En julio de este año, miles de trabajadores del Perú recibirán su primera gratificación del 2024. En esta ocasión, el depósito será especial, ya que coincidirá con el séptimo retiro de los aportes realizados a las AFP (Administradoras de Fondos de Pensiones).
Las compañías tendrán hasta la primera quincena del mes para efectuar el abono, el cual no está sujeto a contribuciones ni descuentos, y se deposita directamente a la cuenta bancaria del beneficiario.
Como se sabe, este pago corresponde a los trabajadores del sector privado y que están inscritos en planilla. El dinero no puede ser entregado por partes ni ser depositado fuera del plazo estipulado.
El incumplimiento de esta obligación podría tener como consecuencia una multa de hasta S/ 134 mil 518; sin embargo, esto podría variar según el número de personas afectadas y del tamaño de la compañía.
Esta es la cantidad que corresponde a cada trabajador
Julio Villalobos Huerta, asociado del estudio Miranda & Amado, explicó a El Peruano que, por ejemplo, si una persona recibe un sueldo de S/ 2.000 con contrato vigente desde el 1 de enero de 2024, y solo está registrado en el Seguro Social de Salud (EsSalud), le corresponde S/ 2.180 adicionales. En el caso de recibir una asignación familiar, se sumará S/ 102.5, que corresponde al 10% del sueldo mínimo.
Indica, además, que si se desea tener una gratificación completa, se debe haber laborado durante todo el semestre anterior a julio. En ese sentido, se debe considerar el pago vigente al 30 de junio para calcular la cantidad final.
Si tiene menos de seis meses en la compañía, recibirá una fracción de su sueldo en función a los días trabajados, siempre y cuando haya permanecido como mínimo un mes.
“Para hacer este cálculo se considera el mes completo trabajado. Es decir que, si el empleado tiene poco tiempo en la empresa, por ejemplo, ingresó el 25 de abril de 2023, solo se le calcularán los meses de mayo y junio a la hora de realizar el cálculo”, manifestó.
Cada trabajador formal, para conocer cuánto le corresponde, debe dividir su sueldo entre seis, y luego multiplicar por los meses que laboró. Al número, que de como resultado, se le resta el 9% de la cuota extraordinaria.
Si el estipendio es de S/ 2.000 y solo se ha trabajado dos meses, saldría S/ 726.65. Jorge Carrillo Acosta, profesor y experto en finanzas de Pacífico Business School, lo ejemplifica de la siguiente forma:
- Sueldo Bruto = S/3.000, de Sueldo Neto = S/2.570, y la gratificación + bonificación será de S/3.270, lo que significa un 27% más del ingreso neto.
- Sueldo Bruto = S/4.000, de Sueldo Neto = S/3.347, y la gratificación + bonificación será de S/4.360, lo que significa un 30% más del ingreso neto.
- Sueldo Bruto = S/5.000, de Sueldo Neto = S/4.083, y la gratificación + bonificación será de S/5.450, lo que significa un 33% más del ingreso neto.
- Sueldo Bruto = S/10 mil, de Sueldo Neto = S/7.614, y la gratificación + bonificación será de S/10mil 900, lo que significa un 43% más del ingreso neto.
¿Quiénes no podrán acceder a la gratificación?
Este beneficio económico solo corresponde a las personas que cumplan con los requisitos de ley. Los que no reciben son estos individuos:
- Los que están bajo el régimen laboral de la microempresa, ya que su normativa especial solo les otorga 15 días de vacaciones como beneficio social.
- Empleados a tiempo parcial o part time.
- Trabajadores con menos de un mes de labores.
- Los que trabajan con Remuneración Integral Anual, cuyo salario ya incluye este beneficio.