Gobierno de Dina Boluarte debe observar nueva Ley de Amnistía: CAL advierte que norma “obstaculiza el acceso a la justicia”

Colegio de Abogados de Lima, entidad que tiene la posibilidad de presentar una demanda de inconstitucionalidad contra la ley que prescribe los crímenes de lesa humanidad, pidió al Ejecutivo que no promulgue la norma

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Dina Boluarte deberá observar la norma aprobada por la Comisión Permanente el último jueves 4 de julio que prescribe delitos de lesa humanidad, y que es comprendida como una nueva ley de amnistía. Composición Infobae.
Dina Boluarte deberá observar la norma aprobada por la Comisión Permanente el último jueves 4 de julio que prescribe delitos de lesa humanidad, y que es comprendida como una nueva ley de amnistía. Composición Infobae.

El Colegio de Abogados de Lima, a través de su Junta Directiva, ha emitido un comunicado en el que insta al Gobierno de la presidenta Dina Boluarte a observar la nueva de Ley de Aministía que el Congreso aprobó el último jueves 4 de julio. En su declaración, el CAL hace un pedido a Boluarte a que aplique esta medida ante los intentos del Legislativo de “obstaculizar el acceso a la justicia”, de al menos 600 casos alertados por la Fiscalía de la Nación que serían afectados con la aplicación de esta norma en fueros judiciales.

“Desde la Junta Directiva del Colegio de abogados de lima, exhortamos al Poder Ejecutivo, teniendo en cuenta a la primacía de la convencionalidad, proceda observar la autógrafa de Ley Aprobada por el Congreso de la República, conforme a las facultades de veto”, señala el comunicado difundido el pasado domingo, por medio de un pronunciamiento colectivo de la Junta Directiva de dicha Institución.

Congreso malinterpreta la ley internacional al aprobar nueva Ley de Amnistía

El comunicado del Colegio de Abogados resalta que el Congreso interpreta erróneamente la no retroactividad de las leyes penales, salvo cuando benefician al procesado. En cambio, advierte el CAL, “el Derecho Penal Internacional permite la persecución retroactiva por la naturaleza extrema de ciertos delitos y su impacto en los valores básicos de la comunidad internacional”.

Comunicado del Colegio de Abogados de Lima sobre delitos de Lesa Humanidad. CAL
Comunicado del Colegio de Abogados de Lima sobre delitos de Lesa Humanidad. CAL
“El Congreso de la República considera que está prohibida la retroactividad de las leyes penales, a excepción de cuando favorezca al procesado; sin embargo, en el Derecho Penal Internacional, el cual se rige por la convencionalidad, así como por los principios de la no impunidad, se permite la persecución penal en forma retroactiva por la naturaleza extrema de los delitos y porque los hechos afectan a los valores básicos de la comunidad internacional, teniendo un ejemplo claro el Tribunal de Nuremberg”, se lee en la misiva.

De hecho, para esta institución, que tiene la posibilidad de presentar una demanda de inconstitucionalidad, el proyecto de ley —aprobado por la Comisión Permanente con apenas 15 votos, frente a los que debía requerir ante un pleno en el que debe superar la mitad más uno de los votos habilitado— tiene como objetivo evitar la aplicación retroactiva de la convencionalidad sobre crímenes de guerra y delitos de lesa humanidad.

Ley que prescribe crímenes de lesa humanidad genera impunidad, asegura el CAL

Foto de archivo de un grupo de personas con retratos de víctimas de la matanza de La Cantuta. EFE/ Paolo Aguilar
Foto de archivo de un grupo de personas con retratos de víctimas de la matanza de La Cantuta. EFE/ Paolo Aguilar

En ese sentido, el CAL considera que la aplicación de la normal dejaría impunes hechos cometidos antes de esas fechas e “impediría la persecución penal, condena y sanción de las personas que cometieron tales crímenes antes de julio de 2002, obstaculizando el acceso a la justicia, el derecho a la verdad y a la reparación de las víctimas”. En ese sentido, advirtió que la afectación contraviene lo determinado en el Estatuto de Roma.

Como se sabe, la nueva ley de amnistía aprobada por el Congreso, a pesar de las advertencias de la Fiscalía de la Nación, la CIDH, la Corte IDH y la ONU, permite liberar de responsabilidad penal a sentenciados e investigados por crímenes de lesa humanidad. La norma, aunque llamada oficialmente “Ley que precisa la aplicación del alcance de estos delitos”, en la práctica permite la prescripción de estos delitos si fueron cometidos antes del 2002. La decisión fue tomada el jueves 4 de julio en la Comisión Permanente del Congreso con 15 votos a favor y 12 en contra.

Diferentes organizaciones de derechos humanos, incluyendo la Asociación Pro Derechos Humanos, el Instituto de Defensa Legal, y la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, condenaron el desacato de Perú y pidieron a la Organización de Estados Americanos actuar sobre esta medida y al Estado peruano cumplir con lo dispuesto por la resolución de la Corte Interamericana.

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