Hay al menos cinco grupos de pensionistas que, como todos los meses, cobrarán sus montos administrados por la ONP (Oficina de Normalización Previsional) desde el jueves 8 de agosto en el Banco de la Nación y otras entidades siguiendo un cronograma. Primero se realizará el abono a los del régimen general de jubilación, y luego, en fechas posteriores a los demás. Las pensiones que se desembolsarán en agosto van para estos grupos:
- Decreto Ley N° 19990: Régimen general de jubilación (incluye a pensionistas de la Ley N° 27803)
- Decreto Ley N° 18846: Seguro Social Obrero asume exclusivamente el seguro por accidentes de trabajo de los obreros
- Decreto Ley N° 20530: Régimen de Pensiones y Compensaciones por Servicios Civiles prestados al Estado no comprendidos en el Decreto Ley Nº 19990
- Ley N° 30003: Ley que regula el régimen especial de seguridad social para los trabajadores y pensionistas pesqueros
- Ley N° 26790: pensionistas del seguro complementario de trabajo de riesgo
Así, todo estos grupos reciben una pensión mes a mes. ¿En qué fechas corresponden estos pagos y cuándo reciben su dinero los jubilados?
Decreto Ley 19990: ¿Cuándo se paga?
Para los jubilados del decreto ley 19990, los tipos de pago serán en abono en cuenta bancaria a través del Banco de la Nación, BBVA, GNB Perú, Interbank y Banbif, según detalla el cronograma oficial de la ONP, y también por medio del pago a domicilio. Estas son las fechas en que se pagará (Incluye pensionistas de la Ley N° 27803):
- Apellidos paternos de la A a la C: jueves 8 de agosto
- Apellidos parternos de la D a la L: viernes 9 de agosto
- Apellidos parternos de la M a la Q: lunes 12 de agosto
- Apellidos parternos de la R a la Z: martes 13 de agosto
- Para convenios internacionales: jueves 15 de agosto
- Pago a domicilio: martes 13 al martes 23 de agosto
Asimismo, hay otros grupos que también recibirán sus pensiones, aunque no siguiendo un cronograma por el apellido. Hay cuatro conjuntos de pensionistas que cobrarán desde el sábado 17 de agosto.
Pagos de Decreto Ley 18846
- Abono en cuenta bancaria: Banco de la Nación, BBVA, GNB Perú, Interbank y Banbif: miércoles 14 de agosto
- Pago a domicilio (Decreto Ley N° 18846): del sábado 17 al viernes 23 de agosto.
Decreto Ley N° 20530 y pensiones por encargo
- Abono en cuenta bancaria: Banco de la Nación, BBVA, GNB Perú, Interbank y Banbif: miércoles 14 de agosto
- Pago a domicilio (pensiones por encargo): del sábado 17 al viernes 23 de agosto.
Ley N° 30003 pensionistas pesqueros
- Abono en cuenta bancaria - Banco de la Nación: miércoles 14 de agosto
- Pago a domicilio: del sábado 17 al viernes 23 de agosto.
Ley N° 26790 – pensionistas del seguro complementario de trabajo de riesgo
- Abono en cuenta bancaria - Banco de la Nación (cobertura supletoria, fondo minero y reaseguro): miércoles 14 de agosto
- Pago a domicilio: del sábado 17 al viernes 23 de agosto.
¿Cómo solicitar el pago a domicilio?
Los asegurados que deseen recibir su pago a domicilio, por diferentes razones (como dificultad para acceder a los productos en línea), pueden seguir simples pasos para solicitar estar afiliados a este servicio de la ONP. Estos son los siguientes:
- Para solicitar el pago a domicilio, necesita contar con una clave virtual. Si no lo tiene, solicítelo en línea dando clic aquí.
- Entra a la página web onpvirtual.pe.
- Seleccione la opción ‘Cobro pensión’.
- Haga clic en ‘Quiero solicitar pago a domicilio’.
- Con su clave virtual, ingrese a ‘Tu Zona Segura’ (tuzonasegura.onp.gob.pe)
- Elija la opción ‘Soy titular’.
- Ingrese todos los datos solicitados en el formulario.
- Seleccione la opción ‘Solicitar pago a domicilio’.
- Lea y acepte las condiciones del servicio.
- Escriba los datos personales solicitados y envía tu solicitud.