El Congreso de la República deberá revisar nuevamente el proyecto de ley que regula las aplicaciones de taxi, luego de que el Ejecutivo observara recientemente dicha normativa y la devolviera a la Comisión de Transportes. La promulgación del texto, según advirtieron expertos, iba a permitir a los colectiveros evadir, usando apps de taxi, la fiscalización de Autoridad del Transporte Urbano (ATU) para Lima y Callao.
La norma en cuestión, aprobada el pasado 30 de mayo, busca regular a las empresas de intermediación de servicios de transporte, como Uber, Didi, InDrive y Cabify, estableciendo la creación de un registro de conductores y eliminando justamente la supervisión de la ATU. La disposición fue vista, para un sector especializado, como un respaldo al transporte informal, principalmente del llamado taxi colectivo.
El proyecto de ley impone a las empresas que administran las aplicaciones de transporte la responsabilidad de recopilar y mantener datos sobre los choferes, sus vehículos y el servicio brindado. Sin embargo, limita la responsabilidad de estas a solo al servicio de intermediación, eximiéndolas de cualquier responsabilidad por delitos cometidos por los conductores.
De acuerdo a Luis Quispe Candia, presidente de la ONG Luz Ámbar, uno de los aspectos más polémicos de este proyecto es que elimina las competencias de la ATU para regular el servicio de taxi en Lima y Callao.
En la actualidad, la autoridad es responsable de determinar las condiciones y requisitos para la prestación del servicio de taxi, contribuyendo así a su formalidad. No obstante, al eliminarse esta regulación, cualquier persona podría ofrecer el servicio de taxi sin necesidad de autorización de un organismo técnico.
“Para la aplicación de la presente Ley se deja sin efecto la disposición complementaria final segunda del Reglamento que regula la prestación del Servicio Público de Transporte Especial en la modalidad de Taxi en Lima y Callao, aprobado por la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva 162-2023-ATU”, se detalla en el el texto observado que lleva la firma del congresista Eduardo Salhuana, presidente de la Comisión de Transportes.
Observaciones del Ejecutivo
El Ejecutivo, a través del Oficio N° 127-2024-PR, expuso varias observaciones al proyecto de ley. Primero, indicó que aunque la ley pretende regular a las “empresas administradoras de intermediación del servicio de transporte especial a través de plataformas tecnológicas”, en realidad afecta directamente al servicio de transporte terrestre. Introduce un nuevo término, “servicio privado de transporte especial”, sin definirlo claramente.
“No existe en nuestra normativa el servicio de taxi privado, eso no existe. Y si existiera, habría que modificar la ley primigenia, la Ley 27181 (Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre), incorporar este nuevo servicio y también designarse quien va a encargarse la gestión y fiscalización”, dijo Quispe Candia al noticiero 24 Horas.
En tanto, el Ejecutivo remarcó sobre la polémica ley: “No brinda mayores alcances respecto de lo que se debe entender por dicho servicio; señalando únicamente que es prestado por aquellos conductores que son contratados a través de plataformas de intermediación; la falta de delimitación antes mencionada, conlleva a que este servicio privado de transporte especial a través de plataformas tecnológicas, se interprete como la creación de un servicio de transporte que se prestaría únicamente por el uso de plataformas tecnológicas”.
La observación también subraya que la ley no especifica el régimen de autorización y fiscalización del llamado “servicio privado de transporte especial” ni designa las autoridades competentes, lo que implicaría que este tipo de servicio no estaría sujeto a estos procedimientos. Esto conlleva que quienes presten el servicio de transporte bajo esta modalidad no podrían ser fiscalizados ni autorizados por la ATU o las municipalidades provinciales.
El Ejecutivo también resaltó que la autógrafa no considera la autorización como requisito para que un conductor se incorpore a una empresa de intermediación, y elimina la obligación de contar con títulos habilitantes establecidos en la Resolución de Presidencia Ejecutiva 162-2023-ATU.
Consecuencias y reacciones
El documento advierte que esta falta de regulación y control podría poner en riesgo la vida y la salud de los usuarios, fomentando la informalidad y el uso ineficiente de la infraestructura vial.
Casi inmediatamente después de la aprobación de la ley, El Comercio reveló que federaciones de taxi colectivo en Lima estaban planeando usar aplicaciones de taxi para evadir la fiscalización de ATU.
Franklin Barreto, exjefe de la División de Investigación de Accidentes de Tránsito de la PNP, criticó el proyecto: “El proyecto de ley indica que la fiscalización de las empresas de taxi por aplicativo estará a cargo del MTC. Esto supone un grave retroceso”.
La ATU también mostró su desacuerdo en perder competencias, expresando su posición a través de un oficio formal al MTC para que se observe la autógrafa.
A su vez, Alfonso Florez, gerente general de la fundación Transitemos, señaló: “No podemos dar normas con fines populistas. El transporte es una actividad técnica y encima es una modalidad que tiene que preservar la vida de las personas”.