con 72 votos a favor, 29 en contra y 4 abstenciones, una propuesta para modificar el Código Procesal Penal. Esta reforma, que aún debe ser ratificada en una segunda votación, otorga a la Policía Nacional del Perú (PNP) facultades para liderar investigaciones preliminares de delitos.

Congreso de la República - Crédito: Andina
Congreso de la República - Crédito: Andina

Sin embargo, este cambio reduce las competencias del Ministerio Público, y su objetivo declarado es agilizar los procesos penales y restituir la capacidad investigativa de la PNP.

La reforma ha sido impulsada por las Comisiones de Justicia y Defensa del Congreso. Según la nueva normativa, el Ministerio Público estará obligado a actuar por medio de la Policía Nacional, que se encargará de las investigaciones preliminares y de realizar las diligencias correspondientes.

El congresista Alfredo Azurín, miembro de Somos Perú, defendió la iniciativa, criticando duramente la labor del Ministerio Público al señalar que investigan una gran cantidad de delitos sin la intervención adecuada de la policía.

Por su parte, Patricia Chirinos, congresista de Avanza País, también respaldó la norma, argumentando que se necesita devolver a la Policía Nacional la capacidad investigativa que nunca debió perder.

Sin embargo, no todos estuvieron de acuerdo con la reforma. La congresista Gladys Echaíz, de Honor y Democracia, se manifestó en contra, argumentando que no se debe confundir el delito con la delincuencia y que hay una diferencia constitucional clara entre las funciones de la Policía Nacional y el Ministerio Público.

“Es función de la Policía Nacional prevenir e investigar la delincuencia, mientras que al Ministerio Público le corresponde la investigación del delito. En esa diferencia radica todo el tema constitucional”, subrayó Echaíz, exfiscal de la Nación.

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