El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Economía y Finanzas, autorizó el otorgamiento del aguinaldo por Fiestas Patrias por la suma de 300 soles para los trabajadores del sector público, el cual se abonará a la planilla de pagos de julio del 2024.
Esto, de acuerdo con el Decreto Supremo 124-2024-EF, publicado hoy en el boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
Tendrán derecho a percibir dicho aguinaldo el personal del sector público que al 30 de junio haya estado laborando, o en uso de descanso vacacional, o de licencia con goce de remuneraciones o percibiendo los subsidios de la Ley 26790; y cuente en el servicio con una antigüedad no menor de tres meses a dicha fecha.
El aguinaldo por Fiestas Patrias se otorga a favor de los funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo 276, la Ley 29944 y la Ley 30512.
También, para los docentes universitarios a los que se refiere la Ley 30220; el personal de la salud; los obreros permanentes y eventuales del sector público; el personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú; y los pensionistas comprendidos en los regímenes de la Ley 15117, los decretos leyes 19846 y 20530, el Decreto Supremo 051-88-PCM y la Ley 28091.
La norma es rubricada por la presidenta Dina Boluarte y el ministro de Economía, José Arista.