Los directivos y fundadores de partidos políticos en nuestro país no deben tener condenas por delitos graves como terrorismo, apologías al terrorismo, tráfico ilícito de drogas, violación de la libertad sexual, colusión, peculado, corrupción de funcionarios, tráfico de influencias o enriquecimiento ilícito.
Esta es la propuesta contenida en un proyecto de ley presentado por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), el cual busca reforzar los criterios de idoneidad en la política peruana, según informó en un comunicado de la organización.
Además, el JNE plantea que la participación de un partido político en el proceso electoral en curso o en el próximo se suspenda si se descubre que un fundador o directivo ha sido condenado por alguno de los mencionados delitos y no se le ha retirado de su cargo. La propuesta también incluye que los directivos de los partidos presenten una declaración jurada donde manifiesten su compromiso con la democracia, el respeto irrestricto al Estado de derecho y a las libertades y derechos fundamentales consagrados en la Constitución Política.
Actualmente, según el JNE, la Ley de Partidos Políticos solo exige la presentación de esta declaración jurada a los fundadores del partido, sin implementar estas restricciones a los directivos. La iniciativa del JNE, que considera el derecho a fundar y dirigir una organización política no como un derecho absoluto sino sujeto a limitaciones legales, busca que los directivos compartan los mismos estándares de idoneidad que los fundadores.
Movimiento regionales
La misma normativa se aplicaría a los movimientos regionales. Los directivos y fundadores de estos movimientos deberán presentar, al igual que los de los partidos nacionales, una declaración jurada expresa con su compromiso democrático y no podrán tener condenas por los delitos detallados. Asimismo, estos movimientos verán suspendida su participación en procesos electorales si no retiran a los fundadores o directivos condenados.
El JNE argumenta que la regulación de estas restricciones atiende a los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad en una sociedad democrática. La propuesta justifica esta ampliación de impedimentos penales como necesaria para garantizar que quienes dirigen partidos y movimientos políticos sean personas idóneas y sin antecedentes de delitos graves.
Esto tiene también un trasfondo de coherencia con las normas vigentes que ya prevén estos impedimentos para quienes desean ser candidatos en elecciones generales, regionales y municipales.
Los delitos de apología al terrorismo, tráfico ilícito de drogas, violación de la libertad sexual, colusión, peculado, y corrupción de funcionarios son considerados impedimentos para ser candidatos, y el JNE sugiere que igualmente se deben considerar para fundadores y directivos de partidos.
“Además, se ha contemplado adicionar los delitos de tráfico de influencias y enriquecimiento ilícito debido a su relevancia en el ámbito de la administración pública,” enfatizó el organismo en su comunicado, bajo la premisa de que dicho espacio controla y asigna recursos y toma decisiones cruciales para la convivencia ciudadana.
Proyecto para que condenados puedan ser candidatos
Luis Cordero Jon Tay, congresista de la bancada Somos Perú, presentó el 1 de agosto un proyecto de ley que busca eliminar la restricción que impide a personas sentenciadas por delitos de corrupción postular a la presidencia o vicepresidencias de la República, incluso si ya han cumplido sus condenas. Esta iniciativa está apoyada por las firmas de otros miembros de Somos Perú, como Alfredo Azurín, José Jerí, José Pazo, Hitler Saavedra y Héctor Valer.
El proyecto de Cordero Jon Tay propone modificar el literal J del artículo 107 de la Ley Orgánica de Elecciones. Actualmente, este artículo establece que aquellas personas que, mientras ejercían como funcionarios públicos, fueron condenadas con sentencia consentida o ejecutoriada por delitos dolosos como colusión, peculado o corrupción de funcionarios, no pueden ser candidatos a la presidencia o vicepresidencias de la República, aun cuando hubiesen sido rehabilitadas. Además, esta restricción incluye delitos como terrorismo, tráfico ilícito de drogas y violación sexual.
Según Cordero, esta iniciativa tiene como fin reestablecer “el fin resocializador de la pena, en aplicación del derecho constitucional de elegir y ser elegido”. Lo que se busca con esta propuesta es permitir que personas que ya cumplieron su condena puedan participar nuevamente en la política activa del país, eliminando así la precisión que actualmente les impide ser candidatos, incluso después de haber sido rehabilitados.