Sin una sola observación de por medio, el gobierno de Dina Boluarte finalmente promulgó la norma promovida desde el Congreso que permite que ninguna persona puede ser procesada, condenada, ni sancionada por haber cometido delitos de lesa humanidad antes del 1 de julio del año 2002 “bajo sanción de nulidad y responsabilidad funcional”.
La promulgación de la norma, que entrará en vigencia oficialmente desde el día sábado 10 de agosto, se produce pese a la protesta de la Fiscalía de la Nación y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que advirtieron sobre las consecuencias que tendría esta ley.
En su texto oficial, la ley, que ya fue publicada en el boletín de normas legales del Diario Oficial El Peruano bajo el nombre de ‘Ley que precisa la aplicación y los alcances del delito de lesa humanidad y crímenes de guerra en la legislación peruana’, se sostiene que los delitos que entran en estas categorías “prescriben en los plazos establecidos en la ley nacional”.
“La inobservancia de las disposiciones contenidas en la presente ley constituye una vulneración del principio de legalidad y de las garantías del debido proceso; siendo nula e inexigible en sede administrativa o judicial toda sanción impuesta”, se indica en el texto difundido en la publicación oficial del Estado.
Ministro Adrianzén sobre la ley promulgada: “No es cierto que promueva la impunidad”
En un pronunciamiento público, el titular de la presidencia del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén, indicó ante la prensa que la no observación de la ley fue una decisión del Poder Ejecutivo, pues “nosotros tuvimos un debate a la interna muy intenso. Finalmente, desde el Ejecutivo se decidió no observarla (...) No es cierto que promueva la impunidad (...)”, aseguró.
No solo eso, sino que Adrianzén también se pronunció en contra de la Corte IDH, quien había enviado una carta en la que se exigía al gobierno de la presidenta Dina Boluarte que se garantice la justicia para las víctimas de las masacres de Barrios Altos y La Cantuta.
“Deploramos profundamente que la Corte IDH, en la referida resolución, implique que el Perú no es un estado constitucional de derecho y que carece de los mecanismos propios de una república democrática en la que operan el balance y el control de los poderes públicos. Pretendería, más bien, constituirse al interior de nuestro Estado en un supra poder con capacidad de dirigir y ordenar la manera en que sus órganos legítimos deben operar”, según una cara enviada a la Corte con las firmas de Dina Boluarte y del expresidente del Congreso, Alejandro Soto.
Fiscalía aseguró que 600 casos serán afectados por la promulgación de la norma
En junio, la Junta de Fiscales Supremos hizo pública la posición institucional del Ministerio Público de rechazo a la ley que se promueve en el Congreso que prescribe los delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra por ser inconstitucional. En su pronunciamiento, indicaron que cientos de casos serían archivados en caso de que esta se promulgue.
“El referido proyecto de ley resulta inviable jurídicamente, toda vez que la acción penal y sanción por los delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra son imprescriptibles, con lo cual se generaría impunidad y vulneración al derecho a la verdad de los agraviados y sus familiares”, se lee en el comunicado difundido.
“(Los tratados) preceptúan que los Estados no pueden emitir disposiciones de amnistía, prescripción o excluyentes de responsabilidad penal, puesto que tienen la obligación de investigar las graves violaciones a los derechos humanos, como las investigaciones y procesos judiciales que se encuentran a cargo de las fiscalías del Subsistema Especializado en Derechos Humanos e Interculturalidad”, se indicaba en el texto.
El pronunciamiento advertía que, en caso se aplique la cuestionada ley, cerca de 600 casos, en investigación o en trámite ante el Poder Judicial, tendrían que ser archivados y concluidos. Se consigna que procesos ya sentenciados podrían ser anulados.