El último miércoles 3 de julio, la Policía Nacional del Perú (PNP) detuvo a un hombre buscado por su presunta vinculación con un caso de presunta difusión de material de abuso sexual infantil, conocido en el marco legal como pornografía infantil, según informó la división del Escuadrón de Emergencia en Callao.
La aprehensión ocurrió en las inmediaciones de la galería Polvos Chalacos, ubicada en la cuadra cinco de la avenida Sáenz Peña. Los agentes identificaron al sujeto, que mostraba un comportamiento sospechoso, y le solicitaron su documento de identidad.
Orden de captura activa
De esta manera, la PNP corroboró que el sujeto tenía una orden de captura activa emitida por el Quinto Juzgado del Callao. El detenido, identificado como Samuel Vega Martínez, de 31 años, fue sindicado por el coronel Alejandro Miranda, jefe de la División de Unidades Especiales.
“Al solicitar información en el sistema policial se verificó que registraba una requisitoria vigente por el delito contra la dignidad humana (en la modalidad de) pornografía infantil del 29 de febrero 2024″, indicó Miranda para las cámaras de América TV.
Además, se supo que Vega Martínez cuenta con antecedentes por robo agravado y que había cumplido una pena de 10 meses en el centro penitenciario Sarita Colonia. Las investigaciones han sido remitidas al juzgado pertinente y el acusado permanecerá bajo custodia mientras se decide si será trasladado a una prisión, conforme indicaron fuentes policiales.
¿Se encuentra penada la pornografía infantil?
El artículo 183-A del Código Penal abarcar a la pornografía infantil y la refiere por quien “posee, promueve, fabrica, distribuye, exhibe, ofrece, comercializa, publicita, publica, importa o exporta —por cualquier medio— objetos, libros, escritos, imágenes, videos o audios, o realiza espectáculos en vivo de carácter sexual, en los cuales participen menores de 18 años”.
“Será sancionado con pena privativa de libertad no menor de 6 ni mayor de 10 años y con 120 a 365 días multa”, precisa la normal.
Además, también detalla que la sanción supondrá una pena privativa de libertad no menor de 10 ni mayor de 15 años, así como de 50 a 365 días multa, cuando se cumplan ciertas agravantes. Entre estos destacan:
- La víctima tenga menos de 14 años de edad.
- El material se difunda a través de cualquier tecnología de la información o de la comunicación o cualquier otro medio que genere difusión masiva.
- El agente actúe como miembro o integrante de una banda u organización criminal.
Menores reciben mensajes de desconocidos
Según la organización internacional Save the Children, el grooming es un tipo de acoso en el que un adulto busca ganarse la confianza de un menor de edad con el objetivo de involucrarlo en actividades sexuales. Este fenómeno representa una seria amenaza en el ámbito de la seguridad infantil en internet.
Un estudio reciente revela cifras preocupantes: al menos el 41% de los menores de edad han recibido solicitudes de amistad o mensajes sospechosos de perfiles desconocidos en plataformas digitales. El grupo de mayor riesgo lo constituyen los jóvenes de entre 12 y 14 años.
Canales de ayuda
Si eres víctima de violencia contra la mujer e integrantes del núcleo familiar, puedes comunicarte de forma gratuita a la Línea 100, la cual “brinda información, orientación, consejería y soporte emocional en quechua, aimara y castellano para las personas afectadas”. Puedes contactarte desde un teléfono fijo o un celular, recuerda que atiende las 24 horas del día y los siete días de la semana.
También puedes acudir a uno de los Centros Emergencia Mujer (CEM), que se especializan en ofrecer “atención integral y multidisciplinaria” para sobrevivientes. Cuenta, además, con asesoría legal, contención emocional y apoyo social a nivel nacional. Atiende de lunes a viernes, en el horario de 8.00 a.m. a 4.15 p.m., mientras que los que se hallan en comisarías funcionan las 24 horas del día. Para más información, comunícate al (01) 419 7260.