PJ advierte que demanda del Defensor del Pueblo contra la Ley de Extinción de Dominio favorece a criminales

El Subsistema Nacional en Extinción de Dominio alertó que la demanda de Josué Gutiérrez podría beneficiar a testaferros y corruptos cuya riqueza está a nombre de terceros

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El Poder Judicial señala riesgos de la demanda inconstitucional del Defensor del Pueblo.
El Poder Judicial señala riesgos de la demanda inconstitucional del Defensor del Pueblo.

El Poder Judicial ha advertido sobre las consecuencias negativas que podría acarrear la demanda de inconstitucionalidad presentada por el Defensor del Pueblo, Josué Gutiérrez, contra la Ley de Extinción de Dominio. Según un comunicado del Subsistema Nacional Especializado en Extinción de Dominio, subordinar la extinción de dominio a los resultados de procesos penales prolongados favorecería a criminales involucrados en minería ilegal, tráfico ilícito de drogas y actos de corrupción.

El juez supremo Manuel Luján Túpez, presidente de la mesa de trabajo del subsistema, destacó que esto beneficiaría a quienes han evadido la justicia, como testaferros y grandes corruptos cuyos bienes ilícitos no están a su nombre.

La Ley de Extinción de Dominio en Perú, basada en el Decreto Legislativo N.º 1373, difiere de legislaciones extranjeras como las de México y Ecuador. En el contexto normativo peruano, no existen presunciones de ilicitud, y cada parte debe demostrar su pretensión en igualdad de condiciones en juicio. Luján Túpez señaló que la ley permite que tanto el Ministerio Público como cualquier requerido deben probar sus alegatos sobre bienes de dudosa procedencia, así como su buena fe o diligencia común.

El Subsistema defendió la autonomía de la extinción de dominio, subrayando que este enfoque es un mandato de convenciones internacionales, como las de Viena, Palermo y Mérida, además de las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera (GAF). El comunicado enfatizó que la extinción de dominio no trata de la inocencia de personas, sino de la legalidad de los bienes, siguiendo el principio de que nadie puede transferir lo que no es suyo.

Áreas especializadas en extinción de dominio del Poder Judicial, la Fiscalía de la Nación, y la Policía Nacional también resultarían perjudicadas. Poder Judicial.
Áreas especializadas en extinción de dominio del Poder Judicial, la Fiscalía de la Nación, y la Policía Nacional también resultarían perjudicadas. Poder Judicial.

Según el pronunciamiento del Subsistema, la demanda de inconstitucionalidad podría retrasar la privación de recursos a organizaciones criminales, permitiéndoles mantener su capacidad operativa durante años de procesos penales. Esto pondría en riesgo la seguridad, el mercado justo, y las finanzas limpias del país. Hasta la fecha, el Subsistema ha recuperado bienes y activos ilícitos por un valor de 102′076,276.79 dólares.

El Defensor del Pueblo, por su parte, busca que la Tribunal Constitucional (TC) declare inconstitucional el Decreto Legislativo N.º 1373 sobre extinción de dominio, argumentando que el Estado no debería poder quedarse con bienes presuntamente adquiridos con dineros ilícitos vinculados a corrupción sin un veredicto penal previo. No obstante, expertos en la ley y funcionarios públicos han señalado que la extinción de dominio es crucial en la lucha contra la criminalidad organizada.

El debate también ha resonado en los medios, con declaraciones como la de la exministra Marisol Pérez Tello en una entrevista con Canal N, donde criticó los argumentos presentados por el Defensor del Pueblo, comparándolos con los utilizados históricamente por defensores de narcotraficantes y proxenetas.

Respuesta de la Procuraduría de abril 2023 sobre proyecto de Extinción de Dominio de Fuerza Popular. PGE
Respuesta de la Procuraduría de abril 2023 sobre proyecto de Extinción de Dominio de Fuerza Popular. PGE

Antecedentes del fujimorismo por limitar ley de extinción de dominio

En setiembre del año pasado, Manuel Luján también expresó rechazo al dictamen del Congreso impulsado por Fuerza Popular que pretendía limitar el proceso de extinción del dominio, un mecanismo que permite al Estado tomar posesión de bienes obtenidos mediante actividades ilícitas.

El juez criticó esta iniciativa durante la celebración del 201 aniversario de la creación del Congreso de la República. Y mencionó la incautación de la vivienda de Salatiel Marrufo, entregada por Sada Goray como parte de sobornos relacionados con el Fondo MiVivienda y la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales.

Señaló que el cambio en la legislación impediría que el Estado continúe desmantelando redes de bienes provenientes de actividades delictivas como el sicariato, la extorsión, el tráfico ilícito de drogas, y el narcoterrorismo.

El proyecto de ley que promueve el congresista Jorge Morante, del fujimorismo, busca agregar las palabras “actividad ilícita delictiva” y “tipo penal” a la definición de “actividad ilícita” en el decreto legislativo N° 1373. Esta modificación tendría como consecuencia que el Estado solo pueda confiscar bienes ilícitos tras una sentencia judicial definitiva. Esto, según Luján Tupez, obstaculizaría severamente el proceso, dificultando los esfuerzos para luchar contra el crimen organizado en Perú.

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