PL busca sancionar el acoso sexual en el deporte: advierten vacío legal en las normas en contra del hostigamiento

Las relaciones de poder con las autoridades, la temprana edad de las deportistas, el predominio masculino y la falta de financiamiento son algunos de los factores que expone a la población femenina a esta forma de violencia

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La iniciativa sugiere la incorporación de los siguientes incisos, calificados como faltas muy graves, a la Ley 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte. - Crédito: EFE/Bienvenido Velasco
La iniciativa sugiere la incorporación de los siguientes incisos, calificados como faltas muy graves, a la Ley 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte. - Crédito: EFE/Bienvenido Velasco

El último miércoles 10 de julio, se presentó ante el Congreso de la República el Proyecto de Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual en el Deporte, de autoría de la parlamentaria Sigrid Bazán, con el objetivo de poner bajo los reflectores a una problemática que ha afectado —y que aún lo sigue haciendo— a la población femenina que se desenvuelve en dicho ámbito.

¿En qué consiste la iniciativa?

De acuerdo al documento oficial del PL, que se encuentra ya en la Comisión Educación, Juventud y Deporte del Congreso de la República, el objetivo es fortalecer el marco normativo en materia de hostigamiento sexual con el fin de prevenir y sancionar esta forma de violencia cuando se desarrolla en contextos de la práctica del deporte o en el ámbito deportivo.

La iniciativa sugiere la incorporación de los siguientes incisos, calificados como faltas muy graves, a la Ley 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte. - Crédito: Ilustración Infobae
La iniciativa sugiere la incorporación de los siguientes incisos, calificados como faltas muy graves, a la Ley 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte. - Crédito: Ilustración Infobae

Para ello, la iniciativa sugiere la incorporación de los siguientes incisos, calificados como faltas muy graves, a la Ley 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte:

  • El que realiza conducta de naturaleza o connotación sexual o sexista no deseada por la persona contra la que se dirige —que puede crear un ambiente intimidatorio, hostil o humillante en el contexto de la práctica del deporte y ámbito deportivo, o que puede afectar su actividad deportiva— deberá ser sancionado con la inhabilitación definitiva y perpetua. El Consejo Superior de Justicia Deportiva y Honores del Deporte será competente para conocer y sancionar en primera y segunda instancia los actos de hostigamiento sexual.
  • Los integrantes de la Junta Directiva de las organizaciones deportivas que no cumplan con la obligación de comunicar al Consejo Superior de Justicia Deportiva y Honores del Deporte la recepción de una queja o la toma de conocimiento de hechos vinculados a un caso de hostigamiento sexual —o el resultado del procedimiento de investigación del hostigamiento sexual— serían sancionados con la inhabilitación por cuatro años.
  • Los integrantes de la Junta Directiva de las organizaciones deportivas que no adopten las medidas necesarias para prevenir o cesar los actos de hostigamiento, así como cualquier otro acto que afecte la dignidad del deportista o el ejercicio de sus derechos constitucionales, serían sancionados con la inhabilitación por cuatro años.
La iniciativa sugiere la incorporación de los siguientes incisos, calificados como faltas muy graves, a la Ley 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte. - Crédito: EFE/Carlos Lemos /Archivo
La iniciativa sugiere la incorporación de los siguientes incisos, calificados como faltas muy graves, a la Ley 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte. - Crédito: EFE/Carlos Lemos /Archivo

Vacío legal frente al acoso sexual en el deporte

A propósito de esta problemática, el último miércoles 3 de julio, la Fundación Deporte en Igualdad presentó el primer estudio exploratorio sobre el acoso sexual contra deportistas mujeres de alto rendimiento en Perú. El estudio, elaborado por María Angela Calmet, señala que hasta el momento no existían datos que reflejen la realidad de esta situación a nivel nacional.

Para la autora, esta situación ha sido invisibilizada al punto en que los avances legislativos contra el hostigamiento y acoso sexual que se encuentran vigentes no han sido extendidos al ámbito deportivo.

En esta línea, Thalia Simich, directora de alianzas de la organización, destacó la necesidad de ajustar la normativa para abordar el hostigamiento sexual, especialmente ante la cercanía de los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos Lima 2027. “Tenemos un vacío legal que urge regular”, advirtió.

El estudio analiza testimonios de diez deportistas de alto rendimiento, quienes narran experiencias de comentarios sexuales denigrantes, comportamientos amenazantes, tocamientos indebidos, coacción, y en algunos casos, violación sexual y embarazos no deseados. Estas situaciones fueron cometidas por entrenadores, compañeros deportistas y personal de las organizaciones deportivas.

La iniciativa sugiere la incorporación de los siguientes incisos, calificados como faltas muy graves, a la Ley 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte. - Crédito: Infobae
La iniciativa sugiere la incorporación de los siguientes incisos, calificados como faltas muy graves, a la Ley 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte. - Crédito: Infobae

Menores de edad son las más afectadas

El estudio revela, además, que el acoso sexual en el deporte afecta mayormente a menores de edad al carecer de información y herramientas para enfrentar estas situaciones. Este fenómeno se ve facilitado por factores como las relaciones de poder entre entrenadores y deportistas, la temprana edad de las niñas en entrenamientos y la falta de financiamiento.

La evidencia recopilada también indica que dicho hostigamiento tiene un impacto negativo no solo en la salud mental y carreras de las deportistas, sino también en la imagen del país.

Finalmente, destaca que la falta de procedimientos adecuados para combatir el acoso sexual en el entorno deportivo disminuye el rendimiento de las mujeres o termina por desanimarlas para desenvolverse en estos espacios.

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