La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) dictó medidas provisionales para los deudos de las víctimas de Barrios Altos y La Cantuta, las masacres por las que fue condenado el exdictador Alberto Fujimori (1990-2000), y requirió al Estado peruano que “a través de sus tres poderes, tome las acciones necesarias para que no se adopte, se deje sin efecto o no se otorgue vigencia” al proyecto de ley que dispone la prescripción de los crímenes de lesa humanidad.
En una resolución emitida el último lunes, el tribunal resaltó que las sentencias de estos casos, por los que Fujimori fue sentenciado a 25 años de prisión, hacen “referencia” a estos delitos e instó a anular “otras iniciativas de ley similares, a fin de garantizar el derecho de acceso a la justicia de las víctimas de esos casos”.
De igual modo, dispuso que el Estado presente un informe completo y detallado sobre el cumplimiento de la resolución a más tardar el 9 de agosto de 2024. Posteriormente, deberá informar cada tres meses sobre las medidas provisionales adoptadas hasta que el tribunal decida que ya no es necesario.
La resolución exige, además, que las representantes de las víctimas presenten sus observaciones dentro de un plazo de cuatro semanas a partir de la notificación de los informes del Estado. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), por su parte, deberá presentar sus observaciones en un plazo de dos semanas, tras recibir las observaciones de las representantes.
En junio pasado, el Congreso aprobó, en primera votación, un proyecto de ley que impide procesar a cualquier persona por delitos de lesa humanidad o crímenes de guerra por hechos ocurridos en el país antes de 2002 y, por lo tanto, excluye el periodo del conflicto interno en el que fallecieron 69.000 personas.
El tribunal ya había requerido al Perú suspender el trámite del proyecto para contar con “todos los elementos necesarios” para pronunciarse sobre su impacto en los casos de Barrios Altos y La Cantuta, y respecto a una solicitud de medidas provisionales, las cuales son dictadas en casos de extrema gravedad y urgencia.
Después de ese pronunciamiento, el Congreso rechazó “cualquier forma de intromisión nacional o extranjera”. La Asociación Pro Derechos Humanos (Aprodeh) y otras cinco entidades civiles presentaron una solicitud de medidas cautelares, en la que pedían al tribunal que ordene al Estado interrumpir el trámite de esta iniciativa que, según Naciones Unidas, contraviene el derecho internacional.
Para que el legislativo apruebe la ley es necesaria una segunda votación del pleno. Expertos de la ONU han advertido que, si este proyecto obtiene luz verde, pondría a Perú en contravención de sus obligaciones internacionales, ya que las leyes de prescripción no se aplican a violaciones graves del derecho internacional de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario.
“La imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad es una norma de jus cogens y de derecho internacional consuetudinario, de la cual no se admite derogación alguna y a la cual el Perú debe adherirse”, señalaron en un pronunciamiento cojunto. Asimismo, indicaron que la fórmula fomenta la impunidad y está en contradicción con el Estado de derecho.
Al igual que Fujimori —quien fue excarcelado, pero sigue procesado por otra masacre atribuida al grupo Colina—, otros exfuncionarios de su régimen, como su exasesor de inteligencia Vladimiro Montesinos y exjefes militares, han sido sometidos a juicios por presuntos abusos a los derechos humanos cometidos entre 1980 y 2000, durante los años en que Sendero Luminoso y el Movimiento Revolucionario Tupac Amaru (MRTA) desataron una guerra contra el Estado.