El último miércoles en horas de la noche, el Poder Judicial revocó el acuerdo de colaboración eficaz del exsuperintendente de Odebrecht en Perú, Jorge Barata, con las autoridades peruanas por no haber declarado en el juicio oral contra el expresidente Ollanta Humala.
La decisión fue tomada por la jueza Margarita Salcedo, del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, a pedido del fiscal José Domingo Pérez, quien aseguró que Barata se presentaría en el juicio oral del Caso Cócteles contra Keiko Fujimori.
El abogado del exdirectivo brasileño, César Nakazaki, indicó a Infobae que apelarán la decisión a fin de que la Quinta Sala de Apelaciones Nacional revoque el fallo de primera instancia y el acuerdo de colaboración eficaz siga vigente.
Previo a que se diera a conocer la decisión de la magistrada Salcedo, en entrevista con este medio, Nakazaki reveló que le “sorprendió” que el fiscal José Domingo Pérez asegurara que su cliente testificaría en el juicio por el caso Cócteles cuando, en paralelo, pedía dejar sin efecto el acuerdo.
“Nosotros venimos insistiendo en que el acuerdo debe mantenerse porque es evidente la importancia que tiene en la información que puede brindar Jorge Barata como testigo no solo en el caso de Cócteles, sino, por ejemplo, un caso que ya tenemos encima es el caso del expresidente Toledo por la Interoceánica Sur”, declaró.
La defensa del exsuperintendente de Odebrecht sostiene que Barata está dispuesto a declarar ante la justicia peruana siempre y cuando la Fiscalía cumpla con solicitarlo a través de Cooperación Judicial Internacional. Ello debido a que se trata de un ciudadano extranjero, además del mandato del Supremo Tribunal Federal de Brasil que declaró ilegales las pruebas obtenidas de los sistemas Drousys y My Web Day.
¿Qué sigue para Jorge Barata?
La decisión de la jueza Margarita Salcedo debe quedar firme para surta efectos. Es decir, debe ser ratificada en segunda instancia para que el acuerdo de colaboración eficaz de Jorge Barata oficialmente sea revocado.
Al exsuperintendente de Odebrecht en Perú se le concedió como beneficio la exención de la pena, por lo que, de revocarse el acuerdo de colaboración eficaz, el fiscal José Domingo Pérez deberá formular acusación fiscal.
El fiscal del Equipo Especial Lava Jato procedería a acusar a Barata por los delitos de colusión simple y agravada por tres casos: Vía Evitamiento Cusco, Carretera Interoceánica Tramos 2 y 3, y el Metro de Lima.
Según dispone el artículo 480 del Código Procesal Penal, una vez que se presenta la acusación, el juez penal “celebrará inmediatamente una audiencia pública” y luego corresponderá que emita el auto de enjuiciamiento.
“Resuelta la admisión de los medios de prueba, se emitirá el auto de citación a juicio señalando día y hora para la audiencia. En ella se examinará al imputado y, de ser el caso, se actuarán las pruebas ofrecidas y admitidas para la determinación de la pena y la reparación civil. Previos alegatos orales del fiscal, del procurador público y del abogado defensor, y concesión del uso de la palabra al acusado, se emitirá sentencia”, se lee en el inciso c del referido artículo.
Sin embargo, el eventual proceso penal contra Jorge Barata quedaría truncado debido a que Brasil no extradita a sus connacionales, tal como lo establece el artículo 5 de la Constitución Política de dicho país.
Ratificó aportes
En una audiencia del caso Metro de Lima, Jorge Barata ratificó que Odebrecht aportó en las campañas de Ollanta Humala, Keiko Fujimori, Alan García y Pedro Pablo Kuczynski, así como la de la no revocatoria de la exalcaldesa de Susana Villarán.
Barata indicó que fueron 3 millones de dólares a la campaña de Humala, un millón para Fujimori y 3 millones para Villarán. En el caso de PPK y García dijo no recordar con exactitud.